La Agencia de Protección de Datos, en el ejercicio
de las competencias que la Ley le atribuye, y con
la finalidad de profundizar en el estudio del
desarrollo del derecho fundamental a la protección de datos,
ha acordado proceder a convocatoria del "Premio
de Periodismo sobre Protección Datos Personales",
convocatoria 2002, que habrá de ajustarse a las
siguientes bases:
Primera.-Se convoca el "Premio de Periodismo
Protección Datos Personales". Convocatoria 2002
con una dotación de mil quinientos euros.
Segunda.-Pueden optar al "Premio de Periodismo
Protección Datos Personales" los trabajos
publicados en cualquier medio de comunicación (televisión,
radio, prensa) que tengan como tema central la
protección de datos personales. Pueden concurrir
aquellos trabajos publicados desde el 12 de septiembre
de 2001 al 10 de septiembre de 2002.
Tercera.-El premio se otorgará al mejor artículo
o reportaje que signifique una aportación destacada
al conocimiento de la realidad y perspectivas de
la protección de datos personales.
Cuarta.-La extensión de los trabajos será libre,
debiendo aportarse en el caso de prensa original
y dos copias y en los aparecidos en otros medios
dos copias (dos videos, dos cintas, etc.). En el
supuesto de no presentarse redactados en cualquiera
de las lenguas oficiales españolas, se acompañará
traducción en lengua castellana.
No podrán participar los miembros del Jurado
ni el personal destinado en la Agencia de Protección
de Datos.
Quinta.-Las obras se presentarán en el Registro
de entrada del organismo convocante (Agencia de
Protección de Datos, calle Sagasta, número 22,
planta baja, 28004 Madrid). El plazo de admisión de
los trabajos finaliza a las catorce horas del día 12
de septiembre de 2002.
Sexta.-Concederá el premio un Jurado
compuesto por el Consejo Consultivo de la Agencia de
Protección de Datos bajo la Presidencia de su Director
e integrado por los Vocales miembros del Consejo
Consultivo que se encuentren ejerciendo su mandato
en el momento de efectuarse el fallo. Actuará como
Secretario, con voz y sin voto, el Secretario de dicho
Consejo. En caso de empate decidirá la votación
el voto del Presidente. Si el Jurado lo estimara
oportuno se podrá otorgar el premio "ex equo".
Séptima.-La decisión del Jurado, que podrá
declarar desierto el premio, se hará pública antes del
día 9 de noviembre de 2002. El fallo, frente al
que no habrá recurso, se notificará personalmente
a quien resulte premiado.
Octava.-La Agencia de Protección de Datos
podrá reproducir, total o parcialmente, los trabajos
presentados y el nombre de los autores citando el
medio de su publicación. Los trabajos y material
enviados no se devolverán a su autor, quedando
una copia de los mismos en la Agencia de Protección
de Datos.
Novena.-La participación en el concurso implica
la aceptación de todas las bases de la convocatoria.
Madrid, 21 de enero de 2002.-El Director de
la Agencia, Juan Manuel Fernández López.-&3.625.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid