Suscrita el 2 de mayo de 2024, Adenda de prórroga del Convenio entre la Organización Nacional de Trasplantes y la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias para la colaboración técnica, científica y docente en el ámbito de la donación y el trasplante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 8 de mayo de 2024.–El Secretario de Estado de Sanidad, Javier Padilla Bernáldez.
En Madrid, a 2 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte, doña Beatriz Domínguez-Gil González, en su condición de Directora de la Organización Nacional de Trasplantes, conforme a lo dispuesto por Real Decreto 501/2017, de 12 de mayo, y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 9.2 a) del Estatuto de la Organización, aprobado por Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre;
De otra parte, doña Carola Giménez-Esparza Vich en calidad de Presidenta de la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias, actuando en nombre y representación de esta, nombrada en Asamblea General de fecha 13 de junio de 2023 en el seno del LVIII Congreso Nacional de la SEMICYUC, celebrado en el Palacio de Ferias y Congresos de Málaga y conforme a las atribuciones que le confieren los Estatutos de la Sociedad, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, sección 1.ª, número Nacional 10002.
Las Partes actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente capacidad legal necesaria para la formalización de la presente adenda y, a tal efecto,
MANIFIESTAN
I. Con fecha 24 de julio de 2020, las Partes suscribieron un convenio, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 13 de agosto de 2020, para la colaboración técnica, científica y docente en el ámbito de la donación y el trasplante.
II. La colaboración instrumentada mediante dicho acuerdo ha funcionado correctamente, desde su firma hasta la actualidad, facilitando el desarrollo y la optimización de la donación y el trasplante de órganos y tejidos humanos a través del fomento de la formación, la investigación y la divulgación del conocimiento entre el personal médico de las unidades de cuidados intensivos, críticos y unidades coronarias.
III. La cláusula séptima del convenio prevé la posibilidad de su prórroga, renovándose de forma expresa, por acuerdo unánime de las Partes, por un periodo de cuatro años adicionales.
IV. Las partes coinciden en la conveniencia de seguir colaborando en el desarrollo y la optimización de la donación y el trasplante a la luz de los buenos resultados obtenidos durante los cuatro años de vigencia del convenio.
Por lo expuesto, las partes
ACUERDAN
Se prorroga el convenio para la colaboración técnica, científica y docente en el ámbito de la donación y el trasplante, en virtud de lo previsto en su cláusula séptima, por un periodo de cuatro años adicionales, hasta el 12 de agosto de 2028.
La presente adenda será eficaz a partir de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, sin perjuicio de su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
En prueba de conformidad, se firma la presente Adenda de prórroga en el lugar y fecha indicados en el encabezado.–Por la Organización Nacional de Trasplantes O.A., Beatriz Domínguez-Gil González, Directora.–Por la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias, Carola Giménez-Esparza Vich, Presidenta.
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