Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a "Beta Bolsa, Sociedad Anónima", que por
el Tribunal Central, y en el expediente 5750/97,
seguido a su instancia por el Impuesto sobre Otros
Conceptos, se ha dictado Resolución en sesión del
día 7 de abril de 2000, cuya parte dispositiva dice
lo siguiente:
"El Tribunal Central, en Sala, conociendo el
recurso de alzada interpuesto por "Beta Bolsa, Sociedad
Anónima", contra Resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Madrid, de
fecha 25 de marzo de 1997, dictada en el expediente
número 28/17784/94 28/3363/95, acumulados,
referentes a requerimientos de información, acuerda
desestimar la presente reclamación y confirmar la
resolución recurrida."
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta Resolución definitiva en
vía económico-administrativa, puede interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses, a contar del
día siguiente a la fecha de esa notificación.
Madrid, 9 de mayo de 2000.-María de Rus
Ramos Puig.-38.585.
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