67.a emisión eurobligaciones ICO, mayo 2000, bajo
el programa EMTN
El Instituto de Crédito Oficial, entidad pública
empresarial con número de identificación fiscal
Q-2876002-C, con sede en Madrid, paseo del
Prado, 4, hace público, mediante el presente anuncio
y a los efectos previstos en la disposición adicional
primera del Real Decreto 1343/1992, de 6 de
noviembre, de desarrollo de la Ley 13/1992, de
1 de junio, de recursos propios y supervisión en
base consolidada de las entidades financieras, el
lanzamiento de una emisión de obligaciones
denominada 67.a emisión eurobligaciones Instituto de
Crédito Oficial, mayo 2000, con las siguientes
características:
Importe: La emisión ascenderá a un importe de
9.000.000 (nueve millones) de euros.
Valores a emitir: Obligaciones simples,
representadas en anotaciones en cuenta. El lote mínimo
de negociación es de diez mil (10.000) euros.
Interés nominal: Las obligaciones de esta emisión
devengarán un tipo de interés variable pagadero
anualmente el 31 de mayo de cada año, comenzando
el 31 de mayo de 2001, hasta su fecha de
amortización final. El pago de cada cupón se anunciará
con quince días de antelación en, al menos, un
diario de difusión nacional.
El tipo de interés nominal aplicable será, excepto
para el primer período, de interés anual, para el
que se ha fijado un tipo del 5 por 100, el 90 por
100 del tipo de interés medio del "swap" en base
anual 30/360 del euro para el plazo de diez años,
a las diez horas de Londres, contra Euribor, al plazo
de seis meses en base Act/360, en cada fecha de
valoración, es decir, dos días hábiles en el calendario
Target anteriores al inicio de cada período de
devengo de interés anual, tomado de la página de Telerate
42281, en la reseña "Euro swap índices (as at 10:00
LDN Time VS 6M Euribor)". En el caso de que
este dato no fuera publicado en alguna de las fechas
de valoración, se sustituirá por la página de Reuters
ISDAFIX2, tomando el dato de "Euribor Basis",
a las once horas de Francfort. Si este dato no fuera
publicado en alguna de las fechas de valoración,
el tipo de interés a aplicar será determinado por
el Agente de cálculo en esta misma fecha, tomando
como base la cotización a las once horas de Bruselas
de cinco Bancos de reconocida importancia elegidos
por el Agente de cálculo de: el tipo medio del "swap",
es decir, la media aritmética de los tipos de oferta
y demanda, en base anual 30/360 para un plazo
de diez años, comenzando en el inicio del período
de devengo, contra Euribor, al plazo de seis meses
en base Act/360. Si de esta forma son suministradas
cinco cotizaciones, el tipo de interés a aplicar será
calculado eliminando el mayor y el menor y
calculando la media aritmética de los restantes. Si son
suministradas menos de cinco cotizaciones, el
Agente de cálculo elegirá Bancos sustitutivos y, si aún
así hubiera menos de cinco, pero más de una
cotización, el tipo de interés a aplicar será la media
aritmética de las cotizaciones disponibles. Si en este
último caso fueran suministradas menos de dos
cotizaciones, el tipo de interés a aplicar será
determinado por el Agente de cálculo de buena fe y a
su discreción.
Base de cálculo: La base de cálculo a aplicar
en esta emisión será 30/360. Si una fecha de pago
de cupón fuera un día no hábil en el sistema Target,
se realizará el pago el día hábil posterior, sin que
ello influya en el cálculo de los cupones.
Agente de cálculo: Bank of América, N.A.,
London Branch.
Precio de emisión: Al 100 por 100.
Amortización: La amortización será única el 31
de mayo del año 2010, al 100 por 100 del importe
nominal de la emisión. El pago de dicha
amortización se anunciará un mes antes en, al menos,
un diario de difusión nacional, así como en el
"Boletín Oficial del Estado".
Suscripción: Se realizará en la fecha de emisión,
por inversores institucionales pertenecientes al
ámbito operativo de la entidad Directora-Aseguradora
Bank of América International Limited.
Régimen fiscal y financiero: Los valores
integrantes de esta emisión de obligaciones ICO podrán
gozar, en el marco de la Ley, de las ventajas de
cotización en un mercado oficial organizado.
El pago de los intereses devengados será objeto
de retención en la fuente, de conformidad con el
tipo establecido por la legislación vigente en cada
momento (18 por 100 en la actualidad, sin perjuicio
de lo establecido en la Ley 41/1998, del Impuesto
sobre la Renta de no residentes), deducible de la
cuota correspondiente a los Impuestos sobre la
Renta de las Personas Físicas y de Sociedades, conforme
a la normativa actual.
En el supuesto de que los tenedores sean personas
físicas o jurídicas no residentes en España, serán
aplicables, en su caso, a los rendimientos del capital
mobiliario la legislación al respecto y las normas
y tipos de gravamen reducidos establecidos en los
Convenios para evitar la doble imposición.
No obstante, conforme a la normativa vigente,
los intereses y demás rendimientos obtenidos por
la cesión a terceros de capitales propios a que se
refiere el artículo 23.2 de la Ley 40/1998, del IRPF,
y otras normas tributarias, así como las ganancias
patrimoniales derivadas de bienes muebles,
obtenidas sin mediación de establecimiento permanente,
por residentes en otro Estado miembro de la Unión
Europea, estarán exentos de tributación en España
(la exención no es de aplicación a los rendimientos
y ganancias patrimoniales obtenidas a través de los
países o territorios calificados reglamentariamente
como paraísos fiscales).
Datos relativos a cotización: La emisión cotizará
en el Mercado de Deuda Pública Anotada, de
acuerdo con los artículos 32 y 55 de la Ley 24/1988,
de 28 de julio, del Mercado de Valores, según la
redacción dada por la Ley 37/1998, de 16 de
noviembre.
Documentación: No es preciso el otorgamiento
de escritura pública, conforme a la Ley 37/1988,
de 28 de diciembre, y disposición adicional primera
del Real Decreto 1343/1992, de 6 de noviembre,
por el que se desarrolla la Ley 13/1992, de 1 de
junio, de recursos propios y supervisión en base
consolidada de entidades financieras.
No obstante, esta emisión está amparada bajo
un programa de emisión del ICO denominado "Euro
Medium Term Note Programme" y existe un folleto
informativo de dicho programa a disposición del
público en las oficinas del emisor: Instituto de
Crédito Oficial, paseo del Prado, número 4, 28014
Madrid, o bien de la entidad Directora-Aseguradora,
Bank of América International Limited, 1 Alie
Street, London E18DE.
Transmisibilidad de los valores: No existen
restricciones particulares a la libre transmisibilidad de
los valores integrantes de la emisión.
Fecha de emisión: 31 de mayo de 2000.
Entidad Directora-Aseguradora: Bank of América
International Limited.
Garantía: El capital e intereses de las obligaciones
estarán garantizados por el patrimonio del Instituto
de Crédito Oficial. Las deudas que el Instituto
contraiga para la captación de fondos gozarán frente
a terceros de la garantía del Estado, de conformidad
con la disposición adicional sexta del Real
Decre
to-ley 12/1995, de 28 de diciembre, y con el Real
Decreto 706/1999, de 14 de abril.
Madrid, 2 de junio de 2000.-La Dirección
General Financiera.-34.769.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid