Con fecha 30 de octubre de 2001, la Dirección
General de Costas, resolvió estimar en parte el
recurso de alzada, interpuesto por la representación de
"Art Business Center, Sociedad Anónima", contra
la resolución del Servicio Provincial de Costas de
Alicante, de fecha 11 de octubre de 1999, que se
modifica por la presente en el sentido de reducirse
la multa impuesta a la mitad.
Dicha resolución se declara subsistente y definitiva
en vía administrativa y deberá cumplirse en todos
sus términos, con arreglo a la siguiente obligación:
1.o Imponerle una multa de 382.625 pesetas
(2.299,62 euros), que deberá de satisfacer en papel
de pagos al Estado, o ingresar en la Caja del Tesoro
Público de la Intervención de Hacienda, en el plazo
de veinte días.
Dicho pago deberá acreditarse mediante
justificante en este Servicio.
Del incumplimiento de las obligaciones
económicas indicadas, se dará traslado a la Delegación
de Hacienda, para su cobro por la vía de apremio,
en aplicación del Reglamento General de
Recaudación.
Alicante, 5 de febrero de 2002.-4.946.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid