Este Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, como resolucion del recurso de alzada
promovido por don Angel Toro Revilla, contra el
acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo
Regional de Madrid de 10 de febrero de 1999, recaído
en la reclamación económico-administrativa número
28/1038/95 y 28/5863/96 en materia de
recaudación de deudas tributarias, Acuerda: Declarar el
presente recurso inadmisible por extemporáneo.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 26 de junio de 2002.-El Vocal Jefe de
la Sección Undécima, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-&33.973.
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