La entidad gestora y depositaria modifican la
redacción de los artículos 1, 6, 12, 15, 16 y anexo
del Reglamento de gestión del fondo denominado
"Rural Ahorro FIM", en los siguientes términos:
Primero.-Cambiar la denominación del fondo
por la de "Rural Renta Variable Multifondo, FIMF".
Segundo.-Como consecuencia de la
modificación prevista en su política de inversiones:
Adaptar su política de inversiones a un fondo
de Fondos de Renta Variable Internacional.
Adaptar la operativa con instrumentos
financieros derivados a la normativa vigente.
Adaptar los límites de su comisión de gestión
a los límite legales vigentes.
Modificar el valor liquidativo aplicable a
suscripciones y reembolsos, que pasará a ser el del mismo
día de su solicitud.
Se comunica que los partícipes disponen del plazo
de un mes a partir de la fecha de publicación para
ejercitar el derecho de optar por el reembolso de
sus participaciones, sin deducción de comisión o
descuento de reembolso ni gasto alguno, por el valor
liquidativo del día en que se produzca la
correspondiente inscripción de la actualización del folleto
informativo en los Registros de la CNMV.
Madrid, 18 de agosto de 2000.-El Director
general y Consejero de "Gescooperativo SGIIC,
Sociedad Anónima", Gonzalo Rodríguez Sahagún
Martínez.-49.763.
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