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Documento BOE-A-2024-82

Resolución de 22 de diciembre de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre un programa de vigilancia radiológica ambiental (Red de estaciones de muestreo).

Publicado en:
«BOE» núm. 1, de 1 de enero de 2024, páginas 324 a 326 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo de Seguridad Nuclear
Referencia:
BOE-A-2024-82

TEXTO ORIGINAL

El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear y la Rectora de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, han suscrito, con fecha 19 de diciembre de 2023, una Adenda al Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre un programa de vigilancia radiológica ambiental (Red de estaciones de muestreo). Adenda aplicable al período 2024-2027.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda, como anejo a la presente resolución.

Madrid, 22 de diciembre de 2023.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Juan Carlos Lentijo Lentijo.

ANEJO
Adenda al Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatae, sobre un programa de vigilancia radiológica ambiental (Red de estaciones de muestreo)

Adenda aplicable al período 2024-2027

REUNIDOS

De una parte, don Juan Carlos Lentijo Lentijo, presidente del Consejo de Seguridad Nuclear (en adelante, CSN), cargo para el que fue nombrado por real decreto 275/2022, de 12 de abril (BOE número 88 de 13 de abril), en nombre y representación de este organismo, con domicilio en la calle Pedro Justo Dorado Dellmans, 11 de Madrid, y con número de identificación fiscal Q2801036-A, en virtud de las competencias que le son atribuidas por el real decreto 1440/2010, de 5 de noviembre (BOE número 282, de 22 de noviembre).

De otra parte, doña Eva Ferreira García, Rectora Magnífica de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, nombrada para este cargo mediante Decreto 10/2021, de 19 de enero, por el que se nombra Rectora Magnífica de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea (en adelante, UPV/EHU) a doña Eva Ferreira García, «Boletín Oficial del País Vasco» de 25 de enero de 2021, con competencias para la suscripción de convenios, en virtud de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, «Boletín Oficial del Estado» de 23 de marzo de 2023, y en el artículo 29.2 del Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Gobierno, de 29 de abril de 2009, «Boletín Oficial del País Vasco» de 26 de mayo de 2009.

Ambas partes, reconociéndose mutuamente plena capacidad legal para la formalización de esta adenda,

EXPONEN

Primero.

Que, con fecha 2 de enero de 2020, se suscribió el convenio entre el CSN y la Universidad del País Vasco sobre un programa de vigilancia radiológica ambiental (Red de estaciones de muestreo).

Segundo.

Que la duración del convenio que se suscribió entonces era de cuatro años, desde el 1 de enero de 2020.

Tercero.

Que en la estipulación quinta del mencionado convenio se indica que «el Convenio podrá ser objeto de modificación o prórroga por mutuo acuerdo entre las partes por un periodo máximo de cuatro años adicionales, según lo prescrito en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En este caso, se formalizará la oportuna Cláusula Adicional con las condiciones de la prórroga o modificación con anterioridad a la fecha de vencimiento del Convenio».

Cuarto.

Que con el fin de poder ejecutar de forma adecuada los trabajos previstos que están detallados en la memoria técnica que acompaña al convenio suscrito antes citado, la cual se mantiene sin cambios, ambas partes convienen en formalizar la presente adenda al convenio.

Quinto.

Que el aumento del coste de los trabajos a realizar obliga a incrementar el presupuesto.

Y, en consecuencia, las partes

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar el convenio firmado el 2 de enero de 2020, por un periodo de cuatro años adicionales, de conformidad con la estipulación quinta, hasta el 31 de diciembre de 2027.

Segundo.

Modificar el texto del convenio y su anexo II (1), en los siguientes aspectos:

(1) Se refiere a la Memoria Económica de la Adenda al Convenio para el periodo 2024-2027.

Dar una nueva redacción a la estipulación octava (condiciones económicas) del convenio para incrementar la aportación económica del CSN durante la vigencia de la presente adenda, quedando redactada de la siguiente forma:

«La aportación económica del CSN al programa correspondiente a cada anualidad del período 2024-2027 asciende a la cantidad de 78.644,38  euros (setenta y ocho mil seiscientos cuarenta y cuatro euros con treinta y ocho céntimos), en la que se entienden incluidos todo tipo de gastos e impuestos.

Por lo tanto, la aportación económica para el CSN durante los años de vigencia de la prórroga del convenio asciende a la cantidad de trescientos catorce mil quinientos setenta y siete euros con cincuenta y un céntimos (314.577,51 €), que incluye todo tipo de gastos e impuestos aplicables.

El coste total del convenio para los cuatro años de vigencia, incluyendo los recursos propios aportados por ambos organismos, asciende a 726.364,08  euros (setecientos veintiséis mil trescientos sesenta y cuatro euros con ocho céntimos), que serán aportados por la Universidad del País Vasco en un porcentaje aproximado del 48 % y por el CSN en un porcentaje aproximado del 52 %.

Los gastos asociados a la puesta en práctica de Planes Especiales de Vigilancia Radiológica serán valorados teniendo en cuenta el alcance del mismo en cada caso, para lo cual el CSN y la Universidad del País Vasco acordarán los importes correspondientes.»

Modificar la estipulación undécima para nombrar como coordinador, por parte de la Universidad del País Vasco, a doña Raquel Idoeta Hernandorena, Directora del Laboratorio de Medidas de Baja Actividad.

La presente adenda resultará eficaz a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Adicionalmente, deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

En prueba de conformidad se firma la presente adenda en Madrid, a 19 de diciembre de 2023.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente, Juan Carlos Lentijo Lentijo.–Por la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, la Rectora, Eva Ferreira García.

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