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Documento BOE-A-2024-806

Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el Acuerdo por el que se adoptan las instrucciones necesarias para el abandono del proyecto para albergar un Almacén Temporal Centralizado en el municipio de Villar de Cañas (Cuenca) y se insta a la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, SA, S.M.E., a llevar a cabo las actuaciones que procedan para la terminación ordenada de los procedimientos iniciados para su puesta en funcionamiento.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2024, páginas 4676 a 4678 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2024-806

TEXTO ORIGINAL

A los efectos de dar cumplimiento al Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2023, por el que se adoptan las instrucciones necesarias para el abandono del proyecto para albergar un Almacén Temporal Centralizado (ATC) en el municipio de Villar de Cañas (Cuenca) y se insta a la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, SA, S.M.E. (Enresa) a llevar a cabo las actuaciones que procedan para la terminación ordenada de los procedimientos iniciados para su puesta en funcionamiento, se dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo mencionado cuyo texto se inserta a continuación.

Madrid, 29 de diciembre de 2023.–La Secretaria de Estado de Energía, Sara Aagesen Muñoz.

ACUERDO POR EL QUE SE ADOPTAN LAS INSTRUCCIONES NECESARIAS PARA EL ABANDONO DEL PROYECTO PARA ALBERGAR UN ALMACÉN TEMPORAL CENTRALIZADO (ATC) EN EL MUNICIPIO DE VILLAR DE CAÑAS (CUENCA) Y SE INSTA A LA EMPRESA NACIONAL DE RESIDUOS RADIACTIVOS, SA, S.M.E. (ENRESA) A LLEVAR A CABO LAS ACTUACIONES QUE PROCEDAN PARA LA TERMINACIÓN ORDENADA DE LOS PROCEDIMIENTOS INICIADOS PARA SU PUESTA EN FUNCIONAMIENTO

Por Acuerdo de Consejo de Ministros de 23 de junio de 2006 se aprobó el Sexto Plan de General de Residuos Radiactivos en el que, entre otras cuestiones, se contemplaba la construcción de un Almacén Temporal Centralizado (ATC) como estrategia básica para la gestión temporal unificada del combustible gastado y los residuos radiactivos de alta actividad en una única instalación en el país.

Previamente, la Comisión de Industria, Turismo y Comercio del Congreso de los Diputados, con fecha de 27 de abril de 2006, había aprobado una proposición no de Ley relativa a la creación de una Comisión Interministerial encargada de establecer los criterios que debía cumplir el emplazamiento e impulsar las políticas públicas y las previsiones legales necesarias para su aplicación en dicha ubicación.

Dicho proceso culminó con el Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de diciembre de 2011, por el que se aprobó la designación del emplazamiento propuesto por el municipio de Villar de Cañas (Cuenca) para albergar el Almacén Temporal Centralizado (ATC) de combustible nuclear gastado y residuos de alta actividad y su centro tecnológico asociado. Asimismo, en dicho Acuerdo se decidió que la citada instalación del ATC y su centro tecnológico asociado prestarían un servicio público esencial, de titularidad estatal, encomendado a la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, SA, S.M.E. (Enresa) en virtud de lo establecido en el artículo 38 bis de la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear.

Una vez seleccionado el emplazamiento, Enresa, en ejecución del mandato recibido, procedió a la adquisición de los terrenos necesarios para la construcción del citado ATC y su centro tecnológico asociado, y construyó los edificios destinados a viveros de empresas, oficinas y servicios, y naves industriales.

Igualmente, se iniciaron los procedimientos administrativos para la obtención de las autorizaciones necesarias del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para la ejecución y puesta en funcionamiento del ATC. En particular, la autorización previa, la de construcción y la evaluación de impacto ambiental del citado proyecto.

No obstante, el Séptimo Plan de Gestión de Residuos Radiactivos, aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 27 de diciembre de 2023, ante la falta del consenso social, político e institucional necesario para designar el emplazamiento del ATC, opta por disponer de almacenes temporales descentralizados en cada uno de los siete emplazamientos de las centrales de Almaraz, Ascó, Cofrentes, Santa María de Garoña, José Cabrera, Trillo y Vandellós II, con capacidad de almacenamiento suficiente para albergar la totalidad del combustible gastado, los residuos de alta actividad y los residuos especiales que se generen durante la operación y el desmantelamiento de cada central, así como con los medios necesarios para su explotación, hasta su traslado definitivo a un almacén geológico profundo.

Esta decisión adoptada por el Gobierno, supone el abandono del proyecto del ATC, y requiere proceder a una terminación ordenada de todo el proceso iniciado para su puesta en funcionamiento.

En consecuencia, ha quedado sin efecto la designación del emplazamiento propuesto por el municipio de Villar de Cañas (Cuenca) para albergar un Almacén Temporal Centralizado (ATC) y su centro tecnológico asociado, aprobada por Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de diciembre de 2011, correspondiendo a Enresa dar un nuevo destino a los terrenos que fueron adquiridos en su día para esta finalidad y a los edificios construidos, los cuales, dejan de tener utilidad alguna para el servicio público esencial que esta entidad tiene encomendado.

Precisamente para atender a este fin último de servicio público se considera necesario que puedan destinarse a otra finalidad que contribuya al desarrollo económico de su entorno geográfico y social.

Finalmente, este acuerdo ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado el pasado 23 de diciembre.

Por todo lo anteriormente expuesto, a propuesta de la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 27 de diciembre de 2023, acuerda:

Primero.

Dejar sin efecto el contenido del Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de diciembre de 2011, por el que se aprueba la designación del emplazamiento del Almacén Temporal Centralizado de combustible nuclear gastado y residuos de alta actividad y su Centro Tecnológico Asociado, como consecuencia de lo establecido en el Séptimo Plan de Gestión de Residuos Radiactivos, en el que se ha abandonado la opción de Almacén Temporal Centralizado (ATC) y su centro tecnológico asociado.

Segundo.

Instar a la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, SA, S.M.E. (Enresa) a desistir de todos los procedimientos iniciados y vinculados al proyecto de construcción de un ATC en Villar de Cañas (Cuenca), en particular, de los de autorización previa, autorización de construcción y evaluación de impacto ambiental del proyecto, para proceder a su terminación ordenada.

Tercero.

Instar a Enresa a que adopte los acuerdos oportunos para llevar a cabo la cesión gratuita de la propiedad de los terrenos y edificios de los que sea titular en el municipio de Villar de Cañas (Cuenca) vinculados al proyecto del ATC, al no resultar necesarios para los fines de servicio público que esta entidad tiene encomendados.

Dicha cesión solo podrá hacerse a favor de la Administración General del Estado, de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, de Entidades locales de la provincia de Cuenca, o de fundaciones públicas de dichas Administraciones, exclusivamente para la realización de fines de utilidad pública o interés social de su respectiva competencia.

Cuarto.

Mediante resolución de la Secretaría de Estado de Energía se dispondrá la publicación de este Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

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