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Documento BOE-A-2024-8665

Resolución de 22 de abril de 2024, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica la segunda prórroga del Convenio con la Fundación Santa Cruz del Valle de los Caídos y la Universidad de Granada, para la realización de actuaciones de identificación de restos y, en su caso, exhumaciones en el Valle de Cuelgamuros.

Publicado en:
«BOE» núm. 105, de 30 de abril de 2024, páginas 49370 a 49371 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-8665

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 22 de abril de 2024 se ha suscrito la 2.ª prórroga al Convenio entre la Fundación Santa Cruz del Valle de los Caídos y la Universidad de Granada, para la realización de actuaciones de identificación de restos y, en su caso, exhumaciones en el Valle de los Caídos.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha prórroga, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 22 de abril de 2024.–La Gerente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, María Dolores Menéndez Company.

ANEXO
Segunda prórroga al Convenio entre la Fundación Santa Cruz del Valle de los Caídos y la Universidad de Granada, para la realización de actuaciones de identificación de restos y, en su caso, exhumaciones en el Valle de los Caídos

REUNIDOS

De una parte, don Pedro Mercado Pacheco, en nombre y representación de la Universidad de Granada, de la que es Rector Magnífico, en virtud del Decreto 131/2023, de 12 de junio (BOJA núm. 113, de 15 de junio de 2023), actuando con las atribuciones que le confieren el artículo 50.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 45.k) de los Estatutos de la Universidad de Granada.

Y, de otra parte, doña Ana de la Cueva Fernández, Presidenta del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 597/2021, de 20 de julio, y en nombre de la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos, cuyo Patronato corresponde al Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio en nombre de las instituciones que representan y, a tal efecto,

EXPONEN

Con fecha 25 de abril de 2022, se suscribió un convenio entre la Fundación Santa Cruz del Valle de los Caídos y la Universidad de Granada, para cuya vigencia se establecía un periodo de un año, a contar desde el 6 de mayo de 2022, fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

No obstante, la cláusula quinta del convenio contempla la posibilidad de prorrogar su vigencia anualmente, previo acuerdo entre ambas partes.

Con fecha 25 de abril de 2023 se firmó la primera prórroga del convenio citado en el título por un periodo de un año, ratificando en todos sus términos su objeto y contenido obligacional. Esta prórroga finaliza el día 25 de abril de 2024.

Dado que las actuaciones previstas en el convenio no se han culminado, se hace necesario prorrogar el mismo hasta el día 22 de junio de 2024.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir una nueva prórroga, de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de la presente adenda es prorrogar la vigencia del convenio citado en el título, firmado el día 25 de abril de 2022 entre la Fundación Santa Cruz del Valle de los Caídos y la Universidad de Granada, hasta el 22 de junio de 2024, ratificando en todos sus términos su objeto y contenido obligacional.

Segunda. Condiciones de la prórroga.

La prórroga al convenio se regirá por todas y cada una de las condiciones estipuladas en el convenio del que trae causa.

Tercera. Eficacia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente prórroga del convenio se perfecciona por el consentimiento prestado por las partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles, en el Registro Electrónico Estatal de órganos e instrumentos de cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben el presente convenio en la fecha de la última firma electrónica).–Por la Universidad, el Rector Magnífico de la Universidad de Granada, Pedro Mercado Pacheco.–Por la Fundación Santa Cruz del Valle de los Caídos, la Presidenta del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, Ana de la Cueva Fernández.

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