Desconociéndose el actual domicilio de don
Serafín Estupiñán Herrera por no hallársele en el de
avenida de Gran Canaria, edificio "Hábitat", 38,
apartamento 39, 35100 San Bartolomé de Tirajana
(Las Palmas), que había designado, se le hace saber
por el presente edicto que por este Tribunal
Económico-Administrativo Central y en el expediente
RG 6200/00; RS 544//00, seguido a su instancia
por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales,
se ha dictado resolución de Sala de 14 de noviembre
de 2001, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso extraordinario de revisión
promovido por don Serafín Estupiñán Herrera,
contra acuerdo de comprobación de valores adoptado
por la oficina liquidadora de San Bartolomé de
Tirajana, acuerda, declararlo inadmisible.
Lo que notifico reglamentariamente a Vd.,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Canarias (Las Palmas), en el plazo de
dos meses a contar del día siguiente a la fecha de
este edicto.
Madrid, 24 de enero de 2002.-El Vocal, Julián
Camacho García.-3.438.
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