Al amparo de lo establecido en el artículo 79
del Reglamento de la Ley de Ordenación de los
Transportes Terrestres, la empresa "La Sepulvedana,
Sociedad Anónima", ha solicitado la siguiente
modificación:
Primero.-Ampliación de itinerario entre
Villanueva de la Serena y Campillo de Llerena con paradas
en La Haba, Magacela, La Guarda, Quintana de
la Serena, Zalamea de la Serena, Higuera de la
Serena, Retamal y Campillo de Llerena.
Segundo.-Ampliación de itinerario entre
Villanueva de la Serena y Monterrubio de la Serena,
con paradas en La Corona, Campanario, Castuera,
Benquerencia de la Serena, Helechal y Monterrubio
de la Serena.
Los interesados y afectados en este expediente
podrán personarse en el procedimiento y, previo
examen de la documentación pertinente en la
Subdirección General de Transportes Terrestres de esta
Dirección General (Ministerio de Fomento, paseo
de la Castellana, 67, planta cuarta, despacho A.4.29,
de nueve a catorce horas), y en las Comunidades
Autónomas de Castilla-La Mancha, Extremadura
y Consorcio Regional de Transportes de Madrid,
efectuar las observaciones que estimen oportunas
en el plazo de veinte días, contados a partir del
día siguiente al de la publicación del anuncio en
el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 3 de marzo de 2000.-El Subdirector
general, Miguel A. de Frías Aragón.-&18.935.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid