El Ayuntamiento de Bailén, por acuerdo de su
Pleno de 31 de marzo de 2000, aprueba inicialmente
la modificación puntual de la línea límite de
edificación de los tramos de travesías (Carreteras
Nacionales IV, 322 y 323) del P.G.O.U. de dicho
término municipal.
Conforme a lo establecido en el artículo 85.4
del Reglamento General de Carreteras (Real
Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre; "Boletín Oficial
del Estado" del 23), se somete a información
pública, por el plazo de treinta días hábiles, a contar
de la inserción de este anuncio en el "Boletín Oficial
del Estado", la mencionada modificación de línea
límite de edificación, a fin de que cualquier persona
física o jurídica pueda formular las alegaciones que
estime pertinentes, para lo que podrá consultar la
memoria y planos de dicho expediente en las oficinas
de la Unidad de Carreteras de Jaén (calle Arquitecto
Berges, 7, 1.a planta), así como en el Ayuntamiento
de Bailén (Jaén).
Jaén, 8 de noviembre de 2000.-El Jefe de la
Demarcación, Domingo Quesada Martos.-68.090.
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