Se acuerda rectificar:
En el párrafo 5.1, donde se exige una garantía provisional de 50.000 pesetas, no debe figurar ningún importe, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Madrid, 26 de septiembre de 1995.-La Subdirectora general de Adquisiciones y Activos Fijos, María Dolores González Sánchez.-56.271.
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