La Comisión de Gobierno, de 2 de junio de 2000,
ha acordado la rectificación del pliego de
condiciones que ha de regir para la enajenación, por
concurso, de la parcela S1 de la UE 27/28 del Plan
General de Ordenación Urbana de Parla, en sentido
de incluir dentro de la cláusula primera lo siguiente:
"4. La enajenación de la parcela incluye la
transmisión del 46,16 por 100 proindiviso que pertenece
al Ayuntamiento de Parla de la parcela ZVP1 (finca
registral 9.136) que queda rodeada por la parcela
a enajenar y cuyos aprovechamientos se encuentran
en la misma. Todas las referencias que se realizan
en el pliego de condiciones respecto de la parcela
S1 a enajenar se entienden realizadas también al
proindiviso a que se refiere la presente cláusula,
entendiéndose ambas como conjunto indisoluble."
Asimismo, el plazo de presentación de solicitudes
se amplía o reabre por plazo de ocho días naturales
desde la publicación del anuncio de corrección de
errores en los boletines oficiales.
Parla (Madrid), 2 de junio de 2000.-El
Alcalde-Presidente, Tomás Gómez Franco.-36.230.
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