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Documento BOE-A-2024-78

Resolución de 22 de diciembre de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Universidad de Cantabria, sobre un programa de vigilancia radiológica ambiental (Red de estaciones de muestreo).

Publicado en:
«BOE» núm. 1, de 1 de enero de 2024, páginas 312 a 314 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo de Seguridad Nuclear
Referencia:
BOE-A-2024-78

TEXTO ORIGINAL

El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear y el Vicerrector de Investigación y Política Científica de la Universidad de Cantabria, han suscrito, con fecha 20 de diciembre de 2023, una Adenda al Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad de Cantabria, sobre un programa de vigilancia radiológica ambiental (Red de estaciones de muestreo). Adenda aplicable al periodo 2024-2027.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida Adenda, como anejo a la presente resolución.

Madrid, 22 de diciembre de 2023.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Juan Carlos Lentijo Lentijo.

ANEJO
Adenda al Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad de Cantabria, sobre un programa de vigilancia radiológica ambiental (Red de estaciones de muestreo)

Adenda aplicable al periodo 2024-2027

REUNIDOS

De una parte, don Juan Carlos Lentijo Lentijo, presidente del Consejo de Seguridad Nuclear (en adelante, CSN), cargo para el que fue nombrado por real decreto 275/2022, de 12 de abril (BOE núm. 88 de 13 de abril), en nombre y representación de este organismo, con domicilio en la calle Pedro Justo Dorado Dellmans, núm. 11 de Madrid, y con número de identificación fiscal Q2801036-A, en virtud de las competencias que le son atribuidas por el Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre (BOE núm. 282, de 22 de noviembre).

De otra parte, don Carlos Beltrán Álvarez, Vicerrector de Investigación y Política Científica de la Universidad de Cantabria (en adelante UC), con CIF Q3918001C, creada con rango de universidad en virtud del Decreto 2566/72, de 18 de agosto (BOE de 30 de septiembre de 1972), con sede en Avenida de los Castros, s/n, 39005 Santander (España), actuando en nombre y representación de este organismo, con poderes suficientes para la celebración de este acto, en virtud de la Resolución de 14 de enero de 2021 del Rector de la Universidad de Cantabria por la que se efectúa Delegación de competencias en determinados órganos unipersonales de la UC (BOC núm. 12, 20 de enero de 2021).

Ambas partes, reconociéndose mutuamente plena capacidad legal para la formalización de esta adenda,

EXPONEN

Primero.

Que, con fecha 2 de enero de 2020, se suscribió el convenio entre el CSN y la Universidad de Cantabria sobre un programa de vigilancia radiológica ambiental (Red de estaciones de muestreo).

Segundo.

Que la duración del convenio que se suscribió entonces era de cuatro años, desde el 1 de enero de 2020.

Tercero.

Que en la estipulación quinta del mencionado convenio se indica que «el Convenio podrá ser objeto de modificación o prórroga por mutuo acuerdo entre las partes por un periodo máximo de cuatro años adicionales, según lo prescrito en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En este caso, se formalizará la oportuna cláusula adicional con las condiciones de la prórroga o modificación con anterioridad a la fecha de vencimiento del Convenio».

Cuarto.

Que con el fin de poder ejecutar de forma adecuada los trabajos previstos ambas partes convienen en formalizar la presente adenda al convenio.

Quinto.

Que la memoria técnica que acompaña al convenio suscrito antes citado, se modifica para adaptarla al programa de vigilancia radiológica ambiental a desarrollar durante la vigencia de esta adenda al convenio, de acuerdo con el contenido incluido como anexo I (1) de esta adenda.

(1) Se refiere a la Memoria Técnica de la Adenda al convenio para el periodo 2024-2027.

Sexto.

Que el aumento del coste de los trabajos a realizar obliga a incrementar el presupuesto.

Y, en consecuencia, las partes,

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar el convenio firmado el 2 de enero de 2020 por un periodo de cuatro años adicionales, de conformidad con la estipulación quinta, hasta el 31 de diciembre de 2027.

Segundo.

Modificar las condiciones técnicas según se recoge en la memoria técnica incluida en el anexo I de esta adenda.

Tercero.

Modificar el texto del convenio y su memoria económica en los siguientes aspectos:

Dar una nueva redacción a la estipulación octava (condiciones económicas) del convenio para incrementar la aportación económica del CSN durante la vigencia de la presente adenda, quedando redactada de la siguiente forma:

«La aportación económica del CSN al programa correspondiente a cada anualidad del periodo 2024-2027 asciende a la cantidad de 81.491,07 euros (ochenta y un mil cuatrocientos noventa y un euros con siete céntimos), en la que se entienden incluidos todo tipo de gastos e impuestos.

Por lo tanto, la aportación económica para el CSN durante los cuatro años de vigencia de la prórroga del convenio asciende a la cantidad de trescientos veinticinco mil novecientos sesenta y cuatro euros con veintiocho céntimos (325.964,28 €), que incluye todo tipo de gastos e impuestos aplicables.

El coste total del convenio para los cuatro años de vigencia, incluyendo los recursos propios aportados por ambos organismos, asciende a 576.856,08 euros (quinientos setenta y seis mil ochocientos cincuenta y seis euros con ocho céntimos), que serán aportados por la Universidad de Cantabria en un porcentaje aproximado del 33 % y por el CSN en un porcentaje aproximado del 67 %.

La modificación de la memoria económica se incluye en el anexo II (2) de esta Adenda.

(2) Se refiere a la Memoria Económica de la Adenda al convenio para el periodo 2024-2027.

Los gastos asociados a la puesta en práctica de Planes Especiales de Vigilancia Radiológica serán valorados teniendo en cuenta el alcance del mismo en cada caso, para lo cual el CSN y la Universidad de las Cantabria acordarán los importes correspondientes.

Modificar la estipulación undécima para nombrar como coordinador, por parte de la Universidad de Cantabria, a don Carlos Sáinz Fernández, Catedrático de Universidad del Departamento de Ciencias Médicas y Quirúrgicas.

La presente adenda resultará eficaz a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Adicionalmente, deberá publicarse en el “Boletín Oficial del Estado”.»

En prueba de conformidad se firma la presente adenda en Madrid, a 20 de diciembre de 2023.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente, Juan Carlos Lentijo Lentijo.–Por la Universidad de Cantabria, el Vicerrector de Investigación y Política Científica, Carlos Beltrán Álvarez.

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