La Agencia de Protección de Datos, en el ejercicio
de las competencias que la Ley le atribuye, y con
la finalidad de profundizar en el estudio del
desarrollo del derecho fundamental a la protección de datos,
ha acordado proceder a convocatoria del Premio
"Protección Datos Personales", convocatoria 2002,
que habrá de ajustarse a las siguientes bases:
Primera.-Se convoca el Premio "Protección
Datos Personales" correspondiente al año 2002 con
una dotación de seis mil diez euros. Se podrá otorgar
un accésit dotado con mil quinientos dos euros.
Segunda.-El premio se otorgará a la mejor obra
científica, original e inédita de autores españoles
o extranjeros, que verse sobre la materia de la
protección de datos personales, desde un plano jurídico,
ya sea con un enfoque estrictamente teórico o a
partir de experiencias concretas basadas en nuestro
ordenamiento o en el Derecho Comparado.
Tercera.-La extensión de las obras será libre,
debiendo aportarse original y dos copias. En el
supuesto de no presentarse redactados en cualquiera
de las lenguas oficiales españolas, se acompañará
traducción en lengua castellana.
Cada trabajo presentado deberá incluir unas
conclusiones. No podrán participar los miembros del
Jurado ni el personal destinado en la Agencia de
Protección de Datos, ni los premiados en
convocatorias anteriores.
Cuarta.-Las obras se presentarán en el Registro
de entrada del organismo convocante (Agencia de
Protección de Datos, calle Sagasta, número 22,
planta baja, 28004 Madrid) antes de las catorce horas
del día 12 de septiembre de 2002. Los trabajos
serán anónimos. Se presentarán dos sobres cerrados.
En el primero se incluirán el original y dos copias
del trabajo, así como una copia en formato disquete,
debiendo figurar en su exterior el título de la obra
y expresamente "Trabajo presentado para el Premio
Protección de Datos Personales, Convocatoria
2002", no pudiendo figurar ningún otro dato. En
el segundo sobre cerrado se repetirá en la parte
exterior el título de la obra y la referencia al premio,
y sólo en el interior se encontrará la identidad,
domicilio y teléfono del autor concursante.
Quinta.-Concederá el premio un Jurado
compuesto por el Consejo Consultivo de la Agencia
de Protección de Datos bajo la Presidencia de su
Director e integrado por los Vocales miembros del
Consejo Consultivo que se encuentren ejerciendo
su mandato en el momento de efectuarse el fallo.
Actuará como Secretario, con voz y sin voto, el
Secretario de dicho Consejo. En caso de empate
decidirá la votación el voto del Presidente. Si el
Jurado lo estimara oportuno se podrá otorgar el
premio "ex equo".
Sexta.-La decisión del Jurado, que podrá declarar
desierto el premio, se hará pública antes del día
9 de noviembre de 2002. El fallo, frente al que
no habrá recurso, se notificará personalmente a
quien resulte premiado.
Séptima.-La presentación del trabajo implicará,
en el supuesto de que resulte premiado, la cesión
gratuita de los derechos de autor, a efectos de su
posible publicación por la agencia de Protección
de Datos en una única edición con tirada no superior
a 1.000 ejemplares. El autor tendrá plena libertad
editorial para sucesivas ediciones. Los trabajos no
premiados se devolverán a su autor, quedando una
copia de los mismos en la Agencia de Protección
de Datos.
Octava.-La participación en el concurso implica
la aceptación de todas las bases de la convocatoria.
Madrid, 21 de enero de 2002.-El Director de
la Agencia, Juan Manuel Fernández López.-&3.630.
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