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Documento BOE-B-2002-35039

Resolución de la Dirección General de Industria, de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico, por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa y reconocimiento de la utilidad pública del proyecto de instalaciones "Addenda a la Red A.P.A. a Solares".

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 9 de febrero de 2002, páginas 1045 a 1047 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-B-2002-35039

TEXTO

A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de

7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; en el

artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y

56 de su Reglamento, se somete a información

pública el proyecto de instalaciones cuyas características

se detallan a continuación:

Expediente: IGN 34/99.

Peticionario: "Gas Natural SDG, Sociedad

Anónima", con domicilio social en Madrid, avenida de

América, número 38.

Objeto de la petición: Autorización administrativa

y reconocimiento de la utilidad pública del proyecto

de instalaciones "Addenda a la Red A.P.A. a

Solares", que discurre por los términos municipales de

Marina de Cudeyo, Medio Cudeyo y

Entrambasaguas.

Descripción de las instalaciones: La finalidad es

realizar tres acometidas en Alta Presión (A.P.A.,

16 bar máximo); una, para la población de Solares

y el Manantial de Fuencaliente, situados en el

término municipal de Medio Cudeyo; otra, para el

polígono industrial "El Bosque", situado en el

término municipal de Entrambasaguas, y finalmente,

otra para la Fábrica Bimbo, situada en el término

municipal de Medio Cudeyo.

Tubería: De acero al carbono, tipo API 5L GR.B,

con diámetro 4".

Presión: 16 bares.

Longitud: 569 metros.

Presupuesto: 75.708,19 euros.

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación

concreta e individualizada de bienes y derechos

afectados.

Afección a fincas particulares derivada de la

construcción de la red y sus instalaciones auxiliares:

Uno. Expropiación forzosa en pleno dominio

de los terrenos sobre los que se han de construir

los elementos de instalación fija en superficie.

Dos. Para las canalizaciones:

A) Imposición de servidumbre permanente de

paso, en una franja de terreno de dos metros, a

lo largo del gasoducto, uno a cada lado del eje,

por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías

que se requieran para la conducción del gas y que

estará sujeta a las siguientes limitaciones:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o

similares a una profundidad superior a 50

centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a

una distancia inferior a dos metros a contar desde

el eje de la tubería.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras

o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar

el buen funcionamiento de las instalaciones, a una

distancia inferior a cinco metros del eje del trazado,

a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá

reducirse siempre que se solicite expresamente y

se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije

el órgano competente de la Administración.

3. Libre acceso del personal y equipos

necesarios para poder mantener, reparar o renovar las

intalaciones, con pago, en su caso, de los daños

que se ocasionen.

4. Posibilidad de instalar los hitos de

señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así

como de realizar las obras superficiales o

subterráneas que sean necesarias para la ejecución o

funcionamiento de las instalaciones.

B) Ocupación temporal, como necesidad

derivada de la ejecución de las obras, de la zona que

se refleja para cada finca en los planos parcelarios

de exposición. En esta zona se hará desaparecer,

temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las

obras necesarias para el tendido e instalación de

la canalización y elementos anexos, ejecutando los

trabajos u operaciones precisas a dichos fines.

Tres. Para el paso de los cables de líneas,

equipos de telecomunicación y elementos dispersores

de protección catódica:

A) Imposición de servidumbre permanente de

paso en una franja de terreno de un metro de ancho,

por donde discurrirán enterrados los cables de

conexión. Para los lechos dispersores de la

protección catódica, la franja de terreno, donde se

establece la imposición de servidumbre permanente de

paso, tendrá como anchura la correspondiente a

la de la instalación más un metro a cada lado. Estas

franjas estarán sujetas a las siguientes limitaciones:

Prohibición de efectuar trabajos de arada o

similares a una profundidad superior a cincuenta

centímetros, a plantar árboles o arbustos y realizar

cualquier tipo de obras, construcción o edificación a

una distancia inferior a metro y medio a cada lado

del cable de conexión o del límite de la instalación

enterrada de los lechos dispersores, pudiendo ejercer

el derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos

que hubiera a distancia inferior a la indicada.

Libre acceso del personal y elementos necesarios

para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las

instalaciones, con pago, en su caso, de los daños

que se ocasionen.

B) Ocupación temporal, como necesidad

derivada de la ejecución de las obras, de la zona que

se refleja para cada finca en los planos parcelarios

de expropiación y en la que se hará desaparecer

todo obstáculo, así como realizar las obras

necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones

y elementos anexos, ejecutando las obras u

operaciones precisas a dichos fines.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los propietarios de terrenos y

demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya

relación se inserta al final de este anuncio, para

que pueda ser examinado el expediente en esta

Dirección General de Industria, sita en la calle

Castelar, número 1, 39004 Santander, así como los

planos parcelarios en los Ayuntamientos

respectivos, y presentar por triplicado en esta Dirección

General las alegaciones que consideren oportunas

en el plazo de veinte días a partir del siguiente

al de la inserción de este anuncio.

Santander, 22 de enero de 2002.-El Director

general, Pedro Obregón Cagigas.-4.472.

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados

Proyecto: "Addenda a la Red A.P.A. a Solares"

Afección Datos catastrales

L. M.

OT

-(m2)

Políg. Parcela

NaturalezaFinca número Titular y domicilio

Término municipal: Marina de Cudeyo

S-MC-69V Alejandro Hernández, S. L., calle Cádiz, 9, 39002 Santander (Cantabria). 150,00 1.150,00 11 17 Pradera.

S-MC-70V Juan Enrique Rodríguez Guerrero, calle Alfonso, XII, 46, 28014 Madrid. 207,00 2.070,00 11 22 Pradera.

S-MC-71V Confederación Hidrográfica del Norte, calle Calvo Sotelo, 6, 4.o, 39002 Santander

(Cantabria).

20,00 200,00 Río.

S-MC-72V Alejandro Hernández, S. L., calle Cádiz, 9, 39002 Santander (Cantabria). 25,00 240,00 11 18 Pradera.

S-MC-73V Alejandro Hernández, S. L., calle Cádiz, 9, 39002 Santander (Cantabria). 26,00 250,00 10-50-8-01 Pradera urbana.

S-MC-74V Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo, Servicio de Carreteras, calle

Juan de Herrera, 14, 2.o, 39002 Santander (Cantabria).

14,00 140,00 Carretera.

S-MC-75V Ayuntamiento de Marina de Cudeyo, Carretera General, sin número, 39719 Rubayo

(Cantabria).

5,00 448,00 Camino.

S-MC-76V Santiago Santisteban Gómez, avenida de la Victoria, 33, 39770 Laredo (Cantabria). 48,00 450,00 11 25 Pradera.

S-MC-78V FEVE, plazas de las Estaciones, sin número, 39002 Santander (Cantabria). 16,00 160,00 11 9017 Ferrocarril.

S-MC-79V Antonia Herrería Cagigas, barrio Balabarca, 154, 39719 Orejo (Cantabria), Juan

Antonio Galíndez Herrería.

19,00 170,00 11 24 Pradera.

S-MC-80V Ayuntamiento de Marina de Cudeyo, Carretera General, sin número, 39719 Rubayo

(Cantabria).

476,00 2.380,00 Camino.

Término municipal: Entrambasaguas

S-EA-1V Eloy Abascal Abascal, La Rañado, 8, 39716 El Bosque de Entrambasaguas

(Cantabria).

234,00 1.470,00 20 146 Pradera.

S-EA-2V Ayuntamiento de Entrambasaguas, barrio El Sedillo, sin número, 39715

Entrambasaguas (Cantabria).

93,00 1.779,00 20 9015 Camino.

S-EA-3V Matilde Solar Gómez, El Puente, 2, 39715 El Bosque de Entrambasaguas

(Cantabria).

0,00 90,00 20 134 Pradera.

S-EA-4V Esteban Quintana Quintana, La Rañada, 19, 39715 El Bosque de Entrambasaguas

(Cantabria).

0,00 134,00 20 147 Pradera.

S-EA-5V Eleuterio Sastre Sastre, El Bosque, sin número, 39715 El Bosque de Entrambasaguas

(Cantabria). M.a Ángeles Vergara Nicolás.

0,00 290,00 20 129 Pradera.

S-EA-6V José Antonio Abascal Abascal, La Rañada, sin número, 39715 El Bosque de

Entrambasaguas (Cantabria).

123,00 492,00 20 145 Pradera.

S-EA-7V Juan Manuel Abascal Abascal, La Rañada, sin número, 39715 El Bosque de

Entrambasaguas (Cantabria).

12,00 48,00 20 144 Pradera.

S-EA-8V Ministerio de Fomento, Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria, calle

Vargas, 53, 39010 Santander (Cantabria).

95,00 750,00 Autovía.

S-EA-9V Juan Manuel Abascal Abascal, La Rañada, sin número, 39715 El Bosque de

Entrambasaguas (Cantabria).

52,00 160,00 20 143 Pradera.

S-EA-10V José Antonio Abascal Abascal, La Rañada, sin número, 39715 El Bosque de

Entrambasaguas (Cantabria).

0,00 20,00 20 127 Pradera.

S-EA-11V Pilar Abascal Abascal, barrio La Rañada, sin número, 39715 El Bosque de

Entrambasaguas (Cantabria).

117,00 330,00 20 142 Pradera.

Afección Datos catastrales

L. M.

OT

-(m2)

Políg. Parcela

NaturalezaFinca número Titular y domicilio

S-EA-12V Miguel Aja Gómez, avenida Calvo Sotelo, 36, 39710 Solares de Medio Cudeyo

(Cantabria).

0,00 20,00 20 126 Pradera.

S-EA-13V Enrique Villegas Solar, calle Alisas, 19, 4.o C, 39710 Solares de Medio Cudeyo

(Cantabria).

0,00 70,00 20 140 Pradera urbana.

S-EA-14V Comunidad de propietarios La Rañada, barrio La Rañada, 11-12-13, 39715 El

Bosque de Entrambasaguas (Cantabria).

22,00 618,00 10-41-0-01 Acceso/urbana.

S-EA-15V Josefa Icigar Solar, calle Estudio, 2, 39710 Solares (Cantabria). 16,00 224,00 10-41-0-01 Pradera urbana.

S-EA-16V Ministerio de Fomento, Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria, calle

Vargas, 53, 39010 Santander (Cantabria).

20,00 280,00 Carretera.

S-EA-17V Suelo Industrial de Cantabria, S. L. (Sican, S.L.), avenida de los Infantes, 32,

39005 Santander (Cantabria).

407,00 4.070,00 11400 01 Pradera y vial.

S-EA-18V Confederación Hidrográfica del Norte, calle Calvo Sotelo, 6, 4.o, 39002 Santander

(Cantabria).

12,00 168,00 Río.

Término municipal: Medio Cudeyo

S-ME-1V Bimbo, S. A., carretera de La Cavada, kilómetro 1,4, 39710 Solares (Cantabria). 18,00 252,00 7 349 Pradera.

S-ME-2V Bimbo, S. A., carretera de La Cavada, kilómetro 1,4, 39710 Solares (Cantabria). 20,00 266,00 7 1 Pradera.

S-ME-3V Ayuntamiento de Medio Cudeyo, paseo la Ventilla, 6, 39710 Solares (Cantabria). 12,00 150,00 7 9040 Camino.

S-ME-4V FEVE, plaza de Las Estaciones, sin número, 39002 Santander (Cantabria). 20,00 280,00 Ferrocarril.

S-ME-5V Bimbo, S. A., carretera de La Cavada, kilómetro 1,4, 39710 Solares (Cantabria). 17,00 170,00 7 2 Pradera.

S-ME-6V Bimbo, S. A., carretera de La Cavada, kilómetro 1,4, 39710 Solares (Cantabria). 58,00 570,00 09-35-0-07 Pradera urbana.

S-ME-7V Ayuntamiento de Medio Cudeyo, paseo la Ventilla, 6, 39710 Solares (Cantabria). 106,00 530,00 Calle.

Instalaciones auxiliares

Afección Datos catastrales

L. M.

OT

-(m2)

Exp.

-(m2)

Políg. Parcela

NaturalezaFinca número Titular y domicilio

Término municipal: Marina de Cudeyo

S-MC-69-PO V Alejandro Hernández, S. L., calle Cádiz, 9, 39002 Santander

(Cantabria).

0,00 0,00 8,00 11 17 Pradera.

S-MC-80-PO V Ayuntamiento de Marina de Cudeyo, Carretera General, sin número,

39719 Rubayo (Cantabria).

0,00 0,00 18,00 Camino.

Término municipal: Medio Cudeyo

S-ME-6-PO V Bimbo, S. A, carretera de La Cavada, kilómetro 1,4, 39710 Solares

(Cantabria).

0,00 0,00 4,00 09-35-0-07 Pradera urbana.

S-ME-7-PO V Ayuntamiento de Medio Cudeyo, paseo La Ventilla, 6, 39710 Solares

(Cantabria).

0,00 0,00 18,00 Calle.

Abreviaturas utilizadas: PO = Posición.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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