De acuerdo con lo señalado en el Decreto
99/1997, de 11 de julio, por el cual se regula el
procedimiento aplicable en la tramitación de las
instalaciones eléctricas de la comunidad autónoma
de las Illes Balears ("Boletín Oficial de las Illes
Balears", número 93, de 26 de julio de 1997); el
Decreto 4/1986, de 23 de enero, de implantación
y regulación de los estudios de impacto ambiental;
los artículos 52, 53 y 54 de la Ley 54/1997,
de 27 de noviembre, del sector eléctrico ("Boletín
Oficial del Estado" número 285, del 28), y el
artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre ("Boletín Oficial del Estado" número 310, del
27), además de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa y su Reglamento, que también son de aplicación
supletoria conforme a lo dispuesto en el
artículo 55 de la Ley 54/1997, se somete al trámite de
información pública la solicitud de autorización
administrativa y la declaración, en concreto de
utilidad pública, para la construcción de la instalación
eléctrica que a continuación se detalla:
Reforma de la línea aérea de 15 KV "Bendinat"
debido a la construcción de los viales de enlace
PM-1 y C-179, en el término municipal de Calviá.
Expediente UP 16/02 Peticionario: "Endesa
Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada
Unipersonal".
Domicilio: Calle Joan Maragall, 16, Palma.
Situación de la instalación: En el término
municipal de Calviá.
Finalidad de la instalación: Atender la solicitud
de desplazamiento de la Consellería de Obras
Públicas, Vivienda y Transportes debido a la construcción
del enlace entre las vías PM-1 y C-719, nuevo acceso
a Bendinat.
Datos técnicos: Desplazamiento de un tramo de
la línea aérea de 15 KV de 707 metros, conductores
dÁl-Alw de 125,1 milímetros cuadrados de sección
y retirada de 720 metros de línea existente.
Desplazamiento de un tramo de línea aérea de 15 KV
de 152 metros, conductores dÁl-Alw de 49,49
milímetros cuadrados de sección y retirada de 154
metros de línea existente.
Presupuesto: 37.467,66 euros.
La declaración, en concreto, de utilidad pública,
en virtud de lo establecido en el artículo 54 de
la Ley 54/1997, lleva implícita, en todo caso, la
necesidad de ocupación de los bienes o la
adquisición de los derechos afectados, e implica la
ocupación urgente a los efectos del artículo 52 de la
Ley de Expropiación Forzosa. En el correspondiente
expediente de expropiación la entidad peticionaria
de la instalación ha de asumir, en su caso, la
condición de entidad beneficiaria.
Esta información se hace pública para
conocimiento general y, especialmente, para los
propietarios y el resto de titulares afectados por la ejecución
de las obras, la relación de los cuales se adjunta
al final de este anuncio; todo ello para que cualquier
interesado pueda examinar el proyecto de la
instalación en la sede de la Consejería de Economía,
Comercio e Industria, Servicio Jurídico, en la calle
San Felio, 8, A, de Palma, y puedan formularse,
al mismo tiempo, en el plazo de veinte días a contar
a partir del día siguiente al de la publicación de
este anuncio, las alegaciones que se consideren
oportunas, incluyendo las procedentes, en su caso, por
razón de lo dispuesto en el artículo 161 del Real
Decreto 1955/2001, así como aportar, por escrito,
los datos oportunos para enmendar posibles errores
en la relación indicada.
Asimismo, esta publicación se realiza a los efectos
de notificación previstos en el apartado 4 del
artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Palma de Mallorca, 22 de noviembre de 2002.-La
Directora general de Industria, Francisca Vives
Amer.-52.482.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid