Desconociéndose el actual domicilio de D.
Doroteo Santos Jiménez, por no hallársele en el Paseo
de Santa María de la Cabeza, número 107,
séptimo.dos, de Madrid, se le hace saber por el Director
General Gerente del Instituto para la Vivienda de
las Fuerzas Armadas y en el expediente incoado
para el ejercicio del desahucio de la vivienda de
la que es titular, que se ha formulado con fecha
23 de abril de 2003, Requerimiento de Pago, al
ser causa de resolución de contrato de vivienda
militar contemplado en la letra a) (la falta de pago
del canon arrendaticio de uso o de las cantidades
cuyo abono haya asumido o sean repercutibles al
usuario, correspondientes a tres mensualidades) del
artículo 10, párrafo 1.o, de la Ley 26/1999, de 9
de julio, de medidas de apoyo a la movilidad
geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas,
modificada por Ley 24/2001, de 27 de diciembre,
de medidas fiscales, administrativas y del orden
social, modificada nuevamente por la Ley 53/2002,
de 30 de diciembre de 2002, de medidas fiscales,
administrativas y del orden social. En consecuencia,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10
de la Ley 26/1999, de 9 de julio, le requiero a
fin de que proceda al desalojo voluntario en el plazo
de un mes a partir de la publicación del presente
edicto, bajo apercibimiento, en caso de
incumplimiento de que se instruirá el procedimiento previsto
en el artículo 10.4, a fin de obtener su efectividad.
Madrid, 27 de junio de 2003.-El Instructor.
Firmado: José Luis Casas Aybar.-33.223.
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