En la provincia de Santa Cruz, situada en el sur de Argentina, España cuenta actualmente con dos Viceconsulados Honorarios: uno en Río Gallegos (en el departamento de Güer Aike) y otro en Puerto San Julián (en el departamento de Magallanes). En total, abarcan un territorio que tiene una extensión de más de 240 000 km2 (casi la mitad de la superficie de España) y que presenta problemas de comunicación. Desde Río Gallegos hasta El Calafate hay más de cuatro horas de viaje en automóvil utilizando una carretera que con frecuencia se corta por los fuertes vientos. Desde Puerto San Julián la distancia resulta aún mayor y, de hecho, se recomienda realizar el viaje pasando por Río Gallegos. Los vicecónsules honorarios, por lo tanto, encuentran dificultades de desplazamiento para llegar a El Calafate.
Paralelamente, El Calafate, un municipio con más de 30 000 habitantes situado también en la provincia de Santa Cruz, se ha convertido en un centro turístico que cuenta con infraestructuras en consonancia con este hecho. Está dotado de hoteles, restaurantes y un hospital municipal, que atiende a turistas durante todo el año y entre ellos cada vez más españoles. Muchos de ellos son montañeros que viajan a El Chaltén y a la montaña de Fitz Roy, situados relativamente próximos a El Calafate y también en el departamento de Lago Argentino, y algunos practican subidas de riesgo. En 2023 se registraron dos tragedias de españoles.
La creación de este Viceconsulado Honorario facilitará la atención de casos urgentes de protección y asistencia consular en El Calafate. Tendrá su sede en esta ciudad y su circunscripción consular abarcará los departamentos de Lago Argentino y Río Chico en la provincia de Santa Cruz. En consecuencia, es preciso modificar la circunscripción de los Viceconsulados Honorarios de Río Gallegos y de Puerto San Julián para que abarquen, el primero, los departamentos de Güer Aike y Corpen Aike, y el segundo los departamentos de Lago Buenos Aires, Deseado y Magallanes, todos ellos en la provincia de Santa Cruz.
Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, y con arreglo al Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por el Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Buenos Aires y con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y de la Dirección General para Iberoamérica y el Caribe, dispongo:
Se crea la Oficina Consular honoraria en El Calafate, con categoría de Viceconsulado Honorario, y con circunscripción consular en los departamentos de Río Chico y Lago Argentino de la provincia de Santa Cruz, en la República Argentina.
La Oficina Consular honoraria en El Calafate, con categoría de Viceconsulado Honorario, dependerá del Consulado General de España en Bahía Blanca.
La persona titular del Viceconsulado Honorario de España en El Calafate tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963, categoría de vicecónsul honorario.
Se modifica la circunscripción consular de la Oficina Consular honoraria en Río Gallegos, con categoría de Viceconsulado Honorario, que abarcará los departamentos de Güer Aike y de Corpen Aike en la provincia de Santa Cruz, en la República Argentina.
Se modifica la circunscripción consular de la Oficina Consular honoraria en Puerto San Julián, con categoría de Viceconsulado Honorario, que abarcará los departamentos de Lago Buenos Aires, de Deseado y de Magallanes en la provincia de Santa Cruz, en la República Argentina.
La creación de la Oficina Consular honoraria no supondrá incremento alguno del gasto de personal, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional trigésima tercera de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. Su funcionamiento se atenderá con los medios materiales y personales de que dispone actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 9 de abril de 2024.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares Bueno.
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