Ha sido redactado el proyecto básico y su
correspondiente estudio de impacto ambiental de las
"Nuevas instalaciones portuarias en punta Langosteira"
que, en síntesis consiste:
Un dique de abrigo de 3.720 metros de longitud
total y tres alineaciones que partirá del extremo
más oriental del cabo Langosteira en dirección E-O.
Un contradique formado por dos alineaciones,
con una longitud total de 1.271 metros, partiendo
del extremo E de la playa de Alba en dirección
ESE-ONO.
Las explanaciones en 98 hectáreas, necesarias
para abastecer a la obra de material de cantera y
disponer de mayor superficie de explanadas
portuarias. Así como el relleno de 168 Ha de explanadas
ganadas al mar.
La construcción de un muelle transversal a la
costa de 1.609 metros de longitud y de calado
comprendido entre 22 y 16 metros.
La construcción de cuatro frentes de atraque
adosados a lo largo del dique de abrigo.
Los accesos terrestres al nuevo puerto, mediante
su conexión de la avenida del embalse.
Lo que se hace público para que las personas
interesadas puedan presentar por escrito en la
Autoridad Portuaria de A Coruña y en los Ayuntamientos
de A Coruña y Arteixo, dentro del plazo de treinta
días hábiles a la publicación de este anuncio en
el "Boletín Oficial del Estado", las reclamaciones
que se estimen pertinentes a su derecho, que han
de ser suscritas por los interesados, o por las
personas que acrediten poder suficiente para
representarlas.
Asimismo, se publica, en cumplimiento del
artículo 3.o, punto 1, del Real Decreto Legislativo
1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de
Impacto Ambiental, y artículo 15 del Real Decreto
1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se
aprueba el Reglamento que lo desarrolla.
A estos efectos, se podrá examinar la
documentación de referencia en la Autoridad Portuaria de
A Coruña, durante el plazo fijado y en horas hábiles.
A Coruña, 9 de febrero de 2000.-El Presidente,
Antonio Couceiro Méndez.-6.667.
Por resolución de esta Delegación del Gobierno
de fecha 9 de agosto de 1999, de acuerdo con los
artículos 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa,
se aprobó la relación de los bienes y derechos
afectados por la expropiación y se abrió un período
de información por plazo de quince días, al objeto
de que cualquier persona pudiera aportar por escrito
los datos oportunos para rectificar posibles errores
de la relación de los bienes o derechos afectados
por la expropiación, u oponerse por razones de
fondo o forma a la necesidad de ocupación. Dicha
resolución fue publicada en el "Boletín Oficial del
Estado", "Boletín Oficial del Principado de Asturias"
y un periódico de la localidad y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Gijón, notificándose
también a los interesados.
En el período de información pública se presentó
únicamente un escrito firmado por don Jesús Riesgo
Milla, al que adjunta poder que le ha sido otorgado
a su favor por don José María García-Moreno
Bengoechea para intervenir en su nombre en el
expediente y solicitando que se entiendan con él las
actuaciones.
El Abogado del Estado ha informado
favorablemente sobre la necesidad de ocupación.
Esta Delegación del Gobierno, de conformidad,
con lo previsto en el artículo 20 de la Ley de
Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, ha
resuelto declarar la necesidad de ocupación de los
siguientes bienes o derechos.
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