MINISTERIO DE JUSTICIA
Subsecretaría
Gabinete Técnico
Edicto
Don Santiago Matossian y Falcó y doña Alejandra
Isabel Falcó y Girod, han solicitado la sucesión
en el título de Marques de Mirabel, vacante por
fallecimiento de doña Hilda Fernández de Córdova
y Mariátegui, lo que se anuncia por el plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, a los efectos del artículo 6. º del Real
Decreto de 27 de mayo de 1912, en su redacción
dada por el 222/1988, de 11 de marzo, para que
puedan solicitar lo conveniente los que se consideren
con derecho al referito título.
Madrid, 4 de noviembre de 1998.-Por la Unidad,
el Consejero técnico, Antonio Luque
García.-58.450.
Edicto
Don Francisco Javier Mencos Domínguez ha
solicitado la sucesión en el título de Marqués de las
Navas de Navarra, vacante por fallecimiento de su
padre, don Francisco Javier Mencos
Guajardo-Fajardo; lo que se anuncia por el plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este
edicto, a los efectos del artículo 6. º del Real Decreto
de 27 de mayo de 1912, en su redacción dada por
el 222/1988, de 11 de marzo, para que puedan
solicitar lo conveniente los que se consideren con
derecho al referido título.
Madrid, 4 de noviembre de 1998.-Por la Unidad,
el Consejero técnico, Antonio Luque
García.-59.875.
MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Dirección General de Política
Económica y Defensa
de la Competencia
Nota-extracto a efectos del trámite de información
pública, según lo dispuesto en el artículo 38.3 de
la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la
Competencia y en el artículo 5 del Real Decreto
157/1992, de 21 de febrero, que la desarrolla, en
relación con el expediente número 1.894/98
Se instruye por la Dirección General de Política
Económica y Defensa de la Competencia del
Ministerio de Economía y Hacienda con el número
1.894/1998, expediente a instancia de don José
María Vidal Golet, en nombre y representación de
la Asociación Profesional de Empresarios de
Electricidad, Fontanería, Gas, Saneamientos y afines de
Manresa y comarca, solicitando autorización
singular para un protocolo de colaboración mutua entre
la asociación y empresas suministradoras de
materiales;
Considerando que la Ley 16/1989, de 17 de julio,
de Defensa de la Competencia ("Boletín Oficial del
Estado" del 18), contempla la facultad del tribunal
de Defensa de la competencia de autorizar los
acuerdos a que se refiere el artículo 3 de dicha disposición
legal,
Esta Dirección General, en cuanto órgano
instructor del expediente y conforme a lo previsto en
el artículo 38.3 de la Ley 16/1989, ha acordado
abrir un período de información pública durante
diez días hábiles a partir de la publicación de este
aviso, según lo preceptuado en el artículo 36.4 de
la Ley 16/1989, para que toda persona física o
jurídica, sea o no interesada, pueda aportar cualquier
clase de información y exponer cuantos datos estime
significativos acerca del objeto del referido
expediente.
Madrid, 12 de noviembre de 1998.-El Director
general, Luis de Guindos Jurado.-59.831.
Dirección General del Tesoro
y Política Financiera
Edicto sobre notificación de expediente sancionador
(expediente 629/1998), sobre supuesta infracción
leve de la Ley 40/1979, sobre control de cambios
Por acuerdo de fecha 8 de julio de 1998, se ha
incoado expediente sancionador a don Juan Riera
Ribas. Desconociéndose el último domicilio del
interesado, por la presente se le notifica que puede
retirar el acuerdo de iniciación del citado expediente
en el despacho oficial de la Instructora (ubicado
en la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera, plaza de Jacinto Benavente, número 3,
despacho 220, 28012 Madrid), dentro de los diez días
hábiles, siguientes a la publicación de este edicto.
En el plazo de quince días hábiles, a contar desde
el día siguiente a haber surtido efecto la notificación
podrá contestar a la misma con las alegaciones que
estime pertinentes a su defensa, pudiendo solicitar
cuantas pruebas hábiles en derecho extime
convenientes, advirtiéndosele que de no hacerse se
procederá a proponer la oportuna resolución.
Madrid, 16 de noviembre de 1998.-La
Instructora, María Luisa Martín.-59.013-E.
MINISTERIO DE FOMENTO
Portuarias
ALICANTE
Otorgamiento a Urbamar Levante de concesión para
la ocupación de los terrenos necesarios para el
desarrollo del servicio de recogida de residuos oleosos
en el puerto de Alicante
El Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria de Alicante, en reunión celebrada el 13
de febrero de 1998, acordó otorgar a "Urbaser,
Sociedad Anónima", y "Marpol Levante, Sociedad
Limitada", abreviadamente Urbanar Levante, la
concesión para la ocupación de los terrenos necesarios
para el desarrollo del servicio de recogida de residuos
oleosos procedentes de las sentinas de los buques
en el puerto de Alicante.
Alicante, 6 de noviembre de 1998.-El Presidente,
Mario Flores Lanuza.-58.529.
BAHÍA DE ALGECIRAS
Información pública
Don Antonio Gil Montero solicita la modificación
de su concesión administrativa de 19 de febrero
de 1998, otorgada, mediante concurso público, para
la adjudicación de la instalación y explotación de
una cafetería en la nueva estación marítima del
puerto Bahía de Algeciras, con el objeto transmitir por
actos "inter vivos" la citada concesión a doña María
de la Luz Aycart Valdés.
De acuerdo con los artículos 63 y 64 de la Ley
27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado
y de la Marina Mercante, modificada por la Ley
62/1997, y 156 del Reglamento General para
desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de Costas,
aprobado por Real Decreto 1471/1989, de 1 de
diciembre ("Boletín Oficial del Estado" número 297,
del 12), se abre información pública por el plazo
de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente
al de publicación de este anuncio en el "Boletín
Oficial del Estado".
Durante dicho período pueden presentarse
alegaciones en la Dirección de la APBA (paseo de
la Conferencia, sin número, 11207 Algeciras),
donde se encuentra de manifiesto la documentación
correspondiente.
Algeciras, 5 de noviembre de 1998.-El
Presidente, Manuel Morón Ledro.-El Secretario, Carlos de
las Rivas Hidalgo.-58.409.
Demarcaciones de Carreteras
ANDALUCÍA ORIENTAL
Expediente de expropiación forzosa. Procedimiento
de urgencia. Resolución de la Demarcación de
Carreteras del Estado en Andalucía Oriental relativa a
la expropiación forzosa de los bienes y derechos
afectados por el proyecto de trazado: "Autopista de la
Costa del Sol, tramo Málaga-Estepona. Área de
Servicios Altos de Marbella"
Con fecha 20 de octubre de 1998, el ilustrísimo
señor Secretario de Estado de Infraestructuras y
Transportes, por delegación, según dispone la Orden
de 30 de mayo de 1996, aprobó definitivamente
el proyecto de trazado de "Autopista de peaje en
la Costa del Sol, tramo: Málaga-Estepona. Área de
Servicios Altos de Marbella".
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
16 de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de
construcción, conservación y explotación de autopistas
en régimen de concesión, el Real Decreto 436/1996,
de 1 de marzo, de adjudicación de la concesión,
implica la declaración de utilidad pública de las
obras y, en virtud de la aprobación del proyecto
de trazado de referencia, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 8 de la Ley 25/1988, de
29 de julio, de Carreteras, y artículos 32, 55 y
siguientes de su Reglamento aprobado por Real
Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, se entiende
implícita la necesidad de ocupación de todos los
bienes y derechos afectados con motivo de las obras
del indicado proyecto de trazado, reputándose
urgente a los efectos establecidos en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de
diciembre de 1954.
Por cuanto antecede, esta Demarcación, en el
ejercicio que le confiere el artículo 98 de la mencionada
Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto:
Primero.-Incoar el expediente de expropiación
forzosa en los términos y a los efectos previstos
en la Ley de Expropiación Forzosa.
Segundo.-Señalar los días y las horas que se
especifican a continuación para que, en el Ayuntamiento
de Marbella, sin perjuicio de trasladarse a las fincas
afectadas si se estimase necesario, se proceda al
levantamiento de las actas previas a la ocupación
y, si procede, formalizar la ocupación de los bienes
y derechos afectados, según lo dispuesto en el
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los días y horas señalados para el levantamiento
de las actas previas a la ocupación son:
Ayuntamiento de Marbella: Día 16 de diciembre
de 1998, a las once horas.
El presente señalamiento será notificado por
cédula a los titulares de derechos afectados de las fincas
que se expresan en la relación siguiente, para que,
en las horas y días señalados, comparezcan en el
Ayuntamiento en que radiquen los bienes afectados,
como punto de reunión al efecto indicado.
Relación de bienes y derechos
Municipio: Marbella.
Finca número: MA-338. Polígono 12. Parcela 006.
Nombre y domicilio de la titular: "Jabor Magarpe,
Sociedad Limitada", calle Príncipe de Vergara,
número 30, 28002 Madrid. Superficie a expropiar: 47.460
metros cuadrados. Aprovechamiento: Pastos.
Finca número: MA-339. Polígono 12. Parcela 008.
Nombre y domicilio de la titular: "Jabor Magarpe,
Sociedad Limitada", calle Príncipe de Vergara,
número 30, 28002 Madrid. Superficie a expropiar: 36.018
metros cuadrados. Aprovechamiento: Monte bajo.
A dicho acto deberán asistir los interesados,
personalmente, o bien representados por persona
debidamente autorizada para intervenir en su nombre,
aportando los documentos acreditativos de su
titularidad, documento nacional de identidad y el último
recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que
corresponda al bien afectado, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo
estiman oportuno.
