Por resolución de esta Dirección Provincial,
dictada el 27 de noviembre de 2001, se concedieron
a la empresa Miguel y Julio Rocha Camacho, C.B.,
con núm. patronal de la Seguridad Social
10/1030195/39 y C.I.F. E10216372, domiciliada
en Navalmoral de la Mata (Cáceres), calle Calvo
Sotelo, número 13, los beneficios establecidos por
el Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, para
incentivar la contratación del trabajador
minusválido don Manuel Comendador García con DNI
75.988.910 S, que posteriormente se hicieron
efectivos.
Ahora, y tras el oportuno expediente, sin que haya
resultado factible proceder a su notificación en el
último domicilio conocido, se ha acordado por
nueva resolución de esta Dirección Provincial fechada
el 1 de abril de 2003, que dicha empresa debe
reintegrar al Tesoro Público, de conformidad con el
art. 81.9 en relación con el art. 36 del Texto
Refundido de la Ley General Presupuestaria, el importe
de 213,98 euros en concepto de intereses de demora
devengados desde la fecha de pago de la referida
subvención.
Todo ello por incumplimiento de lo que
determinan tanto el art. 10 del precitado Real Decreto
1.451/1983, de 11 de mayo, como el art. 3 de la
Orden Ministerial (Trabajo y Seguridad Social) de
13 de abril de 1994, por cuanto hace referencia
a estabilidad en el empleo.
Consecuentemente con cuanto antecede y
aplicando la previsión contenida en los artículos 59,
inciso 4, y 61 de la vigente Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común -en su redacción modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero-, se notifica por
la presente publicación la citada resolución de
reintegro de intereses de demora, que obra en la Sección
de Gestión Económica de esta Dirección Provincial,
significando que no pone fin a la vía administrativa
y que contra lo resuelto en la misma cabe la
interposición de recurso de alzada ante el Excmo. Sr.
Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, en el plazo
de un mes, de acuerdo con cuanto se determina
el efecto en el art. 114 -igualmente
modificadode la citada norma legal.
Cáceres, 28 de abril de 2003.-El Director
Provincial del INEM.-17.871.
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