Advertidos errores en el anuncio publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 281, de 24 de noviembre de 1995, sobre la resolución de referencia, se salvan en el sentido siguiente, manteniéndose invariable en el resto de sus extremos, incluido el plazo de presentación de proposiciones:
Clasificación requerida a los licitadores: Grupo F), «Marítimas»; categoría f):
Subgrupo 1. Dragados.
Subgrupo 2. Escolleras.
Subgrupo 3. Con bloques de hormigón.
Subgrupo 4. Con cajones de hormigón armado.
Exención del Impuesto General del Tráfico de Empresas: Declaradas exentas del Impuesto General del Tráfico de Empresas, por equipamiento comunitario primario, tanto el proyecto de referencia como el proyecto de «Ampliación del dique de abrigo del nordeste del puerto de Melilla», de los respectivos presupuestos de ejecución por contrata, deberá deducirse el 4 por 100 consignado para el mismo, e, igualmente, habrá de excluirse dicho porcentaje de los presupuestos presentados con las ofertas, y caso de incluirse se deducirá de los correspondientes presupuestos.
Melilla, 27 de noviembre de 1995.-El Secretario general, José Manuel Noguerol Abián.-72.441.
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