Con fecha 6 de mayo de 1999, la Administración
ha aprobado el proyecto de referencia,
entendiéndose implícita su utilidad pública y determinada la
necesidad concreta de la ocupación, al amparo de
los artículos 10 de la Ley de Expropiación Forzosa
de 16 de diciembre de 1954, y 8 de la Ley 25/1988,
de 20 de julio, de Carreteras.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 72
de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y de Orden Social, ya que
la ocupación a que da lugar las obras está incluida
en el programa de actuaciones prioritarias en
carreteras, se declara la urgente ocupación de los bienes
y derechos afectados por el expediente de
expropiación forzosa indicado para la ejecución de las
obras del proyecto antes citado, siendo de aplicación
lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa y 56 y siguientes de su Reglamento.
En su virtud, la Jefatura de esta Demarcación
de Carreteras ha resuelto:
Primero.-Abrir la información prevista en los
artículos 17 y 18 de la Ley de Expropiación Forzosa
y 56 de su Reglamento, a fin de que todos los
interesados, así como las personas que, siendo
titulares de derechos reales o intereses económicos
sobre los bienes afectados, puedan formular por
escrito ante la Demarcación de Carreteras del
Estado en La Rioja, calle Duques de Nájera,
número 49-1.o, Logroño, durante el plazo de quince días,
a tenor de lo previsto en el artículo 56 del
Reglamento de aplicación de la Ley de Expropiación
Forzosa, y en todo caso hasta el momento del
levantamiento de las actas previas a la ocupación,
alegaciones fundadas, sin carácter de recurso, a los
solos efectos de subsanar posibles errores u
omisiones padecidos al relacionar los bienes afectados
por la urgente ocupación.
Segundo.-Convocar a los propietarios y titulares
de bienes y derechos afectados que figuran en la
relación expuesta en los tablones de anuncios de
los Ayuntamientos que se detallan para proceder,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52.3
de la Ley de Expropiación Forzosa, correlativamente
al levantamiento de las actas previas a la ocupación
de las fincas afectadas, en las que se recogerán los
datos necesarios para determinar los derechos
afectados, sus titulares y los perjuicios determinantes
de la rápida ocupación, sin perjuicio de trasladarse
al lugar de las fincas si se considera necesario.
Afectados del término municipal de Logroño:
Lugar: Ayuntamiento. Fecha: 22 de marzo
de 2000, de diez a doce horas.
Afectados del término municipal de Agoncillo:
Lugar: Ayuntamiento. Fecha: 23 de marzo de
2000, de diez a doce horas.
Tercero.-A dicho acto deberán acudir los titulares
afectados, personalmente o representados por
persona debidamente autorizada, aportando los
documentos acreditativos de su titularidad, documento
nacional de identidad y último recibo de la
contribución, pudiendo hacerse acompañar, a su costa,
de Perito y Notario, advirtiéndose que, en caso de
incomparecencia, se entenderán las diligencias con
el Ministerio Fiscal, de acuerdo con el artículo 5.o de
la Ley de Expropiación Forzosa.
Cuarto.-El presente señalamiento será notificado
individualmente a los interesados y publicado en
el "Boletín Oficial del Estado", "Boletín Oficial de
La Rioja", periódicos "La Rioja" y "El Correo
Español-El Pueblo Vasco (Edición Rioja)", así como en
los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de
Logroño y Agoncillo y de las oficinas de la
Demarcación de Carreteras del Estado en La Rioja, en
estos últimos casos junto con, además de la relación
de propietarios y bienes y derechos afectados, los
planos parcelarios, sirviendo como edictos, en
general, respecto a titulares desconocidos o de paradero
ignorado.
Logroño, 9 de febrero de 2000.-El Ingeniero Jefe,
J. Enrique García Garrido.-7.478.
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