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Documento BOE-B-2002-38080

Anuncio del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera relativo a subasta de bienes inmuebles.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2002, páginas 1150 a 1151 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Subastas y concursos de obras y servicios
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2002-38080

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo

146 del Reglamento General de Recaudación,

aprobado por el Real Decreto 1648/1990, de 20 de

diciembre, en el procedimiento de apremio que se

instruye en el "Excelentísimo Ayuntamiento de Jerez

de la Frontera", contra el deudor a la Hacienda

municipal "Sociedad Casino Jerezano", con NIF

G-11607397, por los conceptos y cuantía que se

dirá, se ha dictado por el señor Alcalde-Presidente

del excelentísimo Ayuntamiento de Jerez de la

Frontera el siguiente acuerdo de enajenación y

providencia de subasta, que se transcribe literalmente:

Acuerdo de enajenación y providencia de subasta.

"Providencia. De conformidad con lo dispuesto

en el artículo 146 del Reglamento General de

Recaudación y habiéndose autorizado la enajenación de

los bienes inmuebles embargados que a

continuación se dirán, contra el deudor "Sociedad Casino

Jerezano", por el concepto de Impuesto sobre Bienes

Inmuebles de Naturaleza Urbana correspondiente

a los ejercicios 1993, 1994 y de 1998 a 2000, cuyo

importe de principal, recargo, intereses de demora

y costas presupuestadas asciende a la cantidad de

23.879,50 euros, sin que haya satisfecho la deuda

objeto de este expediente de apremio número

EJE/134320/Z1, procédase a la celebración de la

subasta de los citados bienes, el día 11 de marzo

de 2002, a las diez horas de la mañana, en los

locales de "Jereyssa", sitos en plaza de Las Marinas,

sin número, y obsérvense en su trámite y realización

las prescripciones de los artículos 146, 147 y 148

del Reglamento General de Recaudación,

indicándole que el tipo de subasta de los bienes a enajenar

y sus tramos, será el siguiente:

Finca registral 671.

Tipo de primera licitación: 2.210.684,61 euros.

Tipo de segunda licitación: 1.658.013,46 euros.

Tramos: 1.500 euros.

Indistintamente para cada lote de los expuestos,

el tipo de subasta en segunda licitación que será

del 75 por 100 del tipo de licitación de la primera,

se celebrará inmediatamente después de la anterior

previa deliberación, y si así lo acuerda la Mesa de

subasta constituida al respecto.

Asimismo, cuando en la licitación o licitaciones

celebradas no se hubiese cubierto la deuda y en

el caso de que resultasen bienes sin adjudicar, la

Mesa de subasta anunciará respecto de los mismos

la apertura del procedimiento de venta mediante

gestión y adjudicación directa conforme a lo

dispuesto en el artículo 150 del Reglamento General

de Recaudación y en las condiciones establecidas

en el anuncio de la presente subasta.

La descripción de los bienes objeto de subasta

es la siguiente:

Lote 1: Urbana. Casa sita en esta ciudad, situada

en las calles Larga y Honda, manzana 53, número

40 moderno, con una medida superficial de 435,90

metros cuadrados. Linda: Por la derecha, con la

calle Larga, a la que hace esquina, y por su fondo

o centro, con casa de don Francisco de Grandallana

y Angulo. Inscripción: Registro de la Propiedad

número 3 de Jerez de la Frontera, sección, tomo

377, folio 46, finca 671.

Derechos del deudor sobre el inmueble

embargado: "Sociedad Casino Jerezano" es propietaria por

título de compra.

Cargas: Dos hipotecas a favor de "La Caixa,

Sociedad Anónima", con unos capitales pendientes de

8.399.715 pesetas (50.483,30 euros) y 8.773.315

pesetas (52.728,69 euros), según certificado de la

citada entidad de fecha 9 de noviembre de 2001.

Notifíquese esta providencia al deudor "Sociedad

Casino Jerezano", con domicilio en calle Larga, 40,

de Jerez de la Frontera, y hágase pública por medio

de anuncio que se fijará en el tablón de anuncios

del "Excelentísimo Ayuntamiento de Jerez de la

Frontera" y demás sitios reglamentarios."

