Por el Consell de la Generalitat Valenciana se
ha declarado, mediante acuerdo de fecha 5 de
octubre de 2001 ("Diario Oficial de la Generalidad
Valenciana" del 15), la urgente ocupación de los
bienes y derechos afectados por el expediente de
expropiación forzosa para la remodelación de la
plaza Constitución de Alcossebre.
Publicada la relación de bienes y derechos
afectados en el "Diario Oficial de la Generalidad
Valenciana", a efectos de lo dispuesto en el artículo 56
del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa
(Decreto de 26 de abril de 1957) y atendiendo a
lo establecido en la regla 2.a del artículo 52, mediante
el presente, resuelvo:
Primero.-Convocar a los propietarios y titulares
de derechos que constan en la relación de bienes
y derechos afectados por la expropiación para que
comparezcan el día 20 de marzo de 2002, a las
diez horas, en el Ayuntamiento de Alcalà de Xivert,
para proceder, previo traslado sobre el propio
terreno, al levantamiento de las actas previas a la
ocupación de los bienes y derechos que se afectan.
Lo que se hará público en el "Boletín Oficial del
Estado", el periódico "Mediterráneo", "Diario
Levante" y en el tablón de edictos de este
Ayuntamiento.
Al acto deberán comparecer los titulares de los
bienes y derechos que se expropian, por sí o a través
de representante, provistos del documento nacional
de identidad, títulos de propiedad o de los derechos
que ostenta, último recibo del IBI, pudiéndose
acompañar a su costa de Perito y Notario.
Segundo.-Del señalamiento se dará cuenta
mediante citación individual a todos los propietarios
y titulares de derechos.
Tercero.-La publicación de la relación de
interesados en boletines y periódicos, así como en el
tablón de edictos, servirá de citación para aquellos
que sean desconocidos o cuyo domicilio se ignore.
Cuarto.-Conforme establece el artículo 56.2
REF, hasta el momento en que se proceda al
levantamiento de las actas, los propietarios y aquellas
personas cuyos derechos o intereses legítimos hayan
podido omitirse al aprobar la relación de bienes
y derechos afectados, podrán formular ante el
Ayuntamiento alegaciones a los solos efectos de subsanar
errores materiales padecidos al confeccionar la
relación.
Quinto.-El expediente puede ser examinado en el
Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento.
Alcalà de Xivert, 14 de febrero de 2002.-El
Alcalde, Francisco Juan Mars.-7.395.
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