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Documento BOE-B-2002-288051

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sobre la aprobación del expediente de información pública y aprobación definitiva del estudio informativo: Áreas de servicio de la autopista radial R5.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 2 de diciembre de 2002, páginas 10222 a 10222 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2002-288051

TEXTO

Con fecha 20 de septiembre de 2002 el Secretario

de Estado de Infraestructuras, por delegación

(Resolución-Delegación de Atribuciones, de 30 de mayo

de 1996), ha resuelto lo siguiente:

Primero.-Declarar que el expediente de

información pública reseñado en el asunto cumple con lo

preceptuado en los artículos 32, 33, 34, y 35 y

60 del vigente Reglamento de Carreteras (Real

Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre).

Segundo.-Aprobar el expediente de información

pública del estudio informativo: Áreas de servicio

de la autopista radial R5, y definitivamente el mismo,

seleccionando como alternativas a desarrollar el área

de servicio 2 de Leganés (punto kilométrico 5 + 500)

y el área de servicio 3 de Navalcarnero (punto

kilométrico 24 + 400).

Tercero.-En los siguientes documentos que

desarrollen la alternativa seleccionada se tendrá en

cuenta las prescripciones siguientes:

Uno.-En la ejecución de las obras y en el proyecto

de construcción se deberán cumplir las siguientes

condiciones establecidas por la Secretaría General

de Medio Ambiente en la Resolución de 18 de

marzo de 2002, por la Confederación Hidrográfica

del Tajo y por el Ayuntamiento de Leganés, además

de todas las medidas correctoras previstas en el

estudio de impacto ambiental.

Dos.-Debido a que la ubicación de la futura área

de servicio 2 de Leganés se encuentra en el límite

de un área de alto potencial arqueológico, declarada

B.I.C., se procederá a la realización de las

prospecciones arqueológicas necesarias para la

evaluación de los potenciales restos arqueológicos en

coordinación con la Dirección General de Patrimonio

Histórico-Artístico de la Comunidad de Madrid,

elaborándose un programa de actuaciones compatibles

con el plan de obra, en caso de detectarse algún

resto arqueológico.

Tres.-Dado el gran volumen de desmonte previsto

en el área de servicio 3, sobre todo en su margen

izquierda, que podría incrementar el riesgo de

contaminación de las aguas subterráneas, se elevará la

cota de la rasante de ésta por encima de la del

tronco de la autopista, de forma que el área de

servicio se sitúe, sensiblemente, a la cota del terreno

natural.

Cuatro.-Se preverá que los vertidos de aguas

residuales deberán contar con la autorización de la

Confederación Hidrográfica del Tajo, y las captaciones

de aguas públicas deberán disponer de las

correspondientes concesiones administrativas.

Cinco.-Se tendrán en cuenta las consideraciones

ambientales descritas en el informe de

Medio-Ambiente del Ayuntamiento de Leganés para el área

de servicio ubicada en su término.

La presente resolución pone fin a la vía

administrativa de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administractivo Común, y contra la misma se puede

interponer recurso potestativo de reposición, ante

el Ministro del Departamento, o bien directamente

recurso contencioso-administrativo ante la

Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos

recursos es, respectivamente de uno (1) o dos (2) meses

a partir del día siguiente al de la publicación de

aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que

quepa formular el recurso

contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya

producido la desestimación presunta del recurso de

reposición interpuesto.

Madrid, 8 de noviembre de 2002.-El Ingeniero

Jefe de la Demarcación, José Ramón Paramio

Fernández.-52.696.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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