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Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a "Brunae, Sociedad Anónima", que por
el Tribunal Económico-Administrativo Central, y en
el expediente RG 6472-97, Protocolo 687/99,
seguido a su instancia, por el impuesto de Seguridad
Social, se ha dictado resolución en Sesión del día 5
de noviembre de 1999, cuya parte dispositiva dice
lo siguiente:
"Este Tribunal Económico-Administrativo
Central, en Sala, como resolución al recurso de alzada
promovido por ``Brunae, Sociedad Anónima'',
acuerda: Desestimarlo y confirmar la Resolución
del Tribunal Regional de Galicia impugnada."
Lo que se notifica, indicando que contra el referido
fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, dentro
del plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de la publicación del presente anuncio.
Madrid, 28 de marzo de 2000.-El Vocal Jefe
de la Sección, Antonio Fernández Cuevas.-21.507.
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