Con fecha 6 de febrero de 1997, la Subdirección
General de Tecnología y Proyectos, por delegación
de la Dirección General de Carreteras (Resolución
de 11 de marzo de 1993), aprobó el proyecto
reseñado y ordenó a esta Demarcación la incoación
del expediente de expropiación forzosa de los
terrenos necesarios para la ejecución de las obras
correspondientes y conforme a lo establecido en el artículo
8 de la vigente Ley de Carreteras, de 29 de julio
de 1988, tal aprobación lleva implícitas las
declaraciones de utilidad pública y necesidad de
ocupación, a los fines de expropiación, ocupación
temporal o imposición o modificación de servidumbres.
Mediante Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de
medidas fiscales, administrativas y de orden social,
se declara la urgente ocupación de los bienes y
derechos afectados por las mencionadas obras. A tenor
de ello, la tramitación del correspondiente
expediente expropiatorio se ha de ajustar a lo previsto
en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y
concordantes de su Reglamento, de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, haciendo uso de las facultades
que le otorgan en el artículo 98 de la citada Ley
de Expropiación Forzosa y atendiendo a lo señalado
en las reglas 2 y 3 del artículo 56, 2 de su
Reglamento, esta Demarcación ha resuelto:
Primero.-Incoar el Expediente de Expropiación
Forzosa en los términos y efectos previstos en el
artículo 21, 1 y 36, 2 de la Ley de Expropiación
Forzosa.
Segundo.-Publicar la relación de interesados,
bienes y derechos en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Málaga y en los de la Demarcación
de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental y
en la Unidad de Carreteras de Málaga. Además
de en los medios antes citados, del señalamiento
se dará cuenta a los interesados mediante citación
individual y a través de la inserción del presente
anuncio en el diario Sur de Málaga y la Opinión
de Málaga, así como en el Boletín Oficial de la
Provincia de Málaga y en el Boletín Oficial del
Estado. La publicación en los Boletines Oficiales, a tenor
de lo previsto en el artículo 59, 4 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, de 26
de noviembre de 1992, servirá como notificación
a los posibles interesados no identificados a los
titulares de bienes y derechos afectados que sean
desconocidos y a aquellos de los que se ignore su
paradero.
Tercero.-Convocar a los propietarios que figuran
en dicha relación para que asistan al levantamiento
de las Actas Previas a la ocupación que tendrá lugar
en las dependencias del mencionado Ayuntamiento
durante el día y horas que se especifican en aquella
y al final de esta resolución, sin perjuicio de
trasladarse al terreno afectado, si se estima necesario.
Conforme establece el artículo 56, 2 del
Reglamento de Expropiación Forzosa, publicada dicha
resolución y hasta el momento en que se proceda
al levantamiento de las citadas Actas Previas a la
Ocupación, los interesados, así como todas aquellas
personas cuyos derechos o intereses legítimos hayan
podido omitirse al elaborar la relación de bienes
y titulares afectados podrán presentar por escrito
ante esta Demarcación (Avda. de Madrid, n.o 7,
10 planta, Granada) o en la Unidad de Carreteras
de Málaga (Paseo de la Farola, n.o 7, 10 planta,
Málaga), cuantas alegaciones estimen oportunas, a
los solos efectos de subsanar posibles errores que
hayan podido producir al confeccionar la relación
de bienes y derechos afectados.
Para su mejor información, y durante el período
señalado, los interesados tendrán a su disposición
el plano parcelario de expropiaciones en el
Ayuntamiento de Málaga.
El día del levantamiento de las Actas Previas a
la Ocupación es el día 15 de mayo de 2003, de
9,00 a 9,30 horas.
Granada, 14 de abril de 2003.-El Jefe de la
Demarcación, Domingo Quesada Martos.-18.215.
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