Se hace saber a don José Maroto Melero en
relación con el expediente incoado al amparo de la
Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de Ayudas y
Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos y
Contra la Libertad Sexual, que procede desestimar
al interesado la Ayuda por Incapacidad Temporal
solicitada al amparo de dicha Ley. Y ello, en
cumplimiento del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 5 de junio de 2002.-El Subdirector
general de Gestión de Clases Pasivas, Heliodoro Giner
Ubago.-&29.648.
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