De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 86 del Reglamento General para el Régimen de
la Minería (Real Decreto 2857/1978, de 25 de
agosto, "Boletín Oficial del Estado" 295 y 296, de 11
y 12 de diciembre de 1978) y según lo preceptuado
en el artículo 4 de la Ley 2/1989, de 3 de marzo,
de la Generalidad Valenciana, de Impacto
Ambiental y el artículo 17 del Real Decreto 1131/1988,
de 30 de septiembre, por el que se aprueba el
Reglamento para la ejecución del Real Decreto
Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación
de Impacto Ambiental, se somete a información
pública la siguiente solicitud de reclasificación de
recurso de la Sección A) para incluirse en la Sección
C) de la vigente Ley de Minas, con expresión del
número, nombre, mineral, cuadrículas y términos
municipales:
2.900. Gravera del Barraquero. Áridos para
hormigones, morteros, aglomerados o usos análogos. 4.
Enguera.
Lo que se hace público a fin de que todos aquellos
que tengan la condición de interesados puedan
personarse en el expediente, dentro del plazo de veinte
días, contados a partir de la presente publicación.
Valencia, 24 de enero de 2002.-El Director
territorial, Alejandro Marín Arcas.-&4.446.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid