Hace saber a doña Natalia Costa Garzón, en
relación con el expediente incoado al amparo de la
Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de Ayudas y
Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos y
Contra la Libertad Sexual, que procede desestimar
al interesado la ayuda por gastos de tratamiento
terapéutico solicitada al amparo de dicha Ley. Y
ello, en cumplimiento del artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 8 de agosto de 2002.-Heliodoro Giner
Ubago, Subdirector general de Gestión de Clases
Pasivas.-40.839.
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