En el expediente tramitado en el Tribunal de
Defensa de la Competencia con el número 482/00
(1264/95 del Servicio de Defensa de la
Competencia), seguido por denuncia de doña Nieves
Burgos Marcos, en representación de Continental de
Gas y Calefacción contra "Gas Natural de Castilla
y León, Sociedad Anónima", y sus doce empresas
colaboradoras, por prácticas contrarias a la Ley de
Defensa de la Competencia, se ha dictado
Resolución con fecha 5 de enero de 2001, cuya parte
dispositiva dice:
"1. Declarar la existencia de una conducta
contraria al artículo 1 LDC de la que son responsables
"Continental de Gas y Calefacción, Sociedad
Limitada" "Gas Natural de Castilla y León, Sociedad
Anónima" Astur-Leonesa de Gas ; "Diupa, Sociedad
Limitada" ; V.C.G. 3; "Procagas, Sociedad
Limitada" ; "Inagas, Sociedad Limitada"; "Hiper Gas
Mafra, Sociedad Limitada" ; "Cobra, Sociedad
Anónima" ; "Seijo Instalaciones, Sociedad Limitada";
"Lugas, Sociedad Limitada" ; "David Calefacción,
Sociedad Limitada" ; "Clisan, Sociedad Anónima";
"Iber Calefacción, Sociedad Limitada", consistente
en la fijación de precios, con la secuela de reparto
de mercado, para las instalaciones de gas en la
ciudad de León.
2. Declarar la existencia de una conducta
contraria al artículo 6 LDC, de la que es responsable
como autora "Gas Natural de Castilla y León,
Sociedad Anónima", consistente en colaborar en el
reparto geográfico del mercado asignando zonas de la
ciudad a sus empresas colaboradoras. Esa conducta
se realiza en un mercado en el que ostenta posición
de dominio a través de la presencia monopolística
de un mercado conexo.
3. Imponer una multa de 1.000.000 de pesetas
a cada una de las empresas siguientes: "Continental
de Gas y Calefacción, Sociedad Limitada" ; "Gas
Natural de Castilla y León, Sociedad Anónima" ;
Astur-Leonesa de Gas ; "Diupa, Sociedad Limitada";
V.C.G. 3 ; "Procagas, Sociedad Limitada"; "Inagas,
Sociedad Limitada" ; "Hiper Gas Mafra, Sociedad
Limitada" ; "Cobra, Sociedad Anónima"; "Seijo
Instalaciones, Sociedad Limitada" ; "Lugas, Sociedad
Limitada" ; "David Calefacción, Sociedad Limitada";
"Clisan, Sociedad Anónima" ; "Iber Calefacción,
Sociedad Limitada".
4. "Imponer una multa de 15.000.000 de
pesetas a "Gas Natural de Castilla y León, Sociedad
Anónima".
5. Intimar a "Gas Natural de Castilla y León,
Sociedad Anónima", y a las empresas "Continental
de Gas y Calefacción, Sociedad Limitada" ;
Astur-Leonesa de Gas ; "Diupa, Sociedad Limitada";
V.C.G. 3 ; "Procagas, Sociedad Limitada"; "Inagas,
Sociedad Limitada" ; "Hiper Gas Mafra, Sociedad
Limitada" ; "Cobra, Sociedad Anónima"; "Seijo
Instalaciones, Sociedad Limitada" ; "Lugas, Sociedad
Limitada" ; "David Calefacción, Sociedad Limitada";
"Clisan, Sociedad Anónima" ; "Iber Calefacción,
Sociedad Limitada", para que cesen en tales
prácticas.
6. Ordenar a "Gas Natural de Castilla y León,
Sociedad Anónima", la publicación, a su costa y
en el plazo de dos meses, de la parte dispositiva
de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado"
y en las páginas económicas de dos diarios de
información general de difusión nacional. En caso de
incumplimiento se le impondrá una multa coercitiva
de 50.000 pesetas, por cada día de retraso en la
publicación".
Esta resolución no es firme y su recurso está
pendiente ante la Audiencia Nacional.
Madrid, 8 de febrero de 2002.-Manuel García
Cobaleda, Secretario del Consejo de "Gas Natural
Castilla y León, S. A.".-4.464.
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