Por Resolución de fecha 18 de octubre de 2001
del Director General de Obras Públicas se aprobó
provisionalmente el proyecto básico "32-V-1507(2).
Nueva carretera de conexión de Torrent a Picassent
y Alcàsser (Valencia)".
En el "Boletín Oficial del Estado" número 290,
de fecha 4 de diciembre de 2001, y en el "Diario
Oficial de la Generalitat Valenciana" número 4.144,
de fecha 10 de diciembre de 2001, se publicaron
los anuncios en virtud de los cuales se abría el
trámite de información pública a los efectos de lo
dispuesto en la legislación vigente. Habiendo dictado
en fecha 4 de julio de 2002 la Directora general
de Planificación y Gestión del Medio la Declaración
de Impacto Ambiental del Proyecto de referencia.
En virtud de las atribuciones asignadas por el
Decreto 110/2000, de 18 de julio de 2000, del
Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el
reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de
Obras Públicas, Urbanismo y Transportes (DOGV
número 3798), a la vista del informe emitido por
la División de Carreteras, con los efectos señalados
en el artículo 22 de la Ley 6/1991 de la Generalitat
Valenciana de 27 de marzo, de Carreteras de la
Comunidad Valenciana, y del artículo 123 del Real
Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que
se aprueba el Reglamento General de la ley de
Contratos de las Administraciones Públicas, así como
por delegación de la Orden del Conseller de Obras
Públicas, Urbanismo y Transportes de 11 de enero
de 2001 (DOGV núm. 3.919), resuelvo:
Primero.-Aprobar definitivamente el proyecto
básico 32-V-1507(2). Nueva carretera de conexión
de Torrent a Picassent y Alcasser (Valencia).
Segundo.-Visto lo dispuesto en el artículo 20 y
siguientes de la Ley 6/1991, de 27 de marzo, de
Carreteas de la Generalitat Valenciana, razones de
interés público aconsejan la publicación de esta
Resolución de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de régimen jurídico de las Administraciones Públicas
y del procedimiento administrativo común.
Contra la presente resolución que agota la vía
administrativa podrá interponerse con carácter
potestativo, recurso de reposición ante el Director
General de Obras Públicas en el plazo de UN MES,
contado desde el día siguiente al de su publicación,
en virtud de lo dispuesto en los artículos 116 y
117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en la
redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999,
de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" número
12, de 14 de enero). No obstante lo dispuesto en
el párrafo anterior, la presente resolución podrá ser
impugnada directamente ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Valencia,
mediante la interposición del correspondiente
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, contados desde el día siguiente al de la
publicación de la misma o, en su caso, de la resolución
expresa del recurso potestativo de reposición, de
conformidad con lo establecido en el artículo 46
de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo
ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso,
cualquier otro recurso que estime procedente.
Valencia, 19 de julio de 2002.-El Director general
de Obras Públicas, Pedro Marco Segura.-&42.296.
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