Y en cumplimiento de lo acordado en los

transcritos acuerdo de enajenación y providencia de

subasta, se publica el presente anuncio de subasta

de bienes inmuebles, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 146.5 y 6 del Reglamento

General de Recaudación, y se advierte a las personas

que deseen licitar las siguientes condiciones a las

que quedan sujetos en todos sus términos en caso

de que intervengan en la subasta:

Primera.-La subasta se celebrará como se dice

en la transcrita providencia, el día 11 de marzo

de 2002, a las diez horas de la mañana, en los

locales de "Jereyssa", sitos en plaza de Las Marinas,

sin número, en cuyo acto y previo depósito

reglamentario del 20 por 100 del tipo de subasta en

primera licitación, se admitirán las posturas que

cubran el referido tipo, y en segunda e inmediata

licitación, si así se acordase previa deliberación de

los componentes de la Mesa de subasta cuando

no se hubiere cubierto la deuda y queden bienes

sin adjudicar, se admitirán proposiciones que cubran

el nuevo tipo que será del 75 por 100 del que sirvió

en primera licitación, abriéndose a tal fin un plazo

de media hora para que los que deseen licitar

constituyan depósitos que cubran el 20 por 100 del nuevo

tipo.

Segunda.-La descripción del inmueble a cuya

enajenación se va a proceder, valoración del mismo,

cargas, tipo de subasta y tramos de licitación, son

los especificados en los transcritos acuerdo de

enajenación y providencia de subasta. El adjudicatario

o adjudicatarios aceptan y se subrogan en las cargas

de carácter preferente y que legalmente deban

quedar subsistentes, si las hubiere, sin que pueda

destinarse a su extinción el precio del remate. Los

intereses y demás gastos devengados o generados por

las cargas preferentes no serán de cargo, en ningún

caso, del "Excelentísimo Ayuntamiento de Jerez de

la Frontera", ni disminuirán el valor de enajenación

del bien.

Igualmente se subroga el adjudicatario/os respecto

de aquellas situaciones jurídicas que le afecten al

inmueble objeto de la subasta conforme a la

documentación que consta en el expediente a disposición

de los posibles interesados.

Tercera.-Para tomar parte en la subasta, todo

licitador habrá de constituir ante la Mesa depósito

de garantía, en metálico o cheque conformado a

favor del "Excelentísimo Ayuntamiento de Jerez de

la Frontera", que será de, al menos, el 20 por 100

del tipo de aquélla, depósito que se ingresará en

firme en la cuenta del "Excelentísimo Ayuntamiento

de Jerez de la Frontera", con pérdida para el

depositario si los adjudicatarios no satisfacen el precio

del remate, sin perjuicio de las responsabilidades

en que incurran por los mayores perjuicios que sobre

el importe del depósito origine la inefectividad de

la adjudicación.

Cuarta.-El adjudicatario deberá entregar en el

acto de la adjudicación, o dentro de los cinco días

hábiles siguientes, la diferencia entre el depósito

constituido y el precio de adjudicación.

Quinta.-Se podrá liberar el bien objeto de subasta

y suspenderse el procedimiento de enajenación en

cualquier momento anterior al de su adjudicación,

abonándose la deuda perseguida en su principal,

recargo de apremio, costas causadas e intereses de

demora que procedan.

Sexta.-Los títulos de propiedad o certificación

supletoria, en su caso, del inmueble que se subasta,

estarán de manifiesto, hasta un día antes de la

celebración de la subasta, en el tablón de anuncios del

"Excelentísimo Ayuntamiento de Jerez de la

Frontera", sito en calle Consistorio y en las oficinas

de "Jereyssa", sitas en calle Latorre, 3, a fin de

que puedan ser examinados por aquellos a quienes

interesen, todos los días hábiles a partir de la

publicación de este anuncio. En cualquier caso, los

licitadores habrán de conformarse con los títulos de

propiedad que se hayan aportado al expediente, no

teniendo derecho a exigir otros. De no estar inscritos

los bienes en el Registro la escritura de adjudicación

es título mediante el cual puede efectuarse la

inmatriculación en los términos prevenidos en el artículo

199.b) de la Ley Hipotecaria y que en los demás

casos en que sea preciso habrán de proceder, si

les interesa, como dispone el título VI de dicha

Ley.

Séptima.-Se admitirán pujas en sobre cerrado,

en el que se expresará el precio máximo ofrecido

por el licitador, debiendo incluirse en el mismo un

cheque conformado a favor del "Excelentísimo

Ayuntamiento de Jerez de la Frontera" por el

importe de la fianza a que se refiere el punto tercero.

Los licitadores en sobre cerrado podrán, igualmente,

participar personalmente en la licitación con

posturas superiores a las del sobre si desean mejorar

el precio máximo ofrecido. Estas ofertas, que

tendrán el carácter de máximas, deberán presentarse

en el Registro General del "Excelentísimo

Ayuntamiento de Jerez de la Frontera", sito en calle

Consistorio, 15, desde el anuncio de la subasta hasta

al menos una hora antes de iniciarse ésta.

Octava.-La Hacienda municipal se reserva el

derecho a pedir la adjudicación para el

"Excelentísimo Ayuntamiento de Jerez de la Frontera" del

inmueble que se subasta, de no ser enajenado, según

se establece en los artículos 158 y siguientes del

Reglamento General de Recaudación y 137.2 de

la Ley General Tributaria.

Novena.-Los acreedores hipotecarios o

pignoraticios desconocidos, si los hubiere, se tendrán por

notificados con el presente anuncio.

Décima.-Todos los gastos e impuestos derivados

de la transmisión, incluidos los derivados de la

inscripción en el Registro de la Propiedad del

mandamiento de cancelación de cargas preferentes serán

por cuenta del adjudicatario. Respecto al estado de

deudas con la comunidad de propietarios que

pudieren existir en relación con viviendas o locales, el

adjudicatario exonera expresamente al

"Excelentísimo Ayuntamiento de Jerez de la Frontera", al

amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21

de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por

la Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de

aportar certificación sobre el estado de las deudas

de la comunidad, siendo a cargo del mismo los

gastos que queden pendientes de pago.

Undécima.-El licitador o licitadores que resulten

adjudicatarios del bien que se enajena, lo serán a

título propio y personal, no pudiéndose ejercer

opción alguna de cesión a terceros, salvo en el caso

de que actúen con poderes suficientes y acreditados

de terceras personas o en representación de entidad

jurídica.

Duodécima.-Si por causa de fuerza mayor u otras

ajenas a la Hacienda municipal no pudiera

celebrarse la subasta en el día y hora señalados, la

subasta tendrá lugar en el mismo lugar y hora al siguiente

día hábil, exceptuando los sábados, y en días

sucesivos en iguales condiciones si persistiere tal

impedimento.

Decimotercera.-El procedimiento de apremio

solamente se suspenderá en los términos y

condiciones señalados en los artículos 135 y 136 de

la Ley General Tributaria.

Decimocuarta.-Cuando en la primera licitación

y, en su caso, segunda licitación, no se hubiere

cubierto la deuda y queden bienes sin adjudicar,

la Mesa anunciará la apertura del trámite de venta

mediante gestión y adjudicación directa por un plazo

máximo de seis meses a contar desde el día de

celebración de subasta, en cuyo caso el precio

mínimo de adjudicación será, cuando los bienes hayan

sido objeto de subasta con una sola licitación, el

tipo de subasta, y cuando lo hayan sido con dos

licitaciones, no existirá precio mínimo.

En el trámite de venta mediante gestión directa,

los interesados en la adjudicación podrán presentar

ofertas en sobre cerrado desde el día 11 de marzo

de 2002, con la advertencia de que transcurrido

un mes a contar desde el mismo, la Administración

se reserva el derecho a resolver la adjudicación en

cualquier momento dentro del plazo de seis meses

a que se refiere el artículo 150.2 del Reglamento

General de Recaudación, con las ofertas que hayan

sido presentadas hasta el instante mismo de la

propuesta del Tesorero a la Mesa de subasta. Las

ofertas, que tendrán la consideración de vinculantes,

se presentarán señalando que son dirigidas a este

procedimiento. Cuando las proposiciones se envíen

por Correo el ofertante deberá justificar la fecha

de imposición del envío en la oficina de Correos

y anunciar a la Mesa la remisión de la oferta

mediante fax o telegrama en el mismo día, de forma que

sin la concurrencia de ambos requisitos no será

admitida la proposición, si es recibida con

posterioridad a la fecha de la terminación del plazo

establecido. La apertura de sobres tendrá carácter

reservado.

Podrá declararse desierta la adjudicación cuando,

de forma razonada, el Tesorero estime que las ofertas

presentadas no reúnen condiciones económicas

suficientes a los intereses de la Hacienda pública. No

obstante, y siempre dentro del referido plazo de

seis meses, podrán acordarse prórrogas sucesivas

de un mes de duración para la presentación de

nuevas ofertas en sobre cerrado, lo que se anunciará

en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y,

en cuyo caso, el citado anuncio de prórroga servirá

de comunicación a los interesados cuyas ofertas

hubiesen sido rechazadas. Se entenderá que las

ofertas presentadas tienen validez durante todo el plazo

de trámite del procedimiento de adjudicación directa.

Decimoquinta.-En todo lo no previsto en este

anuncio se estará a lo preceptuado en las

disposiciones legales que regulen el acto.

Jerez de la Frontera, 4 de febrero de 2002.-El

Tesorero del excelentísimo Ayuntamiento de Jerez

de la Frontera, José Manuel Ruiz Servillera.-&4.197.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Ámbito geográfico:
Andalucía
Materias:
236 Servicios inmobiliarios,
Observaciones:
Servicios.

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