Con la misma anticipación, se publicarán edictos
en los tablones oficiales (Demarcación de Carreteras
del Estado en Andalucía Oriental, avenida de
Madrid, 7, Granada. Unidad de Carreteras de
Málaga, paseo de la Farola, 7, Málaga, y Ayuntamiento
de Marbella), y en resumen, en el "Boletín Oficial
del Estado", en el de la provincia y en los diarios
"Sur" y "Diario 16" de Málaga.
La sociedad concesionaria "Autopista del Sol,
Concesionaria Española, Sociedad Anónima",
asume en el expediente de expropiación los derechos
y obligaciones del beneficiario de la expropiación
que regulan la mencionada Ley y el citado
Reglamento de Expropiación Forzosa.
Asimismo, se hace constar que, a tenor de lo
previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de
30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en la norma segunda del
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el presente
anuncio servirá como notificación a los posibles
interesados no identificados a los titulares de bienes
y derechos afectados que sean desconocidos y a
aquellos respecto de quienes sea ignorado su
paradero.
Granada, 18 de noviembre de 1998.-El Jefe de
la Demarcación, Domingo Quesada
Martos.-59.915-*.
Expediente de expropiación forzosa. Procedimiento
de urgencia. Resolución de la Demarcación de
Carreteras del Estado en Andalucía Oriental relativa a
la expropiación forzosa de los bienes y derechos
afectados por el proyecto de trazado: "Autopista de la
Costa del Sol, tramo Málaga-Estepona. Área de
servicio Arroyo de la Miel"
Con fecha 20 de octubre de 1998, el ilustrísimo
señor Secretario de Estado de Infraestructuras y
Transportes, por delegación, según dispone la Orden
de 30 de mayo de 1996, aprobó definitivamente
el proyecto de trazado de "Autopista de peaje en
la Costa del Sol, tramo: Málaga-Estepona. Área de
servicio Arroyo de la Miel".
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
16 de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de
construcción, conservación y explotación de autopistas
en régimen de concesión, el Real Decreto 436/1996,
de 1 de marzo, de adjudicación de la concesión,
implica la declaración de utilidad pública de las
obras y, en virtud de la aprobación del proyecto
de trazado de referencia, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 8 de la Ley 25/1988, de
29 de julio, de Carreteras, y artículos 32, 55 y
siguientes de su Reglamento, aprobado por Real
Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, se entiende
implícita la necesidad de ocupación de todos los
bienes y derechos afectados con motivo de las obras
del indicado proyecto de trazado, reputándose
urgente a los efectos establecidos en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954.
Por cuanto antecede, esta Demarcación, en el
ejercicio que le confiere el artículo 98 de la mencionada
Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto:
Primero.-Incoar el expediente de expropiación
forzosa en los términos y a los efectos previstos
en la Ley de Expropiación Forzosa.
Segundo.-Señalar los días y las horas que se
especifican a continuación para que, en el Ayuntamiento
de Torremolinos, sin perjuicio de trasladarse a las
fincas afectadas si se estimase necesario, se proceda
al levantamiento de las actas previas a la ocupación
y, si procede, formalizar la ocupación de los bienes
y derechos afectados, según lo dispuesto en el
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los días y horas señalados para el levantamiento
de las actas previas a la ocupación son:
Ayuntamiento de Torremolinos: Día 15 de
diciembre de 1998, a las once horas.
El presente señalamiento será notificado por
cédula a los titulares de derechos afectados de las fincas
que se expresan en la relación siguiente, para que,
en las horas y días señalados, comparezcan en el
Ayuntamiento en que radiquen los bienes afectados,
como punto de reunión al efecto indicado.
Relación de bienes y derechos
Municipio: Torremolinos.
Finca número: TO-001. Polígono 1. Parcela 1d.
Nombres y domicilio de los titulares: Don Miguel
y doña Dolores Gálvez del Postigo Ruiz, avenida
Antonio Machado, 12, 29630 Benalmádena Costa.
Superficie a expropiar: 18.440 metros cuadrados.
Aprovechamiento: Pinar.
Finca número: TO-002. Polígono 1. Parcela 29b.
Nombre y domicilio del titular: Ayuntamiento de
Torremolinos, plaza Blas Infante, 1, 29620
Torremolinos. Superficie a expropiar: 8.640 metros
cuadrados. Aprovechamiento: Pinar.
Finca número: TO-002. Polígono 1. Parcela 8e.
Nombre y domicilio de los titulares: Don Miguel
y doña Dolores Gálvez del Postigo Ruiz, avenida
Antonio Machado, 12, 29630 Benalmádena Costa.
Superficie a expropiar: 38.880 metros cuadrados.
Aprovechamiento: Pinar.
A dicho acto deberán asistir los interesados,
personalmente, o bien representados por persona
debidamente autorizada para intervenir en su nombre,
aportando los documentos acreditativos de su
titularidad, documento nacional de identidad y el último
recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que
corresponda al bien afectado, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo
estiman oportuno.
Con la misma anticipación, se publicarán edictos
en los tablones oficiales (Demarcación de Carreteras
del Estado en Andalucía Oriental, avenida de
Madrid, 7, Granada. Unidad de Carreteras de
Málaga, paseo de la Farola, 7, Málaga, y Ayuntamiento
de Torremolinos), y en resumen, en el "Boletín
Oficial del Estado", en el de la provincia y en los
diarios "Sur" y "Diario 16" de Málaga.
La sociedad concesionaria "Autopista del Sol,
Concesionaria Española, Sociedad Anónima",
asume en el expediente de expropiación los derechos
y obligaciones del beneficiario de la expropiación
que regulan la mencionada Ley y el citado
Reglamento de Expropiación Forzosa.
Asimismo, se hace constar que, a tenor de lo
previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de
30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en la norma segunda del artículo
52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el presente
anuncio servirá como notificación a los posibles
interesados no identificados a los titulares de bienes
y derechos afectados que sean desconocidos y a
aquellos respecto de quienes sea ignorado su
paradero.
Granada, 18 de noviembre de 1998.-El Jefe de
la Demarcación, Domingo Quesada
Martos.-59.914-*.
Resolución relativa a la expropiación forzosa, por
procedimiento de urgencia, de los bienes y derechos
afectados por el proyecto de trazado: "Autopista de
la Costa del Sol, tramo Málaga-Estepona. Área de
servicio Río Castor"
Con fecha 23 de octubre de 1998, el ilustrísimo
señor Secretario de Estado de Infraestructuras y
Transportes, por delegación, según dispone la Orden
de 30 de mayo de 1996, aprobó definitivamente
el proyecto de trazado de "Autopista de peaje de
la Costa del Sol, tramo: Málaga-Estepona. Área de
servicio Río Castor".
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 16 de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de
Construcción, Conservación y Explotación de Autopistas
en Régimen de Concesión, el Real Decreto
436/1996, de 1 de marzo, de adjudicación de la
concesión, implica la declaración de utilidad pública
de las obras y, en virtud de la aprobación del
proyecto de trazado de referencia, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 25/1988,
de 29 de julio, de Carreteras, y artículos 32, 55
y siguientes de su Reglamento, aprobado por Real
Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, se entiende
implícita la necesidad de ocupación de todos los
bienes y derechos afectados con motivo de las obras
del indicado proyecto de trazado, reputándose
urgente a los efectos establecidos en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954.
Por cuanto antecede, esta Demarcación, en el
ejercicio que le confiere el artículo 98 de la mencionada
Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto:
Primero.-Incoar el expediente de expropiación
forzosa en los términos y a los efectos previstos
en la Ley de Expropiación Forzosa.
Segundo.-Señalar los días y las horas que se
especifican a continuación para que, en el Ayuntamiento
de Estepona, sin perjuicio de trasladarse a las fincas
afectadas si se estimase necesario, se proceda al
levantamiento de las actas previas a la ocupación
y, si procede, formalizar la ocupación de los bienes
y derechos afectados, según lo dispuesto en el
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los días y horas señalados para el levantamiento
de las actas previas a la ocupación son:
Ayuntamiento de Estepona: Día 17 de diciembre
de 1998, a las once horas.
El presente señalamiento será notificado por
cédula a los titulares de derechos afectados de las fincas
que se expresan en la relación siguiente, para que,
en las horas y días señalados, comparezcan en el
Ayuntamiento en que radiquen los bienes afectados
como punto de reunión al efecto indicado.
Relación de bienes y derechos
Municipio: Estepona.
Finca número: ES-091. Polígono 23. Parcela 059.
Nombres y domicilio de los titulares: Comunidad
de herederos de don Luis Miguel Herrera Pérez
y doña Natividad Herrera Toscano, calle Gravina,
11, segundo derecha, 41007 Sevilla. Superficie a
expropiar: 46.000 metros cuadrados.
Aprovechamiento: Monte bajo.
Finca número: ES-092. Polígono 23. Parcela 203.
Nombres y domicilio de los titulares: Comunidad
de herederos de don Luis Miguel Herrera Pérez
y doña Natividad Herrera Toscano, calle Gravina,
11, segundo derecha, 41007 Sevilla. Superficie a
expropiar: 15.000 metros cuadrados.
Aprovechamiento: Pastos y matorral.
Finca número: ES-093. Polígono 23. Parcela 181.
Nombre y domicilio de la titular: "Longside Limited"
(Rpte.: Señora Rott), apartado de Correos número
61.28.680, Estepona. Superficie a expropiar: 6.292
metros cuadrados. Aprovechamiento: Monte bajo.
A dicho acto deberán asistir los interesados,
personalmente, o bien representados por persona
debidamente autorizada para intervenir en su nombre,
aportando los documentos acreditativos de su
titularidad, documento nacional de identidad y el último
recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que
corresponda al bien afectado, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo
estiman oportuno.
Con la misma anticipación, se publicarán edictos
en los tablones oficiales (Demarcación de Carreteras
del Estado en Andalucía Oriental, avenida de
Madrid, 7, Granada. Unidad de Carreteras de
Málaga, paseo de la Farola, 7, Málaga, y Ayuntamiento
de Estepona) y en resumen, en el "Boletín Oficial
del Estado", en el de la provincia y en los diarios
"Sur" y "Diario 16" de Málaga.
La sociedad concesionaria "Autopista del Sol,
Concesionaria Española, Sociedad Anónima",
asume en el expediente de expropiación los derechos
y obligaciones del beneficiario de la expropiación
que regulan la mencionada Ley y el citado
Reglamento de Expropiación Forzosa.
Asimismo, se hace constar que, a tenor de lo
previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en la norma segunda del
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el
presente anuncio servirá como notificación a los
posibles interesados no identificados a los titulares
de bienes y derechos afectados que sean
desconocidos y a aquellos respecto de quienes sea ignorado
su paradero.
Granada, 18 de noviembre de 1998.-El Jefe de
la Demarcación, Domingo Quesada
Martos.-59.912-*.
MINISTERIO
DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Instituto Formación Profesional
"ISAAC PERAL"
Se hace público el extravío del título de Técnico
Especialista de doña Ana Isabel Guardado Ramos.
Cualquier comunicación sobre dicho documento
deberá efectuarse ante la Subdirección Territorial
Madrid-Este, en el plazo de treinta días, pasados
los cuales dicho título quedará nulo y sin valor y
se seguirán los trámites para la expedición de
duplicado.
Torrejón de Ardoz, 9 de octubre de 1998.-El
Secretario, José Luis Sánchez Peral.-58.526.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CATALUÑA
Instituto Catalán del Suelo
Anuncio sobre resolución referente al término
municipal de Vall-llobrega
La Gerencia del Instituto Catalán del Suelo, en
fecha 14 de octubre de 1998, ha resuelto:
1. Incluir las cargas que se relacionan en el
anexo, que constan en las fincas propiedad del
Instituto Catalán del Suelo, entre los bienes y derechos
afectados por el ámbito de actuación del polígono
III del plan parcial industrial y de servicios
portuarios, del término municipal de Vall-llobrega, y
que, por error u omisión, no se relacionaron cuando,
en fecha 12 de julio de 1994, se aprobó
definitivamente la relación de bienes y derechos afectados
por el citado plan parcial.
2. Aprobar el expediente complementario de
expropiación correspondiente a las cargas de
referencia, afectadas por el plan parcial industrial y de
servicios portuarios, del término municipal de
Vall-llobrega, de acuerdo con el artículo 210.4 del
Reglamento de gestión urbanística.
3. Aprobar la hoja de apremio correspondiente
a las citadas cargas, fijando el valor del derecho
de hipoteca en 840 pesetas y el del derecho de
servidumbre de paso en 105 pesetas, con el 5 por
100 de afección incluido.
4. Someter a información pública el expediente
complementario de expropiación citado durante el
plazo de un mes, a fin y efecto de que se puedan
efectuar las alegaciones pertinentes.
Esta publicación tendrá los efectos previstos
establecidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre.
Barcelona, 28 de octubre de 1998.-El Gerente,
Antoni Paradell i Ferrer.-89.963.
Anexo
Finca número: 1.
Superficie: 2.358 metros cuadrados.
Titular: Instituto Catalán del Suelo.
Dirección: Calle Córsega, 289, sexto, 08008
Barcelona.
Derecho afectado: Hipoteca por la cantidad de
800 pesetas, por el plazo de un año y pasado éste,
siempre que se reclame.
Titular: Don Baudilio Pruneda Miguel.
Dirección: Desconocida.
Datos registrales: Inscrita en el Registro de la
Propiedad de Palamós, tomo 2.723, libro 18,
folio 70, finca número 775, inscripción primera.
Finca número: 2.
Superficie: 2,40 metros de ancho y 80 metros
de largo.
Titular: Instituto Catalán del Suelo.
Dirección: Calle Córsega, 289, sexto, 08008
Barcelona.
Derecho afectado: Servidumbre de paso.
Titular: Don Joaquín Cama Cruañas.
Dirección: Desconocida.
Datos registrales: Inscrita en el Registro de la
Propiedad de Palamós en el tomo 1.439, libro 12
de Vall-llobrega, folio 59, finca número 415.
Departamento de Industria,
Comercio y Turismo
Dirección General de Energía
Información pública de un proyecto de conducción
y suministro de gas natural y de evaluación de
impacto ambiental
De acuerdo con lo que prevé la Ley 34/1998,
de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos; el
Reglamento General del Servicio Público de Gases
Combustibles, aprobado por el Decreto 2913/1973,
de 26 de octubre, y el artículo 3 del Decreto
114/1988, de 7 de abril, de evaluación de impacto
ambiental, se somete a información pública la
solicitud de reconocimiento de utilidad pública, la
autorización administrativa y la aprobación del proyecto
de ejecución y declaración de impacto ambiental
de la instalación de gas natural que se detalla a
continuación:
Referencia: 04041639/98.
Peticionario: "Gas Natural SDG, Sociedad
Anónima", con domicilio social en Barcelona, avenida
Portal de l'Àngel, 20-22.
Objeto: Autorización administrativa y aprobación
del proyecto de ejecución de la conducción y
suministro de gas natural: Religado técnico entre las redes
existentes, 01-DN-16-45 bar, en el término
municipal de La Roca del Vallès, y 00-DN-8-16 bar,
en el término municipal de Argentona.
La declaración de utilidad pública solicitada
llevará implícita, de acuerdo con la Ley 34/1998, de
7 de octubre, del sector de hidrocarburos, en todo
caso la necesidad de ocupación de los bienes o
de adquisición de los derechos afectados, e implicará
la urgente ocupación a los efectos del artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954.
El estudio de evaluación de impacto ambiental
que se incluye como documento diferenciado del
proyecto de construcción del gasoducto
mencionado, afecta a una zona del plan de espacios de interés
natural (PEIN) de la Conreria-Sant Mateu-Céllecs,
en su parte noroeste, ubicado dentro de los términos
municipales de La Roca del Vallès y Argentona.
Características principales de las instalaciones:
Conducción principal que afecta a los términos
municipales de La Roca del Vallès y Argentona:
Longitud: 6.756,70 m.
Diámetro: 10''.
Grosor: 6,35 mm.
Material: Acero al carbono API-5L X-42.
Presión máxima de servicio efectiva: 45 bar.
Caudal total horario al inicio de la conducción:
25.000 Nm 3 /h.
Origen: La conducción principal se inicia en la
canalización existente 0.1 de DN-16 y 45 bar, que
discurre en paralelo a la autopista A-7, en su inicio
se instalará un garaje de limpieza e inspección
situado al norte del enlace de la autopista B-40 con
la A-7, donde permanecerá situado el vértice V-0
de la conducción principal en el término municipal
de La Roca del Vallès y de acuerdo con el plano
41213-PP-001.
Final: La canalización, después de cruzar el
término municipal de La Roca del Vallès, continúa
y finaliza en el término municipal de Argentona
después de cruzar la carretera C-1415 en el vértice
V-66, de acuerdo con el plano 41213-PP-003, donde
permanecerá situada la estación de regulación y
medida ERM-001, de donde partirán las redes de
distribución de APA y MPB.
Estación de regulación y medida ERM-001, en
el término municipal de Argentona.
Características:
Caudal nominal: 30.000 Nm 3 /h.
Presión máxima de servicio efectiva de entrada:
45 bar.
Presión de salida regulable entre 5 y 16 bar
efectivos.
La ERM estará formada por una línea de
regulación con contaje y un by-pass con regulación
vigilada, la línea de regulación está diseñada para un
caudal nominal de 30.000 Nm 3 /h y consta de una
válvula de seccionamiento en su entrada, un sistema
de filtrado del gas, una válvula de seguridad que
corta el paso del fluido por una presión de consigna,
un regulador monitor, un regulador principal y una
válvula de seccionamiento a la salida.
La ERM-001 estará situada en una parcela
existente al lado de la carretera C-1415 y de la riera
de Pins, en el término municipal de Argentona.
Armario regulador: Irá emplazado dentro del
recinto de la ARM-001.
Características:
Caudal nominal: 2.500 Nm 3 /h.
Presión máxima de servicio efectiva de entrada:
16 bar.
Presión de salida regulable entre 4 y 0,4 bar
efectivos.
Red de APA en el término municipal de
Argentona:
Longitud: 4.538,19 m.
Diámetro: 12''.
Grosor: 4,78 mm.
Material: Acero al carbono API-5L-Grb.
Presión máxima de servicio efectiva: 16 bar.
Caudal previsto: 25.000 Nm 3 /h.
La red de APA partirá del vértice V-0/1 situado
en el cierre de la ARM-001 de acuerdo con el plano
41213-PP-101 y finaliza en el vértice V-65/1 en
el pozo de válvulas existentes, donde se realizará
la conexión con la red de gas natural existente 00
en el término municipal de Argentona, de acuerdo
con el plano 412313-PP-109.
Red de MPB en el término municipal de
Argentona:
Longitud: 255,07 m.
Diámetro: 160''.
Grosor: 14,60 mm.
Material: Polietileno.
Presión máxima de servicio efectiva: 4 bar.
La red de MPB partirá del vértice V-0/2 situado
en el cierre de la ARM-001 y finalizará en el vértice
V-4/2, de acuerdo con el plano 41213-PP-201, en
donde se realizará la conexión de la conducción
existente de MPB.
Sistema de protección catódica: Las
canalizaciones de acero objeto de este proyecto se protegerán
mediante un sistema de protección catódica con
inyección de corriente procedente de la estación
de protección catódica que se instalará al inicio
de la conducción principal, dentro del recinto del
garaje de limpieza e inspección.
Sistema de comunicaciones: De acuerdo con lo
que establece la disposición adicional 19 de la Ley
34/1998, de 7 de octubre, del sector de
hidrocarburos, el proyecto prevé, a lo largo de la canalización
de gas natural, la instalación del correspondiente
conducto protector del sistema de telecontrol,
formado por un conducto para la protección de cables
de teleinformaciones, instalado en la misma zanja
de la conducción de gas natural.
La mencionada disposición indica que dentro de
la servidumbre de paso constituida a favor de la
red básica de transporte, redes de transporte y redes
de distribución de gas, incluidas las líneas y equipos
de telecomunicación que por ellas pueden
transcurrir, tanto si son para servicio propio de la
explotación gasista como para el servicio de
telecomunicaciones públicas y sin perjuicio del justiprecio
que, en su caso, pudiera corresponder, de agravarse
esta servidumbre.
Presupuesto: 246.163.773 pesetas.
Afectaciones derivadas del proyecto:
a) Servidumbre perpetua de paso en una franja
de terreno de 4 metros de anchura para las
conducciones a presiones superiores a 16 bar y de 3
metros de anchura para las conducciones a presiones
iguales o inferiores a 16 bar, por cuyo eje las
canalizaciones irán bajo tierra, a una profundidad mínima
de 1 metro, junto con los elementos y accesorios
que éstas requieran. Los límites de estas franjas
quedarán definidosa2y1,5metros, respectivamente,
a ambos lados de los ejes de los trazados de las
canalizaciones mencionadas y dentro del de
ocupación temporal.
Esta franja de servidumbre perpetua de paso se
utilizará para la vigilancia y el mantenimiento de
la canalización, para los que se dispondrá de libre
acceso del personal, elementos y medios necesarios.
Se deberán pagar los daños que se ocasionen en
cada uno de los casos en que se haya de intervenir.
b) Servidumbre de ocupación temporal durante
el período de ejecución de las obras en una franja
o pista de donde se harán desaparecer todo tipo
de obstáculos, cuya anchura máxima será de 10
metros, con el pago de los daños que se ocasionen
en cada caso.
c) La prohibición de plantar árboles y arbustos
de tallo alto y de hacer movimientos de tierras en
la franja a que hace referencia el apartado a).
d) La prohibición de efectuar trabajos de arada,
cava u otros similares a una profundidad superior
a 50 centímetros en la franja a que hace referencia
el apartado a).
e) No se permitirá levantar edificaciones o
construcciones de ningún tipo, aunque tengan carácter
provisional o temporal, ni variar la cota de terreno,
ni efectuar ningún acto que pueda dañar o perturbar
el buen funcionamiento, la vigilancia, la
conservación, las reparaciones y las sustituciones necesarias,
si procede, de la canalización y de los elementos
anexos, a una distancia inferior a 2,5 metros a ambos
lados del eje del trazado de las canalizaciones a
presiones superiores a 16 bar y a una distancia
inferior a 1,5 metros a ambos lados del eje del trazado
de las canalizaciones a presiones iguales o inferiores
a 16 bar.
f) Todo lo que se ha indicado en los apartados
anteriores no será aplicable a los bienes de dominio
público.
g) Ocupación de dominio: Ocupación
permanente y perpetua de las parcelas que se señalan
en los planos parcelarios, al vuelo, al suelo y al
subsuelo necesarios para la construcción de las
instalaciones de recepción, filtrado, regulación de
presión y medida del gas, y de sus elementos anexos,
armarios para la instalación de sistemas de
protección catódica y la instalación de los conjuntos
de válvulas de línea y derivación, incluyendo la
construcción del cierre de las barreras de protección
a la totalidad de los perímetros para salvaguardar
las instalaciones de elementos extraños o de intrusos.
Se hace público, para conocimiento general,
especialmente de los propietarios y titulares de los bienes
y los derechos afectados por este proyecto, cuya
relación se incluye en el anexo de este anuncio,
y también para las personas que, siendo titulares
de derechos reales o de intereses económicos sobre
los bienes afectados, hayan sido omitidas, para que
puedan examinar el expediente donde constan las
características técnicas, el estudio de evaluación del
impacto ambiental y las afectaciones derivadas del
proyecto en las oficinas de la Dirección General
de Energía y Minas en Barcelona, avenida Diagonal
número 514, segundo, y presentar los escritos de
alegaciones en el plazo de treinta días, a contar
a partir del siguiente al de la publicación de este
anuncio.
Barcelona, 6 de noviembre de 1998.-El Jefe de
la Sección de Gas Canalizado, Jaume Farré i
Solsona.-58.275-*.
Anexo
Lista concreta e individualizada de los bienes y
los derechos afectados.
Abreviaturas utilizadas:
Datos catastrales: PO=polígono; PA=parcela;
N=naturaleza; TD=titular y domicilio.
Afectación: SP=servidumbre perpetua de paso, en
m 2 ; SO=servidumbre de ocupación temporal, en m 2 ;
OD=ocupación de dominio, en m 2 ; A=autopista;
Se=acequia; Al=almendros; Ar=riachuelo;
Bc=barranco; Ca=cantera; Cem=cementerio;
Cm=camino; Ctra.=carretera; Ep=pastos; Er=yermo;
Fr=frutales; Hu=huerta; Ind=industria; Tr=terreno
de regadío; Ls=terreno de secano; Ba=bosque alto;
Bb=bosque bajo; Ol=olivos.
Pista=pista; Pl=plantación; RENFE=ferrocarril;
Rf=repoblación forestal; Ri=riera; R=río;
To=torrente; Urb=urbano; Vñ=viña; Vt=vía de tren (part.);
Vv=vivero.
Término municipal de La Roca del Vallès
Conducción principal:
FN-B-LR-2; PO=4; PA=77; TD=Vicente del
Castillo García, paseo Sant Gervasi, 57, 08022
Barcelona; SO=105,63; SP=48,16; SO=169,15 ; N=Er.
FN-B-LR-3; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de La
Roca del Vallés, calle Catalunya, 24, 08430 La Roca
del Vallés; SO=36,79; SP=25,13; N=Cno.
FN-B-LR-4; PO=; PA=; TD=ACESA, plaza Gala
Placidia, 1, 08006 Barcelona; SO=0; SP=268,41;
N=A.
FN-B-LR-5; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de La
Roca del Vallès, calle Catalunya, 24, 08430 La Roca
del Vallès; SO=50,81; SP=34,04; N=Cm.
FN-B-LR-7; PO=6; PA=14; TD="Llonch Calafel,
Sociedad Anónima", finca Pla de la Penya Santa,
08430 La Roca del Vallès; SO=1.212,20, 1.594,46
y 6,12; SP=818,91, 952,22 y 4,15; N=Fr, Tr. y Se.
FN-B-LR-10; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de
La Roca del Vallés, calle Catalunya, 24, 08430 La
Roca del Vallés; SO=41,49; SP=17,78; N=Cm.
FN-B-LR-14; PO=; PA=; TD=Junta de Aguas de
Cataluña, vía Laietana, 10, 08003 Barcelona;
SO=413,30, 108,76 y 7,93; SP=180,59, 13,68 y 0;
N=R, Cm. y Bb.
FN-B-LR-15; PO=12; PA=1; TD=Aurelio García
González, San Esteve, 3, 08400 Granollers;
SO=155,64; SP=77,47; N=Er.
FN-B-LR-16; PO=12; PA=21; TD=Javier Raymi
Vila, masía Raymi Vila, 08430 La Roca del Vallés;
SO=751,38; SP=325,58; N=Tr.
FN-B-LR-17; PO=12; PA=20; TD=Víctor Bloch
Metzger, Numancia, 137, 08029 Barcelona;
SO=525,22; SP=212,66; N=Tr.
FN-B-LR-18; PO=12; PA=19; TD="Proherfu,
Sociedad Limitada", ronda Bellavista, 35-39, 08303
Mataró; SO=291,54; SP=127,22; N=Tr.
FN-B-LR-19; PO=12; PA=18; TD=María Dolsa
Serda, calle Mejía Lequerica, 45, 08028 Barcelona;
SO=347,16; SP=144,58; N=Tr.
FN-B-LR-20; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de
La Roca del Vallès, calle Catalunya, 24, 08430 La
Roca del Vallès; SO=27,06; SP=18,19; N=Cm.
FN-B-LR-21; PO=12; PA=17; TD=Javier Raymi
Vila, masía Raymi Vila, 08430 La Roca del Vallès;
SO=1.355,13; SP=800,56; N=Tr.
FN-B-LR-23; PO=; PA=; TD=Junta de Aguas de
Cataluña, vía Laietana, 10, 08003 Barcelona;
SO=10,05; SP=6,99; N=Ri.
FN-B-LR-24; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de
La Roca del Vallès, calle Catalunya, 24, 08430 La
Roca del Vallès; SO=52,31 y 226,85; SP=34,35 y
340, 62; N; =Er y Cam.
