Subasta Notarial
Don Alberto Mateos Arroyo, Notario de Madrid,
con despacho en la calle Velázquez, número 24,
5.o Izquierda,
Hago saber: Que a requerimiento de Doña
María-Rosa, Doña Beatriz, Doña María-Isabel,
Doña María del Carmen, Don Dimas, Doña
María-Inmaculada y Don Jesús Alzaga de Vicente,
este último además como tutor de Doña Rosa de
Vicente Rosado, ante mí se tramita subasta
voluntaria, y cumpliendo además en cuanto a Doña Rosa
de Vicente Rosado, con la autorización efectuada
por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de
Majadahonda, se saca a la venta en pública subasta
la siguiente finca y participación indivisa de finca:
Primero.-Piso bajo, letra B, situado en la planta
baja del edificio o bloque D, de la Urbanización
La Cornisa, al sitio Telégrafo viejo, también llamado
Navaluenga, en el término de Las Rozas, provincia
de Madrid, que se compone de una vivienda
distribuida en hall, cocina, dos cuartos de baño, tres
dormitorios, salón comedor, terraza y tendedero.
Mide ciento cincuenta metros sesenta y ocho
decímetros cuadrados aproximadamente. Linda: a la
derecha entrando, zona común; izquierda, piso letra
A del mismo edificio; fondo, Bloque E, zona común;
y frente, portal de acceso del edificio y piso letra
C del mismo edificio. Tienen como anejo un
trastero, situado bajo la cubierta del edificio, con
superficie de diez metros cincuenta decímetros cuadrados
aproximadamente, señalado con el número diez.
Cuota de Comunidad: Cuatro enteros dos mil
novecientas cincuenta y cuatro diezmilésimas.
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Las
Rozas de Madrid, al tomo 2.106, libro 183, folio
4 vuelto, finca número 11.037, inscripción 3.a
Segundo.-Una participación indivisa equivalente
a dos enteros sesenta y tres centésimas de otro por
ciento del local destinado a garaje al mismo sitio
y Urbanización de la finca antes descrita, que da
derecho a su propietario al uso exclusivo de la plaza
de garaje número sesenta y seis.
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Las
Rozas de Madrid, al tomo 2.769, libro 776, folio
36, finca número 11.010/66, inscripción 1.a
Título: La finca y participación indivisa de finca
descritas, les pertenecen por adjudicación en
escritura autorizada el día seis de Junio de mil
novecientos noventa y siete, por el Notario de Madrid,
Don Alfonso Ventoso Escribano, bajo el número
1.726 de orden de su protocolo. Dicho título está
a disposición de los licitadores en mi despacho
notarial.
Cargas: Libres de cargas, arrendatarios y
ocupantes.
Los datos personales y número de teléfono de
contacto de la persona encargada de enseñar la finca
objeto de la subasta, así como los documentos,
condiciones y bases de dicha subasta están de manifiesto
al público en mi despacho, y de las mismas resulta:
Primera.-Se fija la subasta para el día cinco de
septiembre a las once horas, en mi despacho
notarial; salvo que antes se revoque el requerimiento
por los comparecientes, si bien iniciada la
publicación de la subasta, los requirientes no podrán
desistir de su rogación.
Segunda.-Se anunciará la subasta por edictos
publicados en el Boletín Oficial del Estado, antes
del día quince de Agosto de dos mil tres y en el
Diario ABC de Madrid, edición Nacional, antes
del día cinco de Agosto del presente año.
Tercera.-No se admitirán posturas por escrito.
Cuarta.-El tipo de la subasta será la suma de
trescientos veintiún mil seiscientos treinta y cuatro
euros con treinta y cuatro céntimos, importe de
la tasación de la vivienda y plaza de aparcamiento
objeto de esta subasta.
Quinta.-Para tomar parte en la subasta, el postor
deberá depositar diez minutos antes del comienzo
de la misma, un cheque bancario a nombre del
Notario, por importe del 5 por ciento del tipo de
la subasta, es decir, la suma de dieciséis mil ochenta
y un euros con setenta y dos céntimos (16.081,72
Euros).
Sexta.-No se admitirá ninguna puja por cantidad
inferior al tipo de la subasta.
Séptima.-El Notario adjudicará el remate al
mejor postor, por la cantidad fija ofrecida; y si el
rematante no deposita el resto del precio en el plazo
de 3 días hábiles junto a todos los gastos y
honorarios a que se refiere la base décima, perderá la
fianza depositada a favor de los requirientes y se
hará nueva adjudicación al segundo postor por la
cantidad que hubiese ofrecido, y así sucesivamente.
Transcurrido dicho plazo de 3 días hábiles, se
procederá a la devolución de los depósitos hechos para
tomar parte en la subasta, a las personas que no
hayan resultado adjudicatarias.
Octava.-No podrá cederse el remate.
Novena.-Si quedara desierta la subasta, quedará
sin efecto la oferta de venta.
Décima.-Los gastos y honorarios notariales del
acta de subasta y los de publicación de anuncios
de la misma, serán a cargo del adjudicatario.
Undécima.-La escritura pública de venta de los
inmuebles subastados se realizará a favor del
adjudicatario, en el momento de completar el pago del
precio a que se refiere la base séptima. Deberá
realizarse dicho otorgamiento en el plazo de tres días
hábiles desde la fecha de la subasta.
Madrid, 31 de julio de 2003.-El Notario, Don
Alberto Mateos Arroyo.-38.645.
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