Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en la actuaciones, según comunica el
Servicio de Correos, por el presente, se notifica a
"Estudios Técnicos Financieros, Sociedad
Anónima", que por el Tribunal Económico-Administrativo
Central, y en el expediente R.G. 574-96, seguido
a su instancia por el Impuesto de Sociedades, se
ha dictado resolución en sesión del día 8 de octubre
de 1999, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por
la entidad "Estudios Técnicos Financieros, Sociedad
Anónima", contra resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Madrid, de fecha
8 de noviembre de 1995, acuerda: 1.o Estimar el
recurso interpuesto; 2.o revocar la resolución
recurrida y el Acuerdo impugnado, ordenando que se
repongan las actuaciones a la oficina gestora."
Lo que se le notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 10 de diciembre de 1999.-El Vocal de
la Sección, Francisco Eiroa Villarnovo.-9.394.
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