Por Resolución de fecha 23 de febrero de 1998,
del Director general de Obras Públicas, se aprobó,
provisionalmente, el proyecto "Acondicionamiento
de la CV-590, entre los puntos kilométricos 3,000
y 9,000. Tramo: Anna-Rotglá y Corberá (Valencia).
Clave: 51-V-1551".
En el "Boletín Oficial del Estado" número 73,
de fecha 26 de marzo de 1998, y en el "Diario
Oficial de la Generalitat Valenciana" número 3217,
de fecha 3 de abril de 1998, se publicaron los
anuncios en virtud de los cuales se abría el trámite de
información pública a los efectos de lo dispuesto
en la legislación vigente.
Habiendo dictado, en fecha 31 de marzo de 2000,
la Directora general de Planificación y Gestión del
Medio la declaración de impacto ambiental del
proyecto de referencia.
En virtud de las atribuciones asignadas por el
Decreto 85/1999, de 30 de julio, del Gobierno
Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento
orgánico y funcional de la Consejería de Obras
Públicas, Urbanismo y Transportes ("Diario Oficial
de la Generalidad Valenciana" número 3551), a la
vista del informe emitido por la División de
Carreteras, con los efectos señalados en el artículo 22
de la Ley 6/1991, de la Generalitat Valenciana de
27 de marzo, de Carreteras de la Comunidad
Valenciana, y del artículo 122 de la Ley 13/1995, de
18 de mayo, de Contratos de las Administraciones
Públicas, así como por delegación de la Orden del
Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y
Transportes, de 8 de abril de 1998 ("Diario Oficial de
la Generalidad Valenciana" número 3229), resuelvo:
Primero.-Aprobar, definitivamente, el proyecto
"Acondicionamiento de la CV-590, entre los puntos
kilométricos 3,000 y 9,000. Tramo: Anna-Rotglá
y Corberá (Valencia). Clave: 51-V-1551.
Segundo.-Visto lo dispuesto en los artículos 20
y siguientes de la Ley 6/1991, de 27 de marzo,
de Carretera de la Generalitat Valenciana, razones
de interés público aconsejan la publicación de esta
Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, podrá interponerse, con carácter
potestativo, recurso de reposición ante el Director
general de Obras Públicas, en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente al de su publicación,
en virtud de lo dispuesto en los artículos 116 y
117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en la
redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999,
de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" número
12, del 14).
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior,
la presente Resolución podrá ser impugnada
directamente ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Valencia, mediante la
interposición del correspondiente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la publicación de la
misma o, en su caso, de la Resolución expresa del
recurso potestativo de reposición, de conformidad
con lo establecido en el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar,
en su caso, cualquier otro recurso que estime
procedente.
Valencia, 12 de abril de 2000.-El Director general
de Obras Públicas, Pedro Marco Segura.-&27.091.
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