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El Ente Público Gestor de Infraestructuras
Ferroviarias (GIF) insta la incoación del correspondiente
expediente expropiatorio para disponer de los
terrenos necesarios para la ejecución de las obras del
proyecto de expropiación forzosa Línea de Alta
Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera
Francesa. Tramo: Lleida-Martorell. Subtramo XI-A
Plataforma. Término municipal de Subirats, cuyo
proyecto básico ha sido debidamente aprobado.
Dichas obras están incluidas en la normativa de
la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de
los Transportes Terrestres, siendo aplicable a las
mismas su artículo 153. Así las obras se encuentran
amparadas por lo establecido en los artículos 228,
233 y 236.2 del Reglamento de la Ley de Ordenación
de los Transportes Terrestres de 28 de septiembre
de 1990. De aquí la aplicación de los preceptos
contenidos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y demás
concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957.
En su virtud, y a los efectos señalados en el título II,
capítulo II de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa y en los concordantes del Reglamento para
su aplicación,
Este Ministerio ha resuelto abrir información
pública durante un plazo de quince días hábiles contados
desde la fecha de publicación en el "Boletín Oficial
del Estado", en la forma dispuesta en el artículo 17,
párrafo primero del Reglamento de 26 de abril de
1957, para que los propietarios que figuran en la
relación adjunta y todas las demás personas o
entidades que se estimen afectadas por la ejecución de
las obras, puedan formular por escrito ante este
Departamento, las alegaciones que consideren oportunas,
de acuerdo con lo previsto en la Ley de Expropiación
Forzosa y en el artículo 56 del Reglamento para
su aplicación. Esta publicación servirá de notificación
para los interesados desconocidos o de ignorado
domicilio a los efectos prevenidos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Dichos trámites serán iniciados en el/los citados
Ayuntamientos, donde estará a disposición de los
propietarios afectados el proyecto básico, debiendo
comparecer los interesados con los documentos que
acrediten su personalidad y la titularidad de los
bienes y derechos afectados.
Madrid, 27 de septiembre de 2002.-P. D. (Orden
de 25 de septiembre de 2000, "Boletín Oficial del
Estado" de 5 de octubre), el Director general de
Ferrocarriles, Manuel Niño González.-44.641.
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