Se instruye por la Secretaría General de Política
Económica y Defensa de la Competencia del
Ministerio de Economía, con el número 2369/02,
expediente a instancia de don Gonzalo Vallejo
Monasterio, doña Edurne Navarro Varona, don Fernando
Ruiz-Gálvez Villaverde, don Francisco J. Risquete
Fernández, don Marcos Araújo Boyd y don Carlos
López-Quiroja, en nombre y representación de
Compagnie Maritime Maroco-Norvégienne,
Compagnie Marocaine de Navigation, Lignes Maritimes
du Detroit, "Compañía Trasmediterránea, Sociedad
Anónima", "Europa-Ferry, Sociedad Anónima", y
"Líneas Marítimas Europeas, Sociedad Anónima",
respectivamente, solicitando autorización singular
para un sistema de intercambio de billetes y
ordenación de horarios, al amparo de lo dispuesto en
los artículos 4 de la Ley 16/1989, de 17 de julio
("Boletín Oficial del Estado" del 18), de Defensa
de la Competencia (LDC), modificado por la Ley
52/1999, de 28 de diciembre ("Boletín Oficial del
Estado" del 29), y artículo 4 del Real
Decreto 157/1992, de 21 de febrero, por el que se
desarrolla la Ley 16/1989 en materia de exenciones por
categorías, autorización singular y registro de
defensa de la competencia ("Boletín Oficial del Estado"
de 29 de febrero de 1992).
Teniendo en cuenta la existencia de un expediente
sancionador en fase de instrucción con el número
2261/01, originado como consecuencia de la
denuncia de don José Luis Ortiz Capetillo, en nombre
y representación marroquí International Maritime
Transport Corporation
(ARMEMENT)-Consignation des Navires Affretement (IMTC), contra las
citadas navieras, por presuntas prácticas restrictivas
de la competencia, procede acumular la presente
autorización singular al expediente 2261/01,
siguiendo las actuaciones bajo dicho número.
Considerando que la Ley 16/1989, de 17 de julio,
de Defensa de la Competencia ("Boletín Oficial del
Estado" del 18), modificada por la Ley 52/1999,
de 28 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"
del 29), contempla la facultad del Tribunal de
Defensa de la Competencia de autorizar los acuerdos a
que se refiere el artículo 3 de dicha disposición
legal, esta Secretaría General, en cuanto órgano
instructor del expediente y conforme a lo previsto en
el artículo 38.3 de la Ley 16/1989, ha acordado
abrir un período de información pública durante
diez días hábiles a partir de la publicación de este
aviso, según lo preceptuado en el artículo 36.4 de
la Ley 16/1989, para que toda persona física o
jurídica, sea o no interesada, pueda aportar cualquier
clase de información y exponer cuantos datos estime
significativos acerca del objeto del referido
expediente.
Madrid, 13 de marzo de 2002.-El Secretario
general, Luis de Guindos Jurado.-9.811.
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