Con fecha 6 de septiembre de 2023, esta Dirección General dictó Resolución por la que se otorga a Energía Inagotable De Ersa, S.L. autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Ersa, de 49,49 MW de potencia pico y 49,46 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Barbuñales y Laluenga, en la provincia de Huesca. Dicha Resolución ha sido publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 225 de 20 de septiembre de 2023.
Advertido error material de hecho, y sobre la base de lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que «las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos», procede realizar las siguientes rectificaciones:
Donde dice:
«Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Energía Inagotable De Ersa, S.L. autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Ersa, de 49,46 MW de potencia pico y 44,2 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Barbuñales y Laluenga, en la provincia de Huesca.»
Debe decir:
«Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Energía Inagotable De Ersa, S.L. autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Ersa, de 49,49 MW de potencia pico y 49,46 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Barbuñales y Laluenga, en la provincia de Huesca.»
Donde dice:
Otorgar a Energía Inagotable de Ersa S.L. autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Ersa, de 49,46 MW de potencia pico y 44,2 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes:
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 44,2 MW.
– Potencia pico de módulos: 49,46 MW.
– Potencia total de inversores: 44,2 MW
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión, otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 44,2 MW.»
Debe decir:
Otorgar a Energía Inagotable de Ersa S.L. autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Ersa, de 49,49 MW de potencia pico y 49,46 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes:
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 49,46 MW.
– Potencia pico de módulos: 49,49 MW.
– Potencia total de inversores: 49,46 MW
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión, otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 44,2 MW.»
Madrid, 23 de abril de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.
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