De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la Adenda de prórroga del convenio entre la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa (Ministerio de Industria, Comercio y Turismo), y la Asociación Española para la Calidad, para el Plan de Difusión de Tendencias y Buenas Prácticas sobre el Desarrollo de la Industria Conectada 4.0.
Madrid, 11 de abril de 2024.–El Director General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, Jordi García Brustenga.
Madrid, 10 de abril de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Jordi García Brustenga, Director General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Real Decreto 67/2024, de 16 de enero, actuando en representación de la Administración General del Estado (Ministerio de Industria y Turismo) y en virtud de las competencias delegadas por el Ministro de Industria y Turismo según la Orden ITU/103/2024, de 8 de febrero, por la que se modifica la Orden ITU/1307/2023, de 5 de diciembre, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan competencias en relación con la Secretaría de Estado de Industria.
De otra parte, doña Beatriz López Gil, actuando como representante legal de la Asociación Española para la Calidad, con CIF G28210029 (en adelante AEC) en virtud de la facultad expresa indicada en el artículo 20.4.c de los Estatutos de la AEC, inscritos en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior con fecha 15 de octubre de 2018, y de su nombramiento como Presidenta de la AEC con fecha 25 de enero de 2022 conforme al Acta de Reunión de la Junta Directiva de la AEC celebrada en Madrid en esa misma fecha y con vigencia de 4 años.
Los domicilios a efectos de comunicaciones y notificaciones relacionadas con el convenio serán los siguientes:
Don Jordi García Brustenga, Director General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa. Paseo de la Castellana 160, planta 10. Madrid 28071.
Doña Beatriz López Gil, AEC. Calle Claudio Coello 92. Madrid 28006.
Las partes se reconocen recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse y otorgar la presente adenda al convenio, a cuyo efecto
EXPONEN
I. Que la Dirección General De Industria y de la Pequeña Y Mediana Empresa del extinto Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Asociación española para la Calidad (AEC) suscribieron el 14 de junio de 2018 un convenio para regular los términos de la colaboración para dar a conocer tendencias y buenas prácticas sobre la Industria Conectada 4.0. con el objetivo de digitalizar el tejido industrial español y mejorar la calidad del empleo.
II. Que la Dirección General De Industria y de la Pequeña Y Mediana Empresa del extinto Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Asociación española para la Calidad (AEC) suscribieron el 27 de abril de 2022 una adenda de prórroga del citado convenio.
III. Que según la citada Orden ITU/103/2024, de 8 de febrero, será la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa quien en adelante tiene atribuidas las delegaciones para la gestión del presente convenio y su adenda.
IV. Que el convenio y su adenda de prórroga se circunscriben exclusivamente a la realización de las actividades que se especifican en el mismo y extiende su vigencia desde que resulte eficaz hasta la total conclusión de las actuaciones previstas, que estarán terminadas, a más tardar, el 30 de abril de 2024.
V. Que debido al éxito de la colaboración, y estando próxima la fecha de finalización de vigencia de la primera adenda, es voluntad de las Partes proceder a la prórroga del convenio con el fin de proseguir la colaboración establecida dada la importancia estratégica de la transformación digital de la industria y las pymes españolas.
ACUERDAN
Prorrogar el convenio suscrito entre las partes con fecha 14 de junio de 2018 para impulsar la transformación digital de la industria española según lo previsto en el artículo 49. h) 2.º de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La presente prórroga tendrá una vigencia de dos años, es decir, desde el 1 de mayo de 2024 hasta el 30 de abril de 2026.
En todo lo no estipulado expresamente en la presente prórroga se estará a lo establecido en el convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.
La presente adenda se perfecciona en el momento de su firma y será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su formalización, sin perjuicio de su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez (10) días hábiles desde su formalización.
En prueba de conformidad firman las partes el presente documento, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por parte del Ministerio de Industria y Turismo, P. D. (Orden ITU/103/2024, de 8 de febrero), el Director General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, Jordi García Brustenga.–Por parte de la Asociación Española para la Calidad, como representante legal, Beatriz López Gil.
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