Anuncio de fusión de Fondos de Inversión y de
sustitución de entidad depositaria
La Comisión Ejecutiva de "Banco Santander
Central Hispano, Sociedad Anónima" -entidad
depositaria-, y el Consejo de Administración de
"Santander Central Hispano Gestión, Sociedad
Anónima, SGIIC" -sociedad gestora-,
respectivamente, aprobaron por unanimidad el acuerdo de
fusión por absorción de BCH Rentas 2 E, FIM
(fondo absorbente), y BCH Rentas 5 C, FIM ; BCH
Rentas 4 D, FIM, y BCH Rentas 2 F C, FIM (fondos
absorbidos).
Con fecha 19 de agosto de 2002, el Ministerio
de Economía, a propuesta de la CNMV, autorizó
el proyecto de fusión de los citados Fondos
presentado por dichas entidades, en el que se recoge
la fusión por absorción de dichos Fondos, con
disolución sin liquidación de las Instituciones absorbidas
y transmisión en bloque de todos sus activos y
pasivos a la Institución absorbente, sucediendo ésta a
título universal en todos sus derechos y obligaciones
a las absorbidas.
Se procede a la sustitución de entidad depositaria
del Fondo, pasando de ser "Banco Santander
Central Hispano, Sociedad Anónima", a "Santander
Central Hispano Investment, Sociedad Anónima",
con domicilio en Madrid, plaza de Canalejas, 1,
inscrita en el Registro de Entidades Depositarias
con el número 42 ; dicha sustitución ha sido
autorizada por CNMV.
Igualmente se informa de que BCH Rentas 2
E, FIM (fondo absorbente), pasará a denominarse
Santander Central Hispano Rentas Crecientes 2,
FIM, modificándose su Reglamento de Gestión
como consecuencia de su nueva denominación
(artículo 1), de la sustitución de la entidad depositaria
(artículo 5), y de la adaptación de las comisiones
máximas de gestión y depositario a la nueva
normativa legal (artículo 6).
Asimismo se modifica la comisión de reembolso
del fondo absorbente para quedar como sigue: desde
el 9 de noviembre de 2002 hasta el 7 de noviembre
de 2005, ambos inclusive: 5 por 100. Dicha
comisión no será de aplicación a los reembolsos que
se practiquen como consecuencia de la ejecución
del Plan de Rentas ni a los reembolsos que se
realicen durante el período que medie entre la fecha
de finalización de la Garantía y la fecha de inicio
de la siguiente que en su caso se establezca, ambas
fechas inclusive.
Se informa a los partícipes del derecho de
separación que les asiste ejercitable en el plazo de un
mes a contar desde la remisión de la comunicación
de la fusión que, de forma individualizada, se ha
realizado, sin deducción de comisiones de
reembolso ni gasto alguno.
Asimismo, los acreedores de los fondos
participantes en la fusión podrán oponerse a la misma
en el plazo de un mes a contar desde la fecha
de publicación de este anuncio.
El proyecto de fusión se puede consultar en la
CNMV y en el domicilio de la gestora.
Madrid, 20 de septiembre de 2002.-El
Vicesecretario del Consejo de Administración de
"Santander Central Hispano Gestión, Sociedad
Anónima, SGIIC".-41.950.
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