Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a don Juan José Moreno Natoli, que por
el Tribunal Económico-Administrativo Central, y en
el expediente R.G. 6607-98, protocolo 621/99,
seguido a su instancia, por el Impuesto de
Procedimiento Recaudatorio, se ha dictado Resolución
en sesión del día 20 de octubre de 1999, cuya parte
dispositiva dice lo siguiente:
"Este Tribunal Económico-Administrativo
Central, en Sala, en el presente recurso extraordinario
de revisión, acuerda declararlo inadmisible por
extemporáneo."
Lo que se notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
dentro del plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de la publicación del presente anuncio.
Madrid, 21 de marzo de 2000.-El Vocal Jefe
de la Sección, Antonio Fernández Cuevas.-20.777.
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