FN-B-LR-25; PO=; PA=; TD=Alberto Salas
Gurpegui, torrent Fonsec, 27, 08330 Premià de Mar;
SO=481,79; SP=147,53; N=Er.
FN-B-LR-29; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de
La Roca del Vallès, calle Cataluña, 24, 08430 La
Roca del Vallès; SO=32,88; SP=7,69; N=Cm.
FN-B-LR-30; PO=14; PA=26; TD=Alberto Salas
Gurpegui, Torrent Fonsec, 27, 08330 Premià de
Mar; SO=1.408,43; SP=927,69; N=Er.
FN-B-LR-33; PO=14; PA=26; TD=Alberto Salas
Gurpegui, Torrent Fonsec, 27, 08330 Premià de
Mar; SO=171,70; SP=124,85; N=Er.
FN-B-LR-34; PO=; PA=; TD=Diputación de
Barcelona, Sant Honorat, 7, 08002 Barcelona; SO=0;
SP=0; N=Ctra.
FN-B-LR-37; PO=; PA=; TD=Junta de Aguas de
Cataluña, vía Laietana, 10, 08003 Barcelona;
SO=11,36; SP=7,44; N=Ri.
FN-B-LR-40; PO=14; PA=34; TD=María María
Estepa, calle de Dalt, 42, 08430 La Roca del Vallès;
SO=283,87; SP=175,41; N=Er.
FN-B-LR-42; PO=14; PA=37; TD=Bartolomé
Colomé Mauri, casa Vicens Latorre, 08430 La Roca
del Vallès; SO=240,78; SP=163,28; N=Tr.
FN-B-LR-43; PO=14; PA=38; TD=Bartolomé
Colomé Mauri, casa Vicens Latorre, 08430 La Roca
del Vallès; SO=219,53; SP=150,25; N=Tr.
FN-B-LR-44; PO=14; PA=39; TD=José Llobet
Sant Pere, can Solei, 08430 La Roca del Vallès;
SO=444,45; SP=289,47; N=Tr.
FN-B-LR-45; PO=14; PA=40; TD=Margarita Sala
Gascheu, camí de l'Ermita, sin número, 08430 La
Roca del Vallès; SO=338,75; SP=242,49; N=Er.
FN-B-LR-49; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de
La Roca del Vallès, calle Catalunya, 24, 08430 La
Roca del Vallès; SO=17,59; SP=10,73; N=Cm.
FN-B-LR-50; PO=10; PA=2; TD=Josep Vila
Colomé, Ctra. de Granollers a Mataró, kilómetro 2,
08430 La Roca del Vallès; SO=891,89; SP=574,76;
N=Er.
FN-B-LR-51; PO=10; PA=5; TD=Josep Vila Pont,
barrio Gausachs, 08430 La Roca del Vallès;
SO=2.470,89 y 23,68; SP=1.659,67 y 16,03; N=Tr
y Cm.
FN-B-LR-58; PO=10; PA=6; TD=José Vives
Sansalvador, barrio Gausachs, sin número, 08430 La
Roca del Vallès; SO=1.049,13; SP=677,39; N=Tr.
FN-B-LR-59; PO=10; PA=7; TD=Alberto
Gabarró Solé, calle Vergós, 26, 08017 Barcelona;
SO=49, 81 y 35,56; SP=31,91 y 27,10; N=Cm y
Tr.
FN-B-LR-60; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de
La Roca de Vallès, calle Catalunya, 24, 08430 La
Roca del Vallès; SO=24,35; SP=16,41; N=Cm.
FN-B-LR-61; PO=11; PA=1; TD=Alberto
Gabarró Solé, calle Vergós, 26, 08017 Barcelona;
SO=2.411,09, 28,16, 912,70 y 8,50; SP=1.611,41,
17,66, 98,18 y 0; N=Tr, Cm, Ba y Ma.
FN-B-LR-62; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de
La Roca de Vallès, calle Catalunya, 24, 08430 La
Roca del Vallès; SO=102,90; SP=698,84; N=Cm.
FN-B-LR-65; PO=10; PA=27; TD=María Dolsa
Serda, calle Mejía Lequerica, 45, 08028 Barcelona;
SO=89,59 y 11,32; SP=0,47 y 0; N=Ba y Cm.
FN-B-LR-66; PO=11; PA=2; TD=María Dolsa
Serda, calle Mejía Lequerica, 45, 08028 Barcelona;
SO=363,36; SP=268,05; N=Ba.
FN-B-LR-67; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de
La Roca del Vallès, calle Catalunya, 24, 08430 La
Roca del Vallès; SO=33,12; SP=21,91; N=Cm.
FN-B-LR-70; PO=11; PA=25; TD=María Dolsa
Serda, calle Mejía Lequerica, 45, 08028 Barcelona;
SO=2.081,49, 32,39 y 11,07; SP=1.384,73, 19,67
y 7,42; N=Ba, Cm y Bc.
FN-B-LR-71; PO=11; PA=24; TD=Diego, Isabel,
Jorge y Amita; SA, paseo Sant Isidre, 2, 08160
Montmeló; SO=2.095,51, 162,26 y 66,13;
SP=1.333,21, 126,99 y 0; N=Er, Cm y pista.
FN-B-LR-72; PO=11; PA=23; TD=Jordi Vives
Puigros, can Capella, 3, 08430 La Roca del Vallès;
SO=755,88; SP=521,04; N=Ba.
Término municipal de Argentona
Conducción principal:
FN-B-AR-1; PO=1; PA=13; TD=Magdalena
Miquel Chaumart, rambla de Catalunya, 56, 08007
Barcelona; SO=650,71; SP=437,32; N=Ba.
FN-B-AR-3; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de
Argentona, calle Ramón Par, 1, 08310 Argentona;
SO=6,54; SP=51,97; N=Cm.
FN-B-AR-4; PO=1; PA=7; TD=Juan Martí
Padrós, can Tonico, 08430 La Roca del Vallès;
SO=1.348,23; SP=810,33; N=Ba.
FN-B-AR-5; PO=1; PA=8; TD="Forestal Los
Pinos, Sociedad Anónima", calle Modolell, 39,
08021 Barcelona; SO=944,41; SP=725,42; N=Ba.
FN-B-AR-6; PO=; PA=; TD=Diputación de
Barcelona, calle Sant Honorat, 7, 08002 Barcelona;
SO=0; SP=0; N=Ctra.
FN-B-AR-7; PO=14; PA=9; TD="Forestal Los
Pinos, Sociedad Anónima", calle Modolell, 39,
08021 Barcelona; SO=246,25; SP=174,97; N=Ba.
FN-B-AR-8; PO=; PA=; TD="Forestal Los Pinos,
Sociedad Anónima", calle Modolell, 39, 08021
Barcelona; SO=418,12; SP=277,79; N=Ba.
FN-B-AR-9; PO=14; PA=9; TD="Forestal Los
Pinos, Sociedad Anónima", calle Modolell, 39,
08021 Barcelona; SO=2.230,07; SP=1.499,45;
N=Ba.
FN-B-AR-10; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de
Argentona, calle Ramón Par, 1, 08310 Argentona;
SO=40,35; SP=26,38; N=Cm.
FN-B-AR-11; PO=13; PA=9; TD=Juan Llibre
Llibre, can Tubau, 08310 Argentona; SO=1.358,13,
40,97 y 1.068,10; SP=820,61, 104,48 y 713,03;
N=Ba, Cm y Pl.
FN-B-AR-13; PO=; PA=; TD=Junta de Aguas de
Cataluña, vía Laietana, 10, 08003 Barcelona;
SO=208,88 y 278,75; SP=131,03 y 108,80; N=Ri
y Ba.
FN-B-AR-15; PO=12; PA=7; TD=Juana
Viladevall García, calle Raset, 38, can Tomas, 08021
Barcelona; SO=245,82, 729,87, 347,04 y 590,63;
SP=1.001,25, 148,93, 99,09 y 78,15; N=Cm, Ba,
Ho y Tr.
FN-B-AR-16; PO=13; PA=10; TD="Forestal Los
Pinos, Sociedad Anónima", calle Modolell, 39,
08021 Barcelona; SO=486,46; SP=341,78; N=Pl.
FN-B-AR-21; PO=; PA=; TD=Junta de Aguas de
Cataluña, vía Laietana, 10, 08003 Barcelona;
SO=4,58; SP=7,65; N=Cm.
FN-B-AR-22; PO=14; PA=3; TD=Antonio
Matheu Novials, calle La Riera, 104, 08301 Mataró;
SO=107,96, 2.060,86 y 9,64; SP=74,29, 1.368,74
y 6,36; N=Cm, Tr y Se.
FN-B-AR-23; PO=; PA=; TD=Junta de Aguas de
Cataluña, vía Laietana, 10, 08003 Barcelona;
SO=2,16; SP=0; N=To.
FN-B-AR-26; PO=14; PA=4; TD=Mateo Mollevi
Ribera, vía Augusta, 166, 08006 Barcelona;
SO=2.027,69 y 28,96; SP=1.351,20 y 21,18; N=Tr
y Cm.
FN-B-AR-29; PO=; PA=; TD=Dirección General
de Carreteras, calle Aragó, 244, 08007 Barcelona;
SO=0; SP=0; N=Ctra.
FN-B-AR-31; PO=15; PA=1; TD=Mateo Mollevi
Ribera, vía Augusta, 166, 08006 Barcelona;
SO=172,35; SP=122,29; N=Er; OD=689,25; N=Er.
Red de distribución 1:
FN-B-AR-31; PO=15; PA=1; TD=Mateo Mollevi
Ribera, vía Augusta, 166, 08006 Barcelona;
SO=174,05 y 96,34; SP=139,00 y 3,46; N=Er y
Cm.
FN-B-AR-34; PO=15; PA=2; TD=Antonio
Matheu Novials, calle La Riera, 104, 08301 Mataró;
SO=725,19; SP=355,70; N=Er.
FN-B-AR-37; PO=; PA=; TD=Dirección General
de Carreteras, calle Aragó, 244, 08007 Barcelona;
SO=0; SP=0; N=A.
FN-B-AR-38; PO=3; PA=76; TD=José Guillén
Clapès, calle Martí Julia, 45, 08911 Badalona;
SO=1.262,24 y 70,23; SP=561,60 y 36,36; N=Tr
y Cm.
FN-B-AR-39; PO=3; PA=77; TD=María Ginesta
Castells, calle Pau Claris, 1, 08310 Argentona;
SO=88,28 y 547,89; SP=43,50 y 238,75; N=Cm
y Tr.
FN-B-AR-40; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de
Argentona, calle Ramón Par, 1, 08310 Argentona;
SO=6.879,44; SP=1.139,66; N=Cm.
FN-B-AR-41; PO=3; PA=78; TD=Luis Rodríguez
Grau, calle Ángel Guimerá, 19, 08017 Barcelona;
SO=139,41; SP=58,71; N=Er.
FN-B-AR-42; PO=3; PA=79; TD=María Ginesta
Castells, calle Pau Claris, 1, 08310 Argentona;
SO=478,78 y 15,12; SP=209,01 y 0; N=Tr y Cm.
FN-B-AR-43; PO=; PA=; TD=Junta de Aguas de
Cataluña, vía Laietana, 10, 08003 Barcelona;
SO=138,36; SP=59,07; N=To.
FN-B-AR-44; PO=3; PA=82; TD=Núria Frances
Nomer, rambla Catalunya, 122, 08008 Barcelona;
SO=791,19, 66,53, 738,60 y 39,61; SP=354,53,
25,50, 355,40 y 0; N=Tr, Cm, Er y Ba.
FN-B-AR-46; PO=3; PA=88; TD=M. Carmen
Roca Vilaseca, calle Abadesa Olzet, 23, 08034
Barcelona; SO=93,74, 2.096,11, 414,13 y 632,26;
SP=115,56, 960,45, 175,76 y 888,38; N=Cm, Er,
Zr y Se.
FN-B-AR-47; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de
Argentona, calle Ramón Par, 1, 08310 Argentona;
SO=2.034,39; SP=1.204,40; N=Cm.
FN-B-AR-48; PO=; PA=; TD=Junta de Aguas de
Cataluña, vía Laietana, 10, 08003 Barcelona;
SO=13,08; SP=18,62; N=To.
FN-B-AR-49; PO=3; PA=91; TD=Enrique Sala
Ventura, carretera Barcelona, 62, 08302 Mataró;
SO=8,01 y 170,57; SP=12,01 y 276,10; N=Cm y
Ind.
FN-B-AR-50; PO=3; PA=92; TD=José Font Ros,
calle Veïnat Pujada, 17, 08310 Argentona;
SO=43,06, 9,08 y 0; SP=83,48, 17,22 y 0; N=Tr,
Cm y Er.
FN-B-AR-51; PO=3; PA=93; TD=Domingo
Ginesta Anglada, calle Cristóbal Colón, 3, 08310
Argentona; SO=74,24; SP=107,17; N=Er.
FN-B-AR-52; PO=3; PA=94; TD=Domingo
Ginesta Anglada, calle Cristóbal Colón, 3, 08310
Argentona; SO=72,14; SP=119,50; N=Er.
FN-B-AR-53; PO=3; PA=95; TD=Jaime Ros
Donadeu, calle Sant Sebastià, 25, 08310 Argentona;
SO=74,06 y 8,89; SP=83,74 y 12,12; N=Tr y Cm.
FN-B-AR-54; PO=3; PA=97; TD=Jaime Ros
Donadeu, calle Sant Sebastià, 25, 08310 Argentona;
SO=77,27; SP=96,59; N=Tr.
FN-B-AR-55; PO=3; PA=98; TD=José Font Ros,
calle Veïnat Pujada, 17, 08310 Argentona;
SO=70,23 y 7,98; SP=106,73 y 10,71; N=Tr y Cm.
FN-B-AR-56; PO=3; PA=222; TD=Francisco
Font Ros, calle Sant Julià, 52, 08310 Argentona;
SO=128,36; SP=130,15; N=Tr.
FN-B-AR-57; PO=; PA=; TD=Junta de Aguas de
Cataluña, vía Laietana, 10, 08003 Barcelona;
SO=34,81; SP=53,02; N=To.
FN-B-AR-58; PO=3; PA=124; TD=Montse Boada
Cabañes, calle d'Argentona, 50, 08302 Mataró;
SO=110,19 y 76,73; SP=159,46 y 106,41; N=Cm
y Tr.
FN-B-AR-59; PO=3; PA=115; TD=Juan Bellatriu
Manera, calle Veïnat de la Pau, 16, 08310
Argentona; SO=142,58 y 19,45; SP=19,77 y 8,48; N=Tr
y Cm.
FN-B-AR-60; PO=; PA=; TD=Junta de Aguas de
Cataluña, vía Laietana, 10, 08003 Barcelona;
SO=16,48; SP=23,92; N=To.
FN-B-AR-61; PO=3; PA=35; TD=Santiago Marfa
Gari, calle Mallorca, 08038 Barcelona; SO=123,72
y 8,88; SP=145,18 y 0,71; N=Tr y Cm.
FN-B-AR-62; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de
Argentona, calle Ramón Par, 1, 08310 Argentona;
SO=16,15; SP=12,57; N=Cm.
FN-B-AR-63; PO=3; PA=33; TD="Aigües de
Mataró, Sociedad Anónima", calle Sant Maria, 28,
08301 Mataró; SO=36,84; SP=0; N=Er.
FN-B-AR-64; PO=3; PA=32; TD=Carmen Marfa
Mercader, calle Brusi, 46, 08006 Barcelona;
SO=93,27; SP=95,53; N=Er.
FN-B-AR-69; PO=; PA=; TD=Diputación de
Barcelona, calle Sant Honorat, 7, 08002 Barcelona;
SO=0; SP=0; N=Ctra.
FN-B-AR-71; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de
Argentona, calle Ramón Par, 1, 08310 Argentona;
SO=3.549,53; SP=2.459,02; N=Cm.
FN-B-AR-75; PO=5; PA=20; TD=Ramón
Lleonard Itxart, carretera de Barcelona, 49, 08310
Argentona; SO=123,81, 56,07, 133,41 y 18,98;
SP=40,41, 2,87, 41,04 y 3,71; N=Ind, Ba, Tr y Cm.
FN-B-AR-76; PO=5; PA=12; TD=Eduardo Serra
Perajuán, avenida Sant Jaume, 17, 08310
Argentona; SO=328,62; SP=17,84; N=Tr.
FN-B-AR-77; PO=; PA=; TD=Dirección General
de Carreteras, calle Aragó, 244, 08007 Barcelona;
SO=0; SP=0; N=A.
FN-B-AR-81; PO=; PA=; TD=Junta de Aguas de
Cataluña, vía Laietana, 10, 08003 Barcelona;
SO=405,99; SP=164,29; N=Ri.
FN-B-AR-82; PO=; PA=; TD=ACESA, plaza Gala
Placídia, 1, 08006 Barcelona; SO=0; SP=0; N=A.
FN-B-AR-83; PO=; PA=; TD=ACESA, plaza Gala
Placídia, 1, 08006 Barcelona; SO=329,73;
SP=162,74; N=Er.
FN-B-AR-85; PO=; PA=; TD=Junta de Aguas de
Cataluña, vía Laietana, 10, 08003 Barcelona;
SO=299,49; SP=250,17; N=Ri.
FN-B-AR-86; PO=; PA=; TD=Ayuntamiento de
Argentona, calle Ramón Par, 1, 08310 Argentona;
SO=127,75; SP=0; N=Pista.
FN-B-AR-87; PO=4.903; PA=1;
TD=Ayuntamiento de Argentona, calle Ramón Par, 1, 08310
Argentona; SO=1.803,60 y 77,03; SP=785,29 y
18,14; N=Er y Cm.
Xarxa de distribución 2:
FN-B-AR-31; PO=15; PA=1; TD=Mateo Mollevi
Ribera, vía Augusta, 166, 08006 Barcelona;
SO=174,05 y 96,34; SP=139,00 y 3,46; N=Er y
Cm.
FN-B-AR-34; PO=15; PA=2; TD=Antonio
Matheu Novials, calle de la Riera, 104, 08301 Mataró;
SO=625,13; SP=319,69; N=Er.
(98.308.006).
COMUNIDAD AUTÓNOMA
VALENCIANA
Consejería de Obras Públicas,
Urbanismo y Transportes
Información pública y levantamiento de actas previas
a la ocupación del expediente de expropiacio forzosa
incoado con motivo de las obras "51-V-1246. Nuevo
puente sobre el río Xúquer en Cullera, término
municipal de Cullera"
La disposición adicional séptima de la Ley de
la Generalidad Valenciana 14/1997, de 26 de
diciembre ("Diario Oficial de la Generalidad
Valenciana" número 3.153), establece la urgente
ocupación de los bienes y derechos afectados de
expropiación forzosa como consecuencia de la ejecución
de las obras comprendidas en el II Plan de
Carreteras de la Comunidad Valenciana, habiendo sido
aprobado el proyecto con fecha 15 de enero de 1998.
En consecuencia, se somete a información pública
la relación de bienes y derechos afectados, a los
solos efectos de subsanar posibles errores que se
hayan padecido al relacionar los bienes y derechos
afectados por la urgente ocupación (artículo 56 del
Reglamento de Expropiación Forzosa).
Plazo: Quince días a partir de la publicación del
presente anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".
Levantamiento de actas previas a la ocupación
de los bienes y derechos afectados por la
expropiación forzosa.
Lugar: Ayuntamiento de Cullera.
Día: 14 de diciembre de 1998, de diez a dieciocho
horas.
Día: 15 de diciembre de 1998, de diez a dieciocho
horas.
El presente señalamiento será notificado por
cédula a los afectados, cuya relación íntegra se publica
en el "Diario Oficial de la Generalidad Valenciana"
el día 25 de noviembre de 1998, figura expuesta
en el tablón de edictos del indicado Ayuntamiento,
y en esta Consejería, sita en la avenida Blasco
Ibáñez, 50, debiendo aportar a dicho acto el título
de propiedad y último recibo de contribución, caso
de ser exigible.
Se significa que el presente anuncio se publica
igualmente a los efectos establecidos en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, para
los interesados que figuran como desconocidos o
con domicilio ignorado.
Información: Consejería de Obras Púbicas,
Urbanismo y Transportes.
Alicante: Avenida Aguilera, 1, teléfono
96 592 09 24.
Castellón: Avenida del Mar, 16, telefono
96 435 80 54.
Valencia: Avenida Blasco Ibáñez, 50, teléfono
96 386 64 00.
Valencia, 3 de noviembre de 1998.-El Consejero
de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, José
Ramón García Antón.-58.048.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Decreto Foral 101/1998, de 29 de septiembre, por
el que se adjudica y regula la concesión
administrativa para la construcción, conservación y
explotación del túnel de Artxanda
La base 5.8.7 del pliego de bases que rige el
concurso para la adjudicación de la concesión
administrativa de construcción, conservación y
explotación del túnel de Artxanda, aprobado mediante
acuerdo del Consejo de Gobierno de la Diputación
Foral de Bizkaia de fecha 30 de diciembre de 1997
(en adelante, pliego de bases), establece que las
proposiciones definitivamente admitidas serán
estudiadas de acuerdo con lo establecido en la
cláusula 12 del pliego de cláusulas generales de
construcción, conservación y explotación de las
autopistas en régimen de concesión, aprobado por
Decreto 215/1973, de 25 de enero (en adelante
pliego de cláusulas generales), por una Comisión,
que calificará la oferta más ventajosa en un plazo
de tres meses, prorrogable por otro igual.
Dicha Comisión, previo estudio y valoración de
las proposiciones presentadas y admitidas, para cada
uno de los criterios establecidos en la base 5.8.6,
procedió a calificar, por unanimidad, la oferta más
ventajosa que fue adjudicada mediante acuerdo del
Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de
Bizkaia de 28 de julio de 1998, publicado en el
("Boletín Oficial de Bizkaia", de 27 de agosto).
En su virtud y de conformidad con lo establecido
en el artículo 7 de la Ley 8/1972, de 10 de mayo,
sobre construcción, conservación y explotación de
las autopistas en régimen de concesión; en la base
5.8.7 del pliego de bases que rige este concurso
y en la cláusula 12 del pliego de cláusulas generales,
a propuesta del Departamento de Obras Públicas
y previa deliberación del Consejo de Gobierno en
su reunión del día 29 de septiembre de 1998,
dispongo:
Artículo 1. Se adjudica la concesión
administrativa para la construcción, conservación y
explotación del túnel de Artxanda (conforme al concurso
convocado por la Diputación Foral de Bizkaia,
publicado en el "Boletín Oficial de Bizkaia" de fecha
20 de enero de 1998), al grupo promotor constituido
por "Grupo Bycam", "Europistas Concesionaria
Española, Sociedad Anónima", "Bilbao Bizkaia
Kutxa", "Grupo Ferrovial, Sociedad Anónima",
"Agromán Empresa Constructura, Sociedad
Anónima" y "Cintra Concesiones de Infraestructura de
Transporte, Sociedad Anónima", en los términos
contenidos en la propuesta número 6: Alternativa
2 de su oferta.
Artículo 2. En el plazo de dos meses, contados
a partir del día siguiente al de la publicación en
el "Boletín Oficial de Bizkaia" del presente Decreto,
los adjudicatarios procederán a la constitución, en
forma legal, de la sociedad concesionaria, de
acuerdo con el proyecto de estatutos presentado y
ateniéndose, en todo caso, a lo que al respecto se
establece en el pliego de cláusulas particulares
aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Diputación Foral de Bizkaia de fecha 30 de
diciembre de 1997 y en el pliego de cláusulas generales.
Artículo 3. En el plazo de cuatro meses,
contados a partir del día siguiente al de la publicación
de este Decreto en el "Boletín Oficial de Bizkaia",
se procederá a la formalización del contrato de
concesión, entre las representaciones legales de la
Administración Foral de Bizkaia y de la sociedad
concesionaria, mediante escritura pública que habrá de
otorgarse ante Notario perteneciente al Ilustre
Colegio Notarial de Bilbao.
Artículo 4. Dentro del plazo establecido en el
artículo anterior para la formalización del contrato,
la sociedad concesionaria deberá constituir la
garantía definitiva correspondiente a la fase de
construcción del túnel de Artxanda, por valor de 598.548.960
pesetas.
Artículo 5. El plan de realización de las obras
será el siguiente:
a) Plazo para la presentación de los proyectos
de construcción e inicio de las obras: Cinco meses
contados a partir de la publicación del presente
Decreto Foral.
b) Plazo para la terminación de las obras y
apertura al tráfico: Veinticuatro meses desde el inicio
de las mismas.
Artículo 6. La sociedad concesionaria, de
acuerdo con lo establecido en la cláusula 3.1.2 del pliego
de bases, queda obligada a realizar las obras
complementarias establecidas en dicha cláusula en los
términos fijados en la misma.
Artículo 7. El porcentaje de capital social, a los
efectos prevenidos en las cláusulas 28 y 29 del pliego
de cláusulas generales, se establece en el 25 por 100.
Artículo 8. La sociedad concesionaria podrá
acudir a fin de realizar la inversión total, a las
fórmulas de financiación que estime conveniente,
incluida la emisión de obligaciones, con los
requisitos que se prevean en la legislación vigente.
Artículo 9. De conformidad con la cláusula
2.11.1 del pliego de cláusulas particulares, podrán
ser de aplicación a la sociedad concesionaria los
beneficios fiscales previstos en la legislación fiscal
general, y en particular el previsto en la normativa
foral reguladora del Impuesto de Sociedades,
siempre que cumpla con las condiciones y requisitos
exigidos para su aplicación.
Artículo 10. Asimismo, disfrutará de acuerdo
con lo prevenido en la cláusula 2.11.1 del pliego
de cláusulas particulares, de la facultad de amortizar
los elementos del activo durante el período
concesional o sujetos a reversión de acuerdo con el
plan que se adjuntó a la proposición, a los efectos
del artículo 13.a) de la Ley 8/1972, de 10 de mayo,
sobre construcción, conservación y explotación de
autopistas en régimen de concesión.
Artículo 11. De conformidad con lo establecido
por la adjudicataria en su propuesta número 6:
Alternativa 2, la Diputación Foral de Bizkaia participará
en los ingresos de peaje en la forma siguiente:
1. La sociedad concesionaria entregará a la
Diputación Foral de Bizkaia el 70 por 100 de los
sobreingresos anuales que resulten sobre la
recaudación que para cada año supone 1.268.500.000
pesetas de 1998.
2. El método de cálculo de la participación que
percibirá la Diputación Foral de Bizkaia se ajustará
al siguiente procedimiento: Icn = 70 por
100 x (In-Knm x 1.268.500.000) donde:
Icn, es el valor de ingresos de peaje cedidos para
el año n.
In, es el valor de los ingresos de peaje de la
sociedad concesionaria para el año n.
70 por 100, es el porcentaje que se fija como
cesión.
Knm, es el coeficiente medio de revisión de los
peajes que resulte para el año n.
1.268.500.000 pesetas, es el volumen de ingresos
fijado en pesetas de 1998, sobre el que se establece
la cesión de ingresos de peaje.
Si en un año no existen sobreingresos por ser
Knm ^ 1.268.500.000 mayor o igual a Icn, la cesión
de ese año será nula.
El abono del volumen de los ingresos cedidos
que resulten para un año se realizará el primer día
hábil del mes de julio del año siguiente.
Artículo 12. Las tarifas iniciales por kilómetro
aplicables al tráfico expresadas en pesetas a día 1
de enero de 1998, sin incluir el Impuesto sobre
el Valor Añadido (IVA), serán las que se indican
a continuación:
Peaje a aplicar en horas valle: Se aplicará en
las horas siguientes:
Días valle Horas
Laborables. 00,00 a 07,00 De h.
De 10,00 a 17,00 h.
Y de 21,00 a 24,00 h.
Sábados y festivos. 00,00 De a 18,00 h.
Y de 22,00 a 24,00 h.
El peaje sin incluir IVA (en pesetas de 1 de enero
de 1998) es:
Peaje a aplicar
Clase tarifaria en horas valle
-
Pesetas de 1998
Turismos y motocicletas........ 115,00
Vehículos industriales de dos
ejes, cuatro ruedas............ 115,00
Microbuses y autocares de dos
ejes.............................. 207,00
Autocares de más de dos ejes
y camiones
(excepcionalmente).......................... 230,00
Peaje base a aplicar en horas punta: Se aplicará
sólo en las siguientes horas (complementarias de
las de valle):
Días punta Horas
Laborables. 07,00 a 10,00 De h.
