El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón, en su sesión de 19 de marzo de 2024, ha acordado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.5. letras b) y d) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, (TRLPEMM), en relación con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, aprobar la modificación del artículo 26 de las Normas de Gestión y Funcionamiento del Consejo de Administración relativo a la delegación de facultades en el Presidente en el sentido siguiente:
– Incluir un nuevo número 15 en el artículo 26 con la siguiente redacción:
15. La aprobación, previo informe favorable del Oficial de Protección del Puerto de Gijón, de los planes de protección de las instalaciones portuarias y sus modificaciones, así como la aprobación de las evaluaciones de protección de las instalaciones portuarias y revisiones.
Gijón, 25 de marzo de 2024.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Gijón, Laureano Lourido Artime.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid