Por Orden de 20 de marzo de 2001, la Dirección
General de Costas, por delegación del excelentísimo
señor Ministro, y de conformidad con el servicio
jurídico, ha resuelto:
I) Aprobar el deslinde a que se refiere este
expediente, según se define en los planos que se integran
en el proyecto y que están fechados el 30 de abril
de 1998 y firmados por el Jefe de la Demarcación
de Costas en Valencia y el Jefe del Servicio de
Gestión del Dominio Público Marítimo-Terrestre
del Servicio Provincial de Costas de Alicante, en
los que se define el deslinde de los bienes de dominio
público marítimo-terrestre del tramo de costa de
2.737 metros de longitud, comprendido entre Cala
Baeza y el Barranco de Aguas (desde el mojón M-13
hasta el mojón M-20 del deslinde aprobado por
Orden de 19 de febrero de 1974), en el término
municipal de El Campello (Alicante).
II) Ordenar al Servicio de Costas del
Departamento en Alicante que inicie las actuaciones
con
ducentes a rectificar las situaciones jurídicas
registrales contradictorias con el deslinde aprobado.
III) Otorgar un plazo de un año para solicitar
la correspondiente concesión a aquellos titulares de
terrenos que pudieran acreditar su inclusión en
alguno de los supuestos contemplados en la disposición
transitoria primera de la Ley 22/1988, de Costas.
Contra la presente resolución que pone fin a la
vía administrativa los interesados en el expediente
que no sean Administraciones Públicas podrán
interponer con carácter potestativo recurso de reposición
en el plazo de un mes ante el excelentísimo señor
Ministro de Medio Ambiente o, directamente,
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Las Administraciones Públicas podrán interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio
de poder efectuar el requerimiento previo en la
forma y plazo determinados en el artículo 44 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los plazos serán contados a partir del día siguiente
de la publicación del presente anuncio.
Lo que se hace público, de conformidad con el
artículo 26.2 del Reglamento General de la Ley
22/1988, de Costas, y el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, modificada por Ley 4/1999.
Se adjunta una relación de interesados con su
último domicilio conocido: Interesado, calle,
número, piso, puerta, código postal, localidad y país.
Doña Marie Florent Van Dessel, Ciudad de la
Merced, 123 A, 116, 03560 El Campello.
Don Enrique Delgado Gutiérrez, calle Doctor
Gadea, 18, B, 03003 Alicante.
Don Vicente Lledo Peralta, calle San Bartolomé,
84, 03560, El Campello.
Don Emilio Lledo Vaello, calle San Bartolomé,
84, 03560, El Campello.
Doña Pilar González Riquelme, rue du Fort
Neipperg, 29, Luxemburgo.
Doña María del Mar Mahiques Bujanda, avenida
Costa Blanca, 128, 03016 Playa de San Juan
(Alicante).
Don Ángel Peña Granda, rue du Fort Neipperg,
29, Luxemburgo.
Alicante, 21 de enero de 2001.-El Jefe del
Servicio provincial de Costas de Alicante, Tomás Prieto
Martín.-&4.173.
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