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Documento BOE-B-2002-229129

SANTANDER CENTRAL HISPANO GESTIÓN, S. A., SGIIC

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 24 de septiembre de 2002, páginas 7736 a 7736 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2002-229129

TEXTO

Anuncio de fusión de Fondos de Inversión y de

sustitución de entidad depositaria

La Comisión Ejecutiva de "Banco Santander

Central Hispano, Sociedad Anónima" -entidad

depositaria-, y el Consejo de Administración de

"Santander Central Hispano Gestión, Sociedad

Anónima, SGIIC" -sociedad gestora-,

respectivamente, aprobaron por unanimidad el acuerdo de

fusión por absorción de BCH Rentas 2 E, FIM

(fondo absorbente), y BCH Rentas 5 C, FIM ; BCH

Rentas 4 D, FIM, y BCH Rentas 2 F C, FIM (fondos

absorbidos).

Con fecha 19 de agosto de 2002, el Ministerio

de Economía, a propuesta de la CNMV, autorizó

el proyecto de fusión de los citados Fondos

presentado por dichas entidades, en el que se recoge

la fusión por absorción de dichos Fondos, con

disolución sin liquidación de las Instituciones absorbidas

y transmisión en bloque de todos sus activos y

pasivos a la Institución absorbente, sucediendo ésta a

título universal en todos sus derechos y obligaciones

a las absorbidas.

Se procede a la sustitución de entidad depositaria

del Fondo, pasando de ser "Banco Santander

Central Hispano, Sociedad Anónima", a "Santander

Central Hispano Investment, Sociedad Anónima",

con domicilio en Madrid, plaza de Canalejas, 1,

inscrita en el Registro de Entidades Depositarias

con el número 42 ; dicha sustitución ha sido

autorizada por CNMV.

Igualmente se informa de que BCH Rentas 2

E, FIM (fondo absorbente), pasará a denominarse

Santander Central Hispano Rentas Crecientes 2,

FIM, modificándose su Reglamento de Gestión

como consecuencia de su nueva denominación

(artículo 1), de la sustitución de la entidad depositaria

(artículo 5), y de la adaptación de las comisiones

máximas de gestión y depositario a la nueva

normativa legal (artículo 6).

Asimismo se modifica la comisión de reembolso

del fondo absorbente para quedar como sigue: desde

el 9 de noviembre de 2002 hasta el 7 de noviembre

de 2005, ambos inclusive: 5 por 100. Dicha

comisión no será de aplicación a los reembolsos que

se practiquen como consecuencia de la ejecución

del Plan de Rentas ni a los reembolsos que se

realicen durante el período que medie entre la fecha

de finalización de la Garantía y la fecha de inicio

de la siguiente que en su caso se establezca, ambas

fechas inclusive.

Se informa a los partícipes del derecho de

separación que les asiste ejercitable en el plazo de un

mes a contar desde la remisión de la comunicación

de la fusión que, de forma individualizada, se ha

realizado, sin deducción de comisiones de

reembolso ni gasto alguno.

Asimismo, los acreedores de los fondos

participantes en la fusión podrán oponerse a la misma

en el plazo de un mes a contar desde la fecha

de publicación de este anuncio.

El proyecto de fusión se puede consultar en la

CNMV y en el domicilio de la gestora.

Madrid, 20 de septiembre de 2002.-El

Vicesecretario del Consejo de Administración de

"Santander Central Hispano Gestión, Sociedad

Anónima, SGIIC".-41.950.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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