Y de 17,00 a 21,00 h.
Sábados y festivos. 18,00 De a 22,00 h.
El peaje sin incluir IVA (en pesetas de 1 de enero
de 1998) es:
Peaje a aplicar
Clase tarifaria en horas punta
-
Pesetas de 1998
Turismos y motocicletas........ 161,00
Vehículos industriales de dos
ejes, cuatro ruedas............ 161,00
Microbuses y autocares de dos
ejes.............................. 289,80
Autocares de más de dos ejes
y camiones
(excepcionalmente).......................... 322,00
El peaje inicial resultante al aplicar el IVA vigente
resulta ser: Peaje base a aplicar en horas valle.
Peaje con IVA
vigente a aplicar en
Clase tarifaria horas valle
-
Pesetas de 1998
Turismos y motocicletas........ 123,05
Vehículos industriales de dos
ejes, cuatro ruedas............ 133,40
Microbuses y autocares de dos
ejes.............................. 240,12
Autocares de más de dos ejes
y camiones
(excepcionalmente).......................... 266,80
Peaje base a aplicar en horas punta:
Peaje con IVA
vigente a aplicar en
Clase tarifaria horas punta
-
Pesetas de 1998
Turismos y motocicletas........ 172,27
Vehículos industriales de dos
ejes, cuatro ruedas............ 186,76
Microbuses y autocares de dos
ejes.............................. 336,17
Autocares de más de dos ejes
y camiones
(excepcionalmente).......................... 373,52
Los descuentos a aplicar inicialmente a los
usuarios que utilicen el medio magnético de pago
adecuado, en función del número de viajes realizados
y atendiendo al orden de los mismos en el mes,
serán los siguientes:
Descuento Descuento
aplicar a aplicar en
Orden numeral de los viajes
en valle para punta para
mensuales realizados por el usuario
cada tramo cada tramo
- -
Porcentaje Porcentaje
Del 1 al 5 ..................... 0 0
Del 6 al 10 ................... 10 10
Del 11 al 15 .................. 15 20
Del 16 al 20 .................. 20 30
Del 21 al 25 .................. 25 40
Del 26 al 30 .................. 35 50
Del 31 en adelante.......... 44 60
Artículo 13. La concesión se otorga por un
período de cincuenta años, contados a partir de
la fecha de entrada en vigor del presente Decreto.
Artículo 14. La responsabilidad patrimonial de
la Diputación Foral de Bizkaia por construcción,
a que alude la base 5.7.3.1.ñ) del pliego de bases,
quedará limitada a la cifra de 10.441.800.000
pesetas actualizada con el IPC a la fecha de finalización
de las obras, incrementada, en su caso, por los
aumentos de las modificaciones de los proyectos
aprobados, producidas a requerimiento de la propia
Administración concedente, en cada uno de ellos,
para todos los supuestos en que proceda valoración
y en especial para los contemplados en el
capítulo IX del pliego de cláusulas generales.
Artículo 15. La responsabilidad patrimonial de
la Diputación Foral de Bizkaia por expropiaciones,
a efectos de la base 5.7.3.1.o) del pliego de bases
quedará limitada a 581.468.680 pesetas, actualizada
con el IPC a la fecha de finalización de las obras.
Artículo 16. La sociedad concesionaria, en los
términos contenidos en su proposición y de
conformidad con lo señalado en la cláusula 3.18 del
pliego de cláusulas particulares, responderá con
carácter exclusivo de todo daño de cualquier
naturaleza que con motivo de la ejecución de la obra
y de su explotación se cause a terceros, al personal
de la obra, a la propiedad de terceros y al medio
ambiente, a menos que sean exclusivamente
imputables a medidas impuestas por la Diputación Foral
después de haber suscrito el contrato.
Artículo 17. La sociedad concesionaria queda
vinculada frente a la Administración Foral de
Bizkaia en los términos contenidos en su propuesta
6: Alternativa 2, en toda su integridad. En aquellos
puntos no señalados específicamente en este
Decreto, serán de aplicación:
La Norma Foral 2/1993, de 18 de febrero, de
carreteras de Bizkaia, sus modificaciones y
disposiciones de desarrollo.
La Ley 8/1972, de 10 de mayo, sobre
construcción, conservación y explotación de las autopistas
en régimen de concesión.
El pliego de cláusulas generales de construcción,
conservación y explotación de las autopistas en
régimen de concesión, aprobado por Decreto 215/1973,
de 25 de enero.
Las prescripciones del pliego de bases y del pliego
de cláusulas particulares de este concurso,
aprobados por acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Diputación Foral de fecha 30 de diciembre de 1997,
así como las de las circulares aclaratorias emitidas
por la Administración Foral.
La Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos
de las Administraciones Públicas.
El Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, de
desarrollo parcial de la Ley 13/1995, de 18 de mayo,
de Contratos de las Administraciones Públicas.
El Reglamento General de Contratación del
Estado, aprobado por Decreto 3410/1975, de 25 de
noviembre y las disposiciones modificativas del
mismo, en cuanto no se opongan a lo establecido en
la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas.
Las normas de derecho privado que, como
derecho supletorio, resulten aplicables para resolver las
cuestiones a que puedan dar lugar la interpretación,
efectos, cumplimiento y extinción del contrato, que
no puedan ser deducidas de las disposiciones
anteriormente citadas.
El Decreto Foral de la Diputación Foral por el
que se crea y regula la Delegación de la
Administración Foral en las sociedades concesionarias.
Disposición final única.-El presente Decreto
entrará en vigor al día siguiente al de su publicación
en el "Boletín Oficial de Bizkaia".
Bilbao, 29 de septiembre de 1998.-El Diputado
Foral de Obras Públicas, José Félix Basozabal
Zamakona.-El Diputado general de Bizkaia en funciones,
José Luis Bilbao Eguren.-58.397.
UNIVERSIDADES
PAÍS VASCO
En cumplimiento de lo dispuesto en la Orden
de 8 de julio de 1988, se hace público la solicitud
de un duplicado del título de Diplomada en
Enfermería, expedido por el Rector de esta Universidad,
con fecha 21 de junio de 1994. Registro nacional
1996/135876. Registro universitario 9405308.
Clave alfanumérica 2-AA-225785, por extravío del
original, a favor de doña María Esther González
Labandeira.
Transcurridos treinta días sin que hubiera
reclamación alguna, se iniciará el trámite para la
expedición del duplicado correspondiente.
San Sebastián, 2 de noviembre de 1998.-La Jefa
del Negociado de Títulos.-58.492.
INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL
Programa de emisión sucesiva de pagarés
"Propag 98"
Resolución sobre los resultados de la colocación
de pagarés mediante negociación telefónica del
programa de emisión sucesiva de pagarés "Propag 98",
de fecha 16 de noviembre de 1998.
El Instituto de Crédito Oficial hace público
mediante el presente anuncio y a los efectos
previstos en la disposición adicional primera del Real
Decreto 1343/1992, de 6 de noviembre, de
desarrollo de la Ley 13/1992, de 1 de junio, de recursos
propios y supervisión en base consolidada de las
entidades financieras, la emisión, con fecha 16 de
noviembre de 1998, de los valores adjudicados
mediante el procedimiento de negociación
teléfonica, correspondiente al programa que ampara la
emisión de pagarés, entre entidades colaboradoras,
de acuerdo al mecanismo proyectado en el folleto
informativo de la referida emisión registrada ante
la CNMV con fecha 17 de febrero de 1998, y que
se fundamenta en el acuerdo de la Presidencia de
fecha 20 de enero de 1998, en base a la autorización
del Consejo General del Instituto de Crédito Oficial
de 20 de enero de 1994, resultando así el siguiente
importe:
Plazo: Dos meses.
Código ISIN: ES0500131307.
Importe total emitido: 1.000.000.000 de pesetas.
Tipo medio: 3,8000 por 100 (base 360).
Plazo: Tres meses.
Código ISIN: ES0500131315.
Importe total emitido: 7.000.000.000 de pesetas.
Tipo medio: 3,7800 por 100 (base 360).
Las condiciones de emisión, el nominal, la
numeración y las características de los valores han sido
determinados mediante anuncio del Instituto de
Crédito Oficial, publicado en el "Boletín Oficial del
Estado" número 60, de fecha 11 de marzo de 1998.
Madrid, 16 de noviembre de 1998.-La Dirección
Financiera.-58.887.
NOTARÍA DE DON ANTONIO
HUERTA TRÓLEZ
Yo, Antonio Huerta Trólez, Notario del ilustre
Colegio de Madrid, con residencia en la misma capital,
Hago saber: Que a resultas del contrato de
financiación al comprador de automóviles,
número A-0092202, de fecha 17 de mayo de 1995,
suscrito entre "FCE Bank PLC", sucursal en España
(cuando todavía se denominaba "Ford Credit
Europe PLC", sucursal en España), como financiador,
y doña Matilde Poyato Madero, como compradora,
se sigue en mi Notaría, a instancia de "FCE Bank
PLC", sucursal en España, procedimiento
extrajudicial, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 19 de la Ley 50/1965, de 17 de julio, sobre
Venta a Plazos de Bienes Muebles, en relación al
artículo 1.872 del Código Civil, para la subasta
notarial del vehículo "Ford Fiesta F I", 1.3 I, cinco
puertas, número de bastidor WPFASL74552,
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid