Se comunica a los partícipes del Fondo de
Inversión BCH Millennium 2, FIM (en trámites de
cambio de denominación a Santander Central Hispano
Suspermillennium 4, FIM) que se va a proceder
a modificar la comisión de reembolso, quedando
establecida en el 5 por 100. Estarán exentos de
comisión los reembolsos solicitados durante el
periodo que medie entre la fecha de finalización de una
garantía y la fecha de inicio de la siguiente, ambas
fechas inclusive, de cada una de las garantías que,
en su caso se establezcan.
Dicha comisión estará vigente a partir de su
inscripción en los Registros de la Comisión Nacional
del Mercado de Valores.
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 35.2 del Real Decreto 1393/1990, estas
modificaciones confieren a los partícipes un derecho de
separación, quienes podrán optar, en el plazo de
un mes desde la fecha de publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" o desde la fecha de remisión
de las comunicaciones si fuera posterior, por el
reembolso de sus participaciones sin deducción de
comisión ni gasto alguno, por el valor liquidativo que
corresponda a la fecha de inscripción de las
correspondientes modificaciones en los Registros de
la CNMV.
Madrid, 13 de mayo de 2002.-El Secretario del
Consejo de Administración.-19.843.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid