Al no haberse podido practicar la notificación
personal a doña Rocío Sinaí Martín Martín, con
número de identificación fiscal 14.615.564-F,
conforme dispone el artículo 59 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en su redacción dada por
la Ley 4/1999, a efectos de notificación al
interesado, y en aplicación de lo dispuesto en el mismo
artículo y en el segundo párrafo del artículo 60.2
de la Ley 30/1992, debe publicarse como
encabezamiento y parte dispositiva de las resoluciones
el siguiente extracto:
"El Director general de Cooperación Territorial
y Alta Inspección ha resuelto la desestimación de
la solicitud de revocación interpuesta por doña
Rocío Sinaí Martín Martín, con número de
identificación fiscal 14.615.564-F, correspondiente a la
convocatoria de becas y ayudas al estudio para el
curso académico 1997-1998".
El expediente se encuentra a disposición de la
interesada en la Subdirección General de Becas y
Promoción Educativa (Servicio de Reclamaciones,
Verificación y Control, teléfono 91 377 83 00, calle
Torrelaguna, 58, 28027 Madrid).
Esta resolución es definitiva en la vía
administrativa y contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el
artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley
Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha
de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 26 de junio de 2002.-Amalia I. Gómez
Rodríguez.-&31.875.
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