Vista la instancia de fecha 28/02/2002, en la que
la Fundación Benéfica Particular y Perpétua
Antonio Garau Tous, solicita el cambio de denominación
del agua de manantial Sa Font Major, en el término
municipal de Escorca, a "Agua Mineral Natural",
y teniendo en cuenta los siguiente
Hechos
1.o La solicitud fue publicada en el Boletín
Oficial del Estado número 51, de fecha 28/02/2003,
y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número
33, de fecha 11/03/2003, no habiéndose presentado
alegaciones.
2.o Recogida oficialmente, una muestra de agua
del manantial y remitida al Instituto Geológico y
Minero de España para su análisis, éste emitió
informe, en octubre de 2002, en el sentido de que los
parámetros físico-químicos, cumplían lo exigido a
las aguas minerales naturales.
3.o Reclamada la documentación pertinente al
peticionario, éste la aportó en fecha 15/07/2002,
completándola en 14/10/2002.
4.o La Consejería de Salud y Consumo, a la
que se remitió toda la documentación, emitió en
fecha 04/02/2003, informe favorable a la
declaración de agua mineral natural solicitada.
A los anteriores hechos son de aplicación los
siguientes
Fundamentos de derecho
1.o El expediente se ha tramitado de acuerdo
con lo previsto en la reglamentación
técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio
de las aguas de bebida envasadas, aprobado por
el Real Decreto 1164/1991, de 22 de julio (Boletín
Oficial del Estado número 178, del 26), y en la
Ley 22/1973, de 22 de julio, de Minas (Boletín
Oficial del Estado número 176, del 24) y su
Reglamento General para el Régimen de la Minería,
aprobado por el Real Decreto 2857/1978, de 25 de
agosto (Boletín Oficial del Estado número 296, de
12 de diciembre).
2.o El Real Decreto 1475/1984, de 28 de marzo,
sobre valoración definitiva y ampliación de medios
adscritos a los servicios traspasados y adaptación
de los transferidos en fase preautonómica a la
Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia
de industria y energía (Boletín Oficial del Estado
número 107, de 06/08/1984), dispuso el traspaso
a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares,
de las funciones y servicios del Ministerio de
Industria y Energía en materia de aguas minerales y
termales.
3.o Estas funciones y servicios han sido
encomendados a la Dirección General de Industria,
según la Orden conjunta de los Consejeros de Medio
Ambiente y de Economía, Comercio e Industria,
de 28 de marzo de 2000, sobre delimitación de
competencias de la Dirección General de Recursos
Hídricos y la Dirección General de Industria en
materia de aplicación de la legislación industrial
(BOCAIB número 54, de 29/04/2000).
Por cuanto antecede, vistos los preceptos legales
citados y demás de general aplicación, esta
Dirección General de Industria ha resuelto
Reconocer a la entidad Fundación Benéfica
Particular y Perpétua Antonio Garau Tous, el derecho
a la utilización de la denominación "Agua Mineral
Natural" para el agua Sa Font Major, procedente
del manantial Sa Font Major, en el término
municipal de Escorca (Islas Baleares).
Contra la presente resolución puede interponerse
recurso de alzada ante el Consejero de Economía,
Comercio e Industria de la Comunidad Autónoma
de las Islas Baleares, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 114 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, según la nueva
redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,
de modificación de la anterior.
Palma de Mallorca, 22 de abril de 2003.-La
Directora General de Industria, Francisca Vives
Amer.-16.